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Habilitación de zona comercial en bares · Diputación de Zamora

El 100 % de la obra para montar un pequeño ultramarinos dentro del bar del pueblo, hasta 15.000 €. Solo para localidades de menos de 1.000 habitantes donde no quede ningún comercio de alimentación abierto.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos, personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles con condición de microempresa titulares de un bar, y asociaciones sin ánimo de lucro que exploten directamente un establecimiento de hostelería, en localidades de la provincia de Zamora de menos de 1.000 habitantes
Cuánto se cobra
Hasta el 100 % del coste subvencionable, con un máximo de 15.000 € por beneficiario y un tope del 45 % para equipamiento y mobiliario
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
50.000 €
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA. Código BDNS 915016.

Objeto

Financia la habilitación de un espacio comercial de proximidad dentro de bares ubicados en núcleos de menos de 1.000 habitantes, siempre que en la localidad no exista otro comercio de alimentación en funcionamiento.

La idea es directa: donde ya no hay tienda, que el bar pueda vender lo básico. La convocatoria lo describe como adaptar el establecimiento para ofrecer productos de primera necesidad, complementando la actividad habitual de hostelería.

El límite conceptual

El espacio comercial tiene carácter complementario respecto a la actividad principal de hostelería, sin poder desnaturalizarla ni sustituirla.

Es decir: el bar sigue siendo bar. No se puede transformar el local en una tienda con barra. Si en la justificación o en el control se aprecia que la hostelería ha pasado a ser accesoria, se incumple el objeto de la subvención.

Qué se financia

  • Obras de adecuación del local para habilitar el espacio de venta de productos básicos de primera necesidad.
  • Equipamiento y mobiliario, hasta un máximo del 45 % del total.

Quién puede solicitarla

Autónomos, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles con condición de microempresa que sean titulares de un bar, y también las asociaciones sin ánimo de lucro que exploten directamente un establecimiento de hostelería.

Microempresa según la Recomendación 2003/361/CE: menos de 10 personas y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio o balance.

Requisitos

  • Ser titular de la actividad de bar o disponer de título jurídico suficiente que habilite la explotación del local y de la actividad económica.
  • Estar de alta en el Censo de Actividades Económicas en el grupo 56 (servicios de comidas y bebidas).
  • Ejercer la actividad en una localidad de la provincia de Zamora cuyo núcleo urbano sea inferior a 1.000 habitantes.
  • Llevar a cabo el objeto subvencionable en el momento de la solicitud.

La condición de que no haya tienda

En la localidad no debe existir ningún otro negocio dedicado a la actividad comercial de alimentos básicos en general en el momento de solicitar.

Excepciones que no impiden solicitar: los comercios de dedicación exclusiva a la elaboración de pan y derivados, o de venta exclusiva de frutas, carnes, pescados, quesos, miel y similares. Tampoco se consideran comercio a estos efectos los servicios itinerantes.

El matiz de los itinerantes es importante y va en sentido contrario a otras convocatorias: aquí, que pase la furgoneta del panadero o el vendedor ambulante no bloquea la ayuda al bar. Se entiende que un servicio de paso no cubre la necesidad diaria de abastecimiento.

Que se admita expresamente a asociaciones sin ánimo de lucro que exploten el bar reconoce una realidad muy zamorana: en muchos pueblos el bar lo lleva la asociación de vecinos o el centro cultural.

Cuantía

ConceptoValor
Intensidadhasta el 100 % del coste subvencionable debidamente justificado
Máximo por beneficiario15.000 €
Tope de equipamiento y mobiliario45 % del importe de la subvención concedida

El pago se realiza en un único pago, una vez revisada la documentación y verificado el cumplimiento de los requisitos.

El 100 % de intensidad con 15.000 € de tope es de lo más generoso del catálogo local, y encaja con el objetivo: un hostelero de un pueblo de 300 habitantes no va a acometer una obra de este tipo si tiene que poner dinero propio. La restricción del 45 % en mobiliario obliga a que al menos algo más de la mitad vaya a obra.

El importe asignado no origina derecho ni constituye precedente para futuras concesiones.

Plazos, ejecución y resolución

  • Plazo de solicitud: cerró el 28 de julio de 2026.
  • Ejecución: las actuaciones pueden adjudicarse y ejecutarse entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027.

Año y medio de ventana de ejecución es un plazo cómodo para una obra pequeña en el medio rural, donde encontrar cuadrilla disponible suele ser el cuello de botella. Permite solicitar con el proyecto apenas esbozado y ejecutar con calma.

Órganos

  • Aprueba y resuelve: la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Zamora.
  • Instruye y formula propuesta: la Diputada Delegada de Fondos Europeos y Emprendimiento.

Publicidad de resultados

Se publican tanto las solicitudes estimadas como las desestimadas, indicando en estas últimas las causas de exclusión y la puntuación obtenida cuando el motivo sea la insuficiencia de dotación presupuestaria.

Ese dato permite calibrar el corte de cara a la siguiente convocatoria, igual que en la línea de Microempresas de la misma Diputación.

Ampliación de crédito

La convocatoria prevé la posibilidad de ampliar la dotación sin abrir nuevo plazo de presentación ni afectar a los criterios de valoración establecidos.

Plazo28 de julio de 2026

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Texto oficial

Bases y convocatoria de subvenciones para la habilitación de zona comercial en bares 2026, texto íntegro publicado en la BDNSSede electrónica de la Diputación de ZamoraFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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