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Vivero de Empresas de Miranda de Ebro

El 80 % del alquiler del despacho o la nave del vivero municipal, hasta 4.000 €, más otros 1.500 € entre suministros, publicidad y formación. La condición es exclusividad: el vivero tiene que ser el único centro de trabajo de la empresa.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes y autónomos que desarrollen su actividad de manera exclusiva en el Vivero de Empresas de Miranda de Ebro durante 2026, con domicilio social y fiscal en la localidad
Cuánto se cobra
80 % de cada modalidad, con topes de 4.000 € en ocupación de espacios y 500 € en cada una de las otras tres, y un máximo de 5.000 € por actividad empresarial
Procedimiento
Dictamen de la Comisión Informativa previo informe del Departamento de Promoción Económica, resuelto por la Junta de Gobierno Local
Presupuesto
25.000 € en la partida 4221-47900 del ejercicio 2026
Organismo
MIRANDA DE EBRO. Código BDNS 911752.

Objeto

Ayudas a fondo perdido para fomentar la iniciativa empresarial en el Vivero de Empresas de Miranda de Ebro, entendido como una estructura para facilitar temporalmente la entrada de empresas en el mercado en sus momentos iniciales, generalmente los de mayor dificultad.

Apoya tanto a nuevas actividades como a las que están consolidando la suya.

La duración máxima

Las subvenciones se perciben hasta cumplir el primer año desde la llegada al vivero, y un mismo beneficiario no puede superar cuatro anualidades.

Es una ayuda con caducidad incorporada: cuatro convocatorias como máximo por empresa. Conviene planificar la salida del vivero contando con que el apoyo se agota, no con que se renueva indefinidamente.

Las cuatro modalidades

Todas al 80 % de los gastos, sobre inversiones y gastos realizados en 2026 durante el periodo de instalación en el vivero. Cada solicitante rellena el anexo II señalando únicamente aquellas modalidades para las que pide subvención.

ModalidadQué cubreMáximo
1 · Ocupación de espaciosGastos de ocupación de despachos o naves donde se desarrolla la actividad, con independencia del número de espacios alquilados4.000 €
2 · FuncionamientoElectricidad, teléfono, internet, limpieza y facturas de la Cámara de Comercio vinculadas a gastos privativos o comunes500 €
3 · Publicidad y marketingPublicidad, propaganda y marketing offline y online500 €
4 · FormaciónCursos del titular o de sus trabajadores en materias directamente relacionadas con la actividad500 €

Los gastos de zonas comunes se repercuten entre los cesionarios en la forma que establece reglamentariamente la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Miranda de Ebro.

Justificación adicional de dos modalidades

  • Publicidad: hay que presentar una memoria reflejando el contenido de la campaña realizada.
  • Formación: además de la factura, memoria con el contenido del curso y su vinculación con la actividad, certificado de realización e Informe de Trabajadores en Alta actualizado, para verificar que el trabajador estaba contratado al hacer el curso y sigue contratado al justificar.

Ese doble requisito de la formación —contratado antes y contratado después— es la condición más fácil de incumplir sin querer: si el trabajador formado se va antes de justificar, esa parte de la ayuda se pierde.

Requisitos: la exclusividad del vivero

  • Desarrollar una actividad empresarial como pyme o autónomo de manera exclusiva en el Vivero de Empresas durante 2026, siendo este su espacio habitual de trabajo.
  • Tener el domicilio social y fiscal en la localidad de Miranda de Ebro.
  • No tener otro centro de trabajo distinto del abierto en el vivero.
  • Cumplir los límites del régimen de ayudas aplicable.

Hay una precisión que salva muchos casos: no se considera centro de trabajo la vivienda del emprendedor que constituya su domicilio social o de la actividad. Tener el domicilio fiscal en casa no rompe la exclusividad; abrir un local aparte, sí.

Importe máximo

5.000 € por actividad empresarial en 2026, excluyendo el IVA del cálculo de la cuantía subvencionable.

El total a repartir entre todas las actividades del vivero no puede exceder los 25.000 €, aunque el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de aumentar o disminuir esa cantidad a la vista de las solicitudes presentadas.

Compatibilidad, plazo y resolución

Compatible con todo

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas o recursos de cualquier administración o entidad pública o privada, con el único límite de no superar el coste de la actividad.

La empresa debe comunicar la obtención de cualquier ayuda para la misma finalidad tan pronto como la conozca.

Plazo

  • Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 1 de septiembre de 2026.
  • Las solicitudes fuera de plazo son inadmitidas.

Resolución

Cada solicitud se resuelve mediante dictamen motivado de la Comisión Informativa de Servicios Generales y Régimen Interior, previo informe del Departamento de Promoción Económica, y se aprueba por la Junta de Gobierno Local.

  • Plazo máximo para resolver: tres meses desde la conclusión del plazo de presentación.
  • El silencio es desestimatorio.

La resolución se notifica al solicitante y se publica en el Tablón de Anuncios de la Corporación, en el BOP, en la web municipal y en la BDNS.

Nota de contexto

La convocatoria justifica su necesidad con un argumento poco habitual y bastante honesto: Miranda de Ebro compite «en un área funcional donde confluyen áreas administrativas con mayores posibilidades económicas». Es una ayuda pensada explícitamente para no perder tejido empresarial frente a los territorios vecinos.

Cierra en1 de septiembre de 2026

3 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Bases de la IX convocatoria de ayudas del Vivero de Empresas de Miranda de Ebro, texto íntegro publicado en la BDNSSede electrónica del Ayuntamiento de Miranda de EbroFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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