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Viladecavalls: 800 € por hacerte autónomo y hasta 1.000 € por contratar a un vecino en paro

El Ayuntamiento de Viladecavalls paga 800 € a quien se da de alta como autónomo en el municipio por primera vez (o tras más de un año sin estarlo), y entre 300 € y 1.000 € a empresas, autónomos y entidades que contraten a un vecino en paro. Valen los contratos firmados desde el 1 de noviembre de 2025. Solo hay 9.000 €, por orden de llegada, hasta el 31 de octubre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 888766

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro con domicilio fiscal o sede social en Viladecavalls, dadas de alta en el Servicio Local de Empleo, que contraten a una persona residente en el municipio en paro o usuaria de ese servicio. Y nuevos autónomos del municipio que no hayan estado de alta como autónomos en el último año. Quedan fuera las ETT, las empresas públicas y las concesionarias municipales para el personal de la concesión
Cuánto se cobra
Nuevo autónomo: 800 €, con 6 meses de permanencia. Contratación de 6 meses o más a jornada completa: 1.000 €; a media jornada: 500 €. Contrato de al menos 2 meses y 20 horas semanales: 300 €. En principio, una sola contratación por beneficiario; si al cierre sobra crédito, se reparte entre las segundas contrataciones por orden de llegada
Procedimiento
Concurrencia no competitiva según el apartado 11 de la convocatoria, aunque el título y la BDNS digan «concurrencia competitiva»: se tramita por orden de presentación. Resuelve la Alcaldía en un máximo de 30 días; sin respuesta, se entiende denegada
Presupuesto
9.000 € con cargo a la aplicación 1/430/47000 del presupuesto de 2026. Coincide con la BDNS
Organismo
VILADECAVALLS. Código BDNS 888766.

Las cantidades

CasoAyuda
Alta como nuevo autónomo (6 meses de permanencia mínima)800 €
Contrato de 6 meses o más a jornada completa (40 horas)1.000 €
Contrato de 6 meses o más a media jornada (20 horas)500 €
Contrato de al menos 2 meses y 20 horas semanales300 €

El contrato tiene que estar firmado entre el 1 de noviembre de 2025 y el último día hábil de octubre de 2026, con el sueldo mínimo del convenio. Valen contratos ya firmados: no hace falta pedir antes de contratar.

En principio cada beneficiario cobra una sola contratación. Puedes pedir más, pero solo se pagan si al cerrar el plazo queda dinero, y por orden de llegada. Con 9.000 € para todo el municipio, no cuentes con ello.

Requisitos para contratar

  • Domicilio fiscal (o sede social si eres entidad) en Viladecavalls.
  • Estar dado de alta en el Servicio Local de Empleo de Viladecavalls.
  • Licencia de actividad o comunicación, o tenerla en trámite.
  • La persona contratada tiene que residir en Viladecavalls y estar en paro, inscrita en el SOC o en la bolsa municipal (red XALOC), o ser usuaria del Servicio Local de Empleo.
  • No haber tenido un despido improcedente o nulo de alguien del mismo perfil, ni un despido colectivo, en los 3 meses anteriores.
  • No ceder a la persona contratada a terceros.
  • Sin vinculación con la empresa anterior si hay sucesión: familiares, sociedades del mismo grupo o administradores comunes cuentan como vinculados.
  • Si ya cobraste esta ayuda por una persona, no puedes volver a pedirla por ella, salvo que pases su contrato de temporal a indefinido.

Nuevos autónomos

  • Actividad económica nueva, como profesional independiente, en el municipio.
  • No haber estado de alta como autónomo en el año anterior a la nueva alta.
  • No depender ni estar vinculado a ninguna administración o ente público.
  • Mantenerte de alta al menos 6 meses.

Con la solicitud: alta en el censo de Hacienda con el epígrafe, alta en la Seguridad Social, recibo de la primera cuota y certificados de estar al corriente.

Cobro: 80 % pronto y el resto al justificar

El Ayuntamiento paga un anticipo del 80 % tras verificar la contratación o el alta, con informe favorable de la comisión, en el plazo máximo de un mes desde la solicitud. El 20 % restante, cuando justificas la permanencia:

  • Contratación: TC1 y TC2 (o sus equivalentes) de los meses que acreditan el mínimo de 2 o 6 meses, con sus justificantes de pago.
  • Nuevo autónomo: los recibos de las otras 5 cuotas, mes a mes.

Si no justificas, te requieren y, si no respondes, hay reintegro. La aceptación es tácita si no dices nada en un mes desde la notificación. Es compatible con otras ayudas para lo mismo, siempre que la suma no supere el coste de la contratación.

Cierra en31 de octubre de 2026

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Texto oficial

Extracto y texto de la convocatoria 2026 en el BOPB de 25 de febrero de 2026, registro 202610035019Decreto de Alcaldía 2026DECR000140, de 6 de febrero de 2026, que aprueba la convocatoria, en la BDNSBases reguladoras, versión en castellano, BOPB (aprobación de 2022)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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