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Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant: hasta 3.000 € por contratar a un parado del pueblo

Si tienes un negocio con domicilio fiscal en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant y has contratado a alguien del municipio que estaba en el paro, el Ayuntamiento te paga entre 250 € por un temporal de un mes y 3.000 € por un indefinido, repartidos en tres años. Cuentan los contratos del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, y hay que pedirlo antes del 30 de septiembre. El requisito que más deja fuera: la persona tenía que estar en la bolsa de trabajo municipal.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 912086

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresarios individuales y pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores y hasta 10 millones de facturación o balance), existentes o de nueva creación, incluidos los regímenes especiales agrario y del mar, con actividad y domicilio fiscal en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant y licencia de actividad si tienen local
Cuánto se cobra
Por contrato a jornada completa: temporal o fijo discontinuo de 31 a 60 días, 250 €; de 61 a 89 días consecutivos o 90 no consecutivos, 400 €; de 90 a 180 días, 800 €; indefinido, 3.000 € pagados a razón de 1.000 € al año durante tres años. Proporcional a los días y a la jornada. +10 % si la persona es de un colectivo vulnerable y +10 % si viene de un Plan de Empleo municipal. Máximo 3.000 € por empresa
Procedimiento
Concesión directa por orden de entrada en el registro hasta agotar el crédito. No hay baremo
Presupuesto
10.000 € en la aplicación 2026-22-433-47000 «Ayudas para la contratación de personal en paro». La BDNS publica la misma cifra
Organismo
VANDELLÒS I L'HOSPITALET DE L'INFANT. Código BDNS 912086.

Cuánto se cobra por cada contrato

ContratoDuraciónImporte máximo a jornada completa
Temporal o fijo discontinuoDe 31 a 60 días250 €
De 61 a 89 días consecutivos, o 90 días no consecutivos400 €
De 90 a 180 días (6 meses)800 €
Indefinido3.000 €, en tres pagos de 1.000 € al año
  • El importe se calcula en proporción a los días de contrato y, si la jornada no es completa, a la jornada.
  • Los contratos de menos de 30 días no cuentan.
  • En los fijos discontinuos, los nuevos llamamientos también se subvencionan hasta tres años seguidos, con un 10 % más en el primer llamamiento y un 15 % más en el segundo. Al cuarto año ya no, salvo que la plantilla haya crecido de forma relevante.
  • +10 % si la persona es de un colectivo vulnerable (exclusión social acreditada, paro de más de 12 meses sin prestación, mayor de 50 años o con diversidad funcional) y +10 % si participó en un Plan de Empleo municipal.

Tope de 3.000 € por empresa sumando todo. Y con 10.000 € para todo el municipio, bastan tres contratos indefinidos para vaciar la partida.

La trampa: la bolsa municipal y el padrón

La persona contratada tiene que cumplir tres requisitos, y se miran a la fecha del contrato:

  • Estar empadronada en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant desde al menos 12 meses antes del inicio del contrato. Este requisito decae si el paro registrado del municipio en abril del año de la convocatoria era inferior al 5 %.
  • Estar inscrita en el paro como demandante no ocupada desde al menos un mes. Quien haya acabado el programa AOP ese año no necesita cumplirlo.
  • Estar inscrita en la bolsa de trabajo municipal (IDETSA).

Si contrataste a alguien que no estaba en la bolsa de IDETSA, no hay nada que arreglar después. El orden bueno es: primero la bolsa, luego el contrato.

No se puede cobrar por el mismo concepto junto con la ayuda municipal de Fomento de la Autoempresa ni con la de inversiones empresariales de alto impacto.

Qué contratos entran y hasta cuándo pedir

  • Contratos firmados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
  • Solicitud: desde el 17 de junio de 2026 (día siguiente al extracto en el BOPT del 16 de junio) hasta el 30 de septiembre de 2026 inclusive.
  • Una disposición transitoria recoge también las solicitudes de 2025 que ya tengan acuerdo de la Junta de Gobierno de ese año.
  • Las sociedades la presentan obligatoriamente por la sede electrónica; los autónomos pueden ir a la OMAC. La tiene que firmar alguien con poder de representación.

Qué adjuntar

  • DNI o NIE de cada trabajador.
  • DARDO o vida laboral actualizada, para comprobar el tiempo en paro.
  • Contrato firmado y su comunicación registrada.
  • Memoria de la actividad y del puesto dentro de la empresa.
  • Alta en el IAE y certificado de titularidad bancaria.
  • Si procede, el certificado de Acción de Ocupación y Profesionalización o el documento que acredite la vulnerabilidad.

Justificar y cobrar

Aquí no hay anticipo: se paga después de justificar.

  • Contratos temporales: justificas en el plazo de un mes desde que acaba el contrato.
  • Indefinidos: para el primer pago tienes que justificar al menos nueve meses desde la incorporación, y para el segundo y el tercero, que el contrato sigue.
  • Tope para cualquier justificación: 30 de junio de 2027.
  • Documentos: nóminas y sus pagos bancarios, pagos a la Seguridad Social, RLC y RNT de los meses subvencionados.

Si no presentas toda la documentación dentro de plazo, pierdes el derecho a cobrar. Y la notificación de concesión se da por aceptada si en diez días no dices nada.

Lo que el texto no aclara

  • Cómo encaja un indefinido de 1.000 € al año con el cierre de la justificación. La convocatoria fija el 30 de junio de 2027 como fecha máxima para justificar, pero el tercer pago del indefinido corresponde al tercer año. No dice si esos pagos se cargan a convocatorias futuras.
  • El tope de 3.000 € y los incrementos. Un indefinido ya da 3.000 € y el tope por empresa también es 3.000 €, así que los incrementos del 10 % no suben nada en ese caso.
  • El 5 % de paro de abril. Si el requisito del padrón se aplica o no depende de ese dato, que la convocatoria no publica. Pregúntalo a Promoción Económica.
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