Utiel: inmuebles vinculados a negocios y garajes o ascensores inundados por la dana
318.479 € que se reparten a partes iguales entre todos los admitidos. Entra el propietario de un inmueble vinculado a un negocio urbano o rústico que esté de alta en la Seguridad Social, además de las comunidades con garaje o ascensor en sótano.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas y jurídicas propietarias de viviendas e inmuebles vinculados a negocios urbanos o rústicos de alta en la Seguridad Social en Utiel, y comunidades de propietarios con garajes o ascensores en sótano afectados
- Cuánto se cobra
- Reparto a partes iguales del crédito total entre todas las solicitudes admitidas definitivamente
- Procedimiento
- Concesión directa
- Presupuesto
- 318.479,06 €, de carácter provisional y ampliable
- Organismo
- UTIEL. Código BDNS 885110.
Objeto y quién entra
Ayudas de concesión directa por los daños de las inundaciones del 29 de octubre de 2024 en Utiel. Las bases son la Resolución de Alcaldía nº 274, de 29 de enero de 2026.
Dos grupos de beneficiarios
- Propietarios de viviendas e inmuebles vinculados a negocios urbanos o rústicos que figuren de alta en el régimen de la Seguridad Social, situados en el término municipal de Utiel. Pueden ser personas físicas o jurídicas.
- Comunidades de propietarios cuyos garajes o ascensores situados en zona de sótano resultaran afectados por las inundaciones.
La convocatoria se presenta como ayuda a propietarios, pero el primer grupo tiene un requisito que la conecta directamente con la actividad económica: el inmueble debe estar vinculado a un negocio urbano o rústico y el titular de alta en la Seguridad Social. Un autónomo o una sociedad propietaria del local donde ejerce encaja de lleno.
Cuánto se cobra: reparto a partes iguales
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Importe total de la convocatoria | 318.479,06 €, de carácter provisional y ampliable |
| Cuantía individual | la que fije la resolución de concesión, igual para todos |
| Cálculo | reparto a partes iguales del crédito total entre todas las solicitudes admitidas definitivamente |
Es un diseño poco habitual y con una consecuencia directa: no se cobra en función del daño sufrido ni del gasto acreditado, sino que el crédito se divide entre los admitidos. Cuantos más entren, menos toca a cada uno; y no hay baremo que premie preparar mejor el expediente. Lo único que importa es quedar admitido dentro del plazo.
El importe es además ampliable, de modo que la cuantía individual puede revisarse al alza si se incrementa el crédito.
Plazo y publicación
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Plazo de solicitud | 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de València |
| Procedimiento | concesión directa |
Diez días hábiles y sin baremo: el riesgo no es puntuar poco, es enterarse tarde. Conviene vigilar el tablón de edictos de la sede electrónica, donde se publican las bases junto con la BDNS.
Las bases se publican en la sede electrónica del Ayuntamiento de Utiel, en utiel.es y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Anuncio publicado en el BOP de València nº 30, de 13 de febrero de 2026 (registro 2026/01351).
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