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Ayora Emprende: creación y mejora de empresas

3.500 € por montar un negocio en Ayora si tienes hasta 35 años y 2.000 € si los superas, más 100 € extra si las facturas son de empresas del pueblo. Y otra línea para modernizar el negocio que ya existe.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades económicas legalmente constituidas que sean autónomo, microempresa o pyme y operen en Ayora
Cuánto se cobra
De 1.000 a 3.500 € según programa y edad, con un gasto mínimo de 500 € y 100 € adicionales por comprar a proveedores de Ayora
Procedimiento
Por orden de llegada de las solicitudes correctamente presentadas, con posibilidad excepcional de prorrateo
Presupuesto
80.000 €: 50.000 € para mayores de 35 años y 30.000 € para menores
Organismo
AYORA. Código BDNS 901120.

Los dos programas y las cuatro cuantías

Ayudas a quien emprende una actividad en Ayora o quien ya la ejerce y realiza mejoras en el negocio existente, entre el 1 de octubre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026.

ProgramaHasta 35 añosA partir de 35
Creación de Empresas — instalación de nuevas empresas o autónomos3.500 €2.000 €
Mejora de Empresas — adecuación y modernización de las existentes1.500 €1.000 €

En todos los casos hace falta un gasto mínimo de 500 € y se subvenciona la base imponible, sin IVA.

Dos detalles que suman dinero y suelen pasarse por alto:

  • Se añaden 100 € adicionales cuando las facturas justificativas de inversión son de empresas con sede social en Ayora.
  • Si una entidad tiene un socio de hasta 35 años y otro mayor, se admite que solicite el socio menor de 35 para poder optar a la subvención más alta. La diferencia entre tramos es de 1.500 € en creación y 500 € en mejora.
PartidaCrédito
43300-47000 «Subvenciones fomento de empleo y creación de empresas» (mayores de 35)50.000 €
337.00-480.01 «Juventud. Programa Emprende» (hasta 35 años)30.000 €

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas, así como comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades económicas legalmente constituidas, que inicien su actividad en Ayora o que, ya existiendo allí, realicen una mejora o inversión en la empresa.

La actividad económica debe ser desarrollada por autónomo, microempresa o pequeña o mediana empresa.

Se presenta una única solicitud por persona física o jurídica y por actividad, y no se admiten las de una persona física que forme parte de una empresa que ya haya solicitado.

Qué gastos entran

Programa de Creación de Empresas

  • Constitución y primer establecimiento: notaría, coste de permisos, proyectos, I+D y gastos análogos. Los gastos iniciales de asesoramiento o gestión se aceptan hasta 150 €.
  • Instalaciones: obra o acondicionamiento de locales y edificios donde se desarrolla la actividad, y unidades complejas del proceso productivo —cámaras frigoríficas, instalaciones fijas de aire acondicionado, depósitos—. También la reforma del espacio para mejorar la competitividad y las mejoras de accesibilidad conforme a la normativa vigente.

Exclusiones expresas: ágapes e inauguraciones, alquileres —incluidas las fianzas—, derechos de traspaso, concesiones administrativas y mercancías objeto de comercialización. El tope de 150 € en asesoría es bajo: la gestoría no se recupera más allá de esa cifra.

IVA y justificantes

Los impuestos indirectos recuperables no son subvencionables. El IVA solo entra si representa un coste real efectivamente abonado y no deducible.

No se admiten albaranes, notas de entrega ni facturas proforma. En justificantes en moneda extranjera hay que indicar el tipo de cambio aplicado.

Cómo se acredita el pago

Forma de pagoJustificación
Transferencia bancariaextracto donde figure el gasto e identifique al receptor, coincidiendo con el emisor de la factura
Domiciliaciónnotificación bancaria del adeudo o copia del extracto
Chequecopia del cheque a nombre del proveedor y copia del extracto
Tarjetadocumento de cargo del pago en la cuenta

Son subvencionables los gastos realizados y pagados entre el 1 de octubre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026, con factura emitida en esas mismas fechas.

Plazo y reparto

ConceptoDetalle
Plazodesde el día siguiente a la publicación de las bases en el tablón de anuncios de la sede electrónica hasta el 15 de septiembre de 2026
Crédito total80.000 €

La concesión está condicionada a la disponibilidad presupuestaria y se resuelve por orden de llegada de las solicitudes correctamente presentadas, hasta agotar el crédito. Excepcionalmente cabe el prorrateo del importe global entre los beneficiarios. Presentar completo y pronto es lo que decide.

Anuncio publicado en el BOP de València nº 83, de 5 de mayo de 2026 (registro 2026/04881).

Sede electrónica: ayora.sedelectronica.es.

Cierra en15 de septiembre de 2026

17 días

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Texto oficial

Bases y convocatoria Ayora Emprende 2026 (BOP de València nº 83, de 5 de mayo de 2026)Sede electrónica del Ayuntamiento de Ayora

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