Plan Galicia Emplea: incentivos a la contratación indefinida
De 6.000 € a 14.000 € por cada contratación indefinida, con incrementos acumulables del 15 % que pueden llevar la ayuda hasta 24.500 € por persona. Vale para cualquier empresa y cualquier autónomo que contrate en Galicia.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas y personas empleadoras de cualquier forma jurídica, incluidos los autónomos, que contraten en Galicia
- Cuánto se cobra
- 6.000-14.000 € por contratación indefinida según el colectivo, hasta un máximo de 24.500 € con incrementos
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 17.828.440 € de media en las dos últimas ediciones
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 737442.
Por qué interesa tanto
Es probablemente el incentivo más transversal del catálogo gallego: no exige sector, ni tamaño, ni inversión. Solo contratar.
- Beneficiarias: personas empleadoras y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los autónomos, que contraten en Galicia. También centros especiales de empleo y empresas de inserción, con exclusiones. Quedan fuera las administraciones y sociedades públicas.
- Es concurrencia no competitiva: no se compite por puntuación.
- El plazo se mantiene abierto de enero a septiembre, así que acompaña al plan de contratación del año en lugar de forzarlo.
Para una asesoría, esto convierte cada alta indefinida de un cliente en un expediente potencial. Merece la pena revisar sistemáticamente las contrataciones del ejercicio: mucha empresa contrata sin saber que tenía derecho a 9.000 o 10.000 €.
Cuantía por contratación indefinida inicial
El importe depende del colectivo al que pertenezca la persona contratada (art. 25):
| Colectivo | Importe |
|---|---|
| A · Persona joven | 6.000 € |
| B · Persona parada de larga duración | 9.000 € |
| C · Persona de 52 años o más | 9.000 € |
| D · Persona emigrante retornada o extranjera | 9.000 € |
| E · Mujer | 10.000 € |
| F · Persona con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social | 14.000 € |
Incrementos acumulables del 15 %
| Circunstancia | Incremento |
|---|---|
| Centro de trabajo —o domicilio fiscal, si no hay centro— en un ayuntamiento rural | +15 % |
| Persona contratada mayor de 45 años (no aplicable en el colectivo C) | +15 % |
| Persona contratada mujer (no aplicable en el colectivo E) | +15 % |
| Personas trans | +15 % |
| Contratación de mujeres en profesiones y oficios en los que están subrepresentadas | +15 % |
La cuantía máxima por cada persona contratada con carácter indefinido es de 24.500 €.
Cómo se llega al máximo. Los incrementos se acumulan, pero los dos «no aplicables» impiden cobrar dos veces por lo mismo: quien contrata a una mujer por el colectivo E no puede sumar además el incremento por ser mujer. El camino a las cifras altas es el colectivo F —14.000 €— combinado con ayuntamiento rural, edad y subrepresentación. Antes de firmar el contrato conviene comprobar en qué colectivo encaja la persona: la diferencia entre encuadrarla como joven (6.000 €) o como parada de larga duración (9.000 €) son 3.000 € que dependen solo de la documentación.
Otras modalidades
| Modalidad | Importe |
|---|---|
| Incremento de jornada de parcial a completa | 2.000 €, o 3.000 € si la persona tiene discapacidad |
| Contratación de fijos discontinuos | 4.000 € |
| Adaptación de puestos de trabajo | 1.000 € |
| Acciones formativas en el centro de trabajo (línea 2) | 4.000 € por persona |
La conversión de jornada parcial a completa por 2.000 € es la modalidad más fácil de pasar por alto: no requiere contratar a nadie nuevo, solo ampliar la jornada de quien ya está. En una plantilla con varias jornadas parciales es dinero que suele quedar sin pedir.
Compromiso de mantenimiento
El empleo debe mantenerse treinta y seis meses contados desde la fecha de la contratación.
Tres años es un compromiso largo, y es el punto donde más reintegros se producen. Antes de tramitar conviene que el cliente entienda que si la persona causa baja voluntaria o hay despido dentro de ese plazo, habrá que sustituirla en las condiciones que fije la orden o devolver la ayuda con intereses. Para una empresa con rotación alta, la cuenta puede no salir.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo de la última convocatoria: del 26 de enero de 2024 al 29 de septiembre de 2024. No hay fecha anunciada para la siguiente.
- Plazo: en la edición de 2024 fue del 26 de enero al 29 de septiembre. La fecha de cierre a finales de septiembre se ha mantenido estable entre ediciones.
- Procedimiento: concurrencia no competitiva.
La orden se estructura en dos líneas: la línea 1 de incentivos a la contratación por cuenta ajena, con cuatro modalidades, y la línea 2 de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo.
Con un plazo de ocho meses, la tentación es dejarlo para el final. No conviene: el crédito es finito y la resolución es por orden. Además, la fecha del contrato tiene que caer dentro del periodo subvencionable que fije cada convocatoria, y ese periodo suele arrancar antes de la publicación —conviene revisar las altas del último trimestre del año anterior.
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Texto completo de la última edición publicada (2024), en la BDNSOrden de 28 de diciembre de 2023 publicada en el DOG de 19 de enero de 2024Procedimiento TR342C en la sede electrónica de la Xunta de GaliciaUn caso parecido
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