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Torrevieja: puestos del Mercado Municipal de Abastos afectados por las obras de reforma

150.000 € para los puestos del Mercado de Abastos de Torrevieja mientras duran las obras: una línea para quien sigue vendiendo en ubicación provisional y otra para quien ha tenido que cerrar. Solo diez días hábiles para pedirlo.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas trabajadoras autónomas, microempresas y pequeñas empresas que venían desarrollando su actividad en los establecimientos del Mercado Municipal de Abastos de Torrevieja
Cuánto se cobra
Financiación parcial de gastos corrientes en la línea de continuidad y apoyo al mantenimiento del tejido económico en la de cese temporal
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
150.000 €
Organismo
TORREVIEJA. Código BDNS 888089.

Las dos líneas

Compensa a quienes ejercían su actividad en los establecimientos del Mercado Municipal de Abastos de Torrevieja y se han visto afectados por las medidas organizativas derivadas de las obras de reforma y remodelación del edificio.

LíneaObjeto
Línea 1 — continuidad en ubicación provisionalfinanciar parcialmente los gastos corrientes necesarios para desarrollar la actividad en un emplazamiento distinto del habitual
Línea 2 — cese temporalapoyar el mantenimiento del tejido económico y del empleo de los titulares que no hayan podido continuar su actividad durante la ejecución de las obras

Que exista una línea específica para quien ha tenido que cerrar es lo relevante: la mayoría de convocatorias por obras exigen seguir en activo y acreditar una caída de facturación. Aquí el cese temporal es, por sí mismo, el hecho subvencionable.

El crédito es de 150.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4301.48001.

Requisitos

Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que tengan la consideración de autónomas, microempresas o pequeñas empresas conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, y que vinieran desarrollando su actividad en el Mercado de Abastos.

  • Haber iniciado la actividad antes del 31 de diciembre de 2024, inclusive, y mantener el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT en el momento de la publicación de la convocatoria.
  • Estar de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad alternativa antes del 31 de diciembre de 2024, y seguir en alta al publicarse la convocatoria.
  • Haber ejercido efectivamente la actividad en el Mercado antes del inicio de las obras, con independencia del domicilio fiscal del solicitante.
  • Ser obligado tributario por la prestación del servicio municipal de abastos antes de la convocatoria, o constar en el padrón municipal correspondiente.
  • No incurrir en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución.
  • No mantener deudas tributarias o no tributarias en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Torrevieja, también antes de la propuesta de resolución.

Dos detalles favorables: el domicilio fiscal es irrelevante —cuenta haber ejercido en el Mercado—, y los requisitos de estar al corriente se comprueban antes de la propuesta de resolución, no al solicitar, lo que da margen para regularizar.

Período subvencionable y plazo

ConceptoDetalle
Período subvencionabledel 1 de septiembre de 2025 al 31 de julio de 2026, ambos inclusive
Plazo de solicitud10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante
Víaexclusivamente electrónica, por la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja, mediante el trámite específico habilitado

Diez días hábiles y solo por sede electrónica: no cabe presentación en papel ni en registros de otras administraciones (artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015). Conviene tener el certificado digital operativo antes de que se publique la convocatoria.

La convocatoria se publica además en la BDNS, en la sede electrónica y en la web municipal. Los plazos de justificación están en la base decimoprimera.

Bases y convocatoria aprobadas el 18 de febrero de 2026 por el Concejal Delegado de Economía y Hacienda, y publicadas en el BOP de Alicante nº 35, de 20 de febrero de 2026 (inserción 1096/2026).

Plazo6 de marzo de 2026

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Bases y convocatoria 2026 (BOP de Alicante nº 35, de 20 de febrero de 2026)Sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja

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