TEC — Economía circular y transición energética
Siete programas en una convocatoria: del 17 % en eficiencia energética al 60 % en estudios medioambientales, con +5 % para pequeña empresa y otro +5 % si el proyecto encaja en los criterios FEDER. Hasta 300.000 € por beneficiario.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, personas físicas o jurídicas, con establecimiento operativo en La Rioja que ejerzan allí la actividad
- Cuánto se cobra
- Del 17 % al 60 % según programa, +5 % en pequeña empresa y +5 % adicional si la pyme cumple los criterios FEDER. Máximo 300.000 € por beneficiario, o 400.000 € en proyectos de interés estratégico
- Procedimiento
- Concesión directa, resuelta por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 2.000.000 €
- Organismo
- LA RIOJA. Código BDNS 918621.
Objeto
Convocatoria de ADER para energías renovables, ahorro y eficiencia energética y protección del medio ambiente. Reúne siete programas bajo la Orden EIE/60/2024, de 13 de agosto, y se enmarca en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC), aprobado por Decreto 15/2026, de 30 de junio.
| Programa | Intensidad base | Pequeña empresa |
|---|---|---|
| 1. Protección medioambiental en las empresas | 22 % | 27 % |
| 2. Ahorro y eficiencia energética fuera de edificios | 17 % | 22 % |
| 3. Ahorro y eficiencia energética en edificios | 17 % | 22 % |
| 4. Renovables, hidrógeno y cogeneración de alta eficiencia | 30 % | 35 % |
| 5. Transición hacia una economía circular | 45 % | 50 % |
| 6. Vehículos limpios y eficientes | 25 % | 30 % |
| 7. Estudios medioambientales vinculados a inversiones | 60 % | 65 % |
El programa 7 paga el 60 % del estudio y —dato que conviene retener— la ayuda se concede con independencia de que el estudio acabe o no en una inversión. Es una vía barata de diagnosticar antes de decidir.
Qué se subvenciona en cada programa
Programa 1 — Protección medioambiental
- Depuración de efluentes industriales sólidos, líquidos y gaseosos.
- Reducción de emisiones de ruidos y vibraciones.
- Modificación de procesos y aplicación de las mejores tecnologías disponibles para reducir el impacto ambiental.
- Equipos e instalaciones de medida y control de la contaminación.
- Proyectos de descarbonización y reducción o eliminación de gases de efecto invernadero.
- Equipos y maquinaria que utilicen hidrógeno renovable.
Programa 2 — Eficiencia energética fuera de edificios
- Sustitución de equipos, instalaciones o procesos existentes, y de sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros de alta eficiencia o con la mejor tecnología disponible.
- Implantación de sistemas de gestión energética.
- Otras medidas que reduzcan el consumo de energía final fuera del ámbito de los edificios.
Programas 3 a 6
Eficiencia energética en edificios; renovables, hidrógeno y cogeneración de alta eficiencia; transición hacia la economía circular; y vehículos limpios y eficientes.
Costes subvencionables, comunes
Los costes de inversión necesarios: proyectos técnicos, dirección facultativa, obra civil y montaje de instalaciones, equipos, materiales e instalaciones auxiliares, transporte, asistencia técnica y los costes de legalización de las instalaciones en los colegios profesionales. Deben estar detallados y contabilizados en una cuenta de inmovilizado de la empresa.
En fase de justificación hay que aportar documentación acreditativa de las mejoras medioambientales o los objetivos alcanzados.
Intensidades adicionales y límites
El +5 % de pequeña empresa
Se aplica en los siete programas, sobre la intensidad base.
El +5 % de FEDER
En los programas 2, 3, 4 y 7, las pymes que cumplan los criterios de selección y priorización para financiación FEDER suman otro 5 %. Para los proyectos de ahorro y eficiencia, esos criterios exigen cumplir obligatoriamente el primero y al menos uno de los otros dos:
- Que la suma de las inversiones subvencionables de los programas 2, 3 y de los estudios del programa 7 vinculados a ellos sea igual o superior a 30.000 €.
- Ser pyme o gran empresa de cualquier sector subvencionable, atendiendo a sus necesidades de descarbonización y reducción de gases de efecto invernadero.
- Que el proyecto incorpore sistemas de medición o control de los consumos energéticos que permitan la gestión eficiente de las instalaciones. Hay que aportar, tanto en la solicitud como al justificar, información detallada de esos sistemas y su coste diferenciado del resto de la inversión.
Los proyectos acogidos a FEDER deben cumplir además todas las obligaciones del apartado tercero de la convocatoria.
Interés estratégico
Las intensidades pueden subir hasta el máximo previsto por la orden reguladora cuando el Consejo de Gobierno declare el proyecto de interés estratégico para La Rioja, con un límite de subvención de 400.000 €.
Topes generales
- Subvención máxima por beneficiario: 300.000 €, salvo el supuesto de interés estratégico.
- Máximo dos solicitudes por empresa y convocatoria.
- Coste mínimo subvencionable: 2.000 € si solo son estudios medioambientales del programa 7, y 6.000 € en el resto de casos.
- No se superan en ningún caso los límites del Reglamento (UE) 651/2014.
Un proyecto de eficiencia de una pequeña empresa que llegue a 30.000 € e incorpore medición de consumos alcanza el 27 % (17 + 5 + 5) en vez del 17 %. Los sistemas de medición se pagan solos si permiten cruzar el criterio FEDER.
Quién puede solicitarla
Empresas, personas físicas o jurídicas válidamente constituidas, con establecimiento operativo en La Rioja, que ejerzan allí la actividad y realicen el proyecto.
Exclusiones en todos los programas
- Sociedades civiles, salvo las Sociedades Agrarias de Transformación.
- Comunidades de bienes.
- Producción agrícola primaria, salvo que también transformen o comercialicen al por mayor lo que producen.
- Pesca y acuicultura.
- Entidades del sector público.
- Empresas de servicios energéticos cuando actúen como tales para terceros.
Exclusiones sectoriales por programa
En el Programa 2, para la sustitución de equipos y la gestión energética, quedan además excluidas las empresas industriales cuya actividad principal esté en las divisiones 7, 8 y 9 (extractivas), 10 a 33 (manufactureras), 35 (energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado) y 36 a 39 (agua, saneamiento, residuos y descontaminación).
En el Programa 3, para actuaciones en edificios completos, locales o partes de edificio existentes de más de 500 m² de superficie útil, se excluyen determinadas empresas del sector terciario según su CNAE principal.
Esas dos exclusiones son la trampa de la convocatoria: la industria manufacturera —el grueso del tejido riojano— no puede acudir al Programa 2. Para esos proyectos ADER abre líneas específicas cofinanciadas por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética: EE para industria y REE para el sector terciario.
Cómo y cuándo solicitar
Plazo
Desde la publicación del extracto en el BOR, a las 9:00 horas, hasta el 30 de octubre de 2026 a las 14:00 horas.
La BDNS publica otra fecha. Su ficha da como fin de plazo el 30 de septiembre de 2026; la convocatoria dice 30 de octubre de 2026. Manda la convocatoria: hay un mes más del que aparenta.
Cómo se reparte
Por orden de registro de entrada en ADER hasta agotar el crédito.
Tramitación
Solo telemática: credencial obtenida con firma digital en la sede electrónica de ADER y después formulario de solicitud con la documentación.
Normativa
Bases reguladoras: Orden EIE/60/2024, de 13 de agosto (BOR núm. 159, de 16 de agosto de 2024), modificada por la Orden EIE/81/2024, de 5 de noviembre (BOR núm. 219, de 7 de noviembre de 2024). Ayuda de Estado SA.115774.
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