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Taxi adaptado en Bilbao 2026 — adaptación del vehículo y bonificación por servicio

15.000 € por adaptar un taxi nuevo de primera matriculación al transporte de personas con movilidad reducida, y 5,50 € por cada servicio prestado a esas personas durante el año. Dos convocatorias distintas del Ayuntamiento de Bilbao que se encadenan: una paga la inversión y la otra la explotación.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas propietarias de una licencia de taxi del Ayuntamiento de Bilbao. En la línea de bonificación por servicio, además, que tengan un vehículo adaptado adscrito a la licencia
Cuánto se cobra
Adaptación: los gastos de adaptación del vehículo hasta un máximo de 15.000 € por solicitud. Bonificación por servicio: reparto proporcional de 50.000 € entre el total de servicios prestados y justificados, hasta un máximo de 5,50 € por servicio
Procedimiento
Convocatorias municipales. La de adaptación se resuelve por fecha de puesta en servicio del vehículo hasta agotar el crédito; la de bonificación reparte proporcionalmente entre todos los servicios justificados
Presupuesto
60.000 € en la línea de adaptación del vehículo y 50.000 € en la línea de bonificación por servicio
Organismo
BILBAO. Código BDNS 901299.

Dos convocatorias que se encadenan

El Área de Movilidad y Sostenibilidad del Ayuntamiento de Bilbao mantiene dos líneas separadas dentro del mismo objetivo —aumentar la flota de taxis adaptados y la calidad del servicio a personas con movilidad reducida—, con acuerdos de Junta de Gobierno y plazos distintos:

LíneaQué pagaDotaciónCódigo BDNS
Taxi adaptadoLa inversión en adaptar el vehículo60.000 €901299
Servicio a personas con movilidad reducidaLa explotación: 5,50 € por servicio50.000 €909041

Para un taxista de Bilbao la secuencia lógica es cobrar primero la adaptación y después, cada año, la bonificación por los servicios prestados. Son compatibles porque financian cosas distintas.

Línea 1 — Adaptación del vehículo (15.000 €)

Subvenciona la inversión en adaptar para el servicio de taxi de Bilbao un vehículo nuevo, de primera matriculación, de forma que cumpla las especificaciones técnicas del Anexo IV del Real Decreto 1544/2007 sobre transporte de personas con movilidad reducida.

ConceptoImporte
CuantíaLos gastos de adaptación, hasta 15.000 € por solicitud
Dotación global60.000 € —da para cuatro vehículos al máximo—

Quién y cuándo

Personas físicas titulares de una licencia de taxi de Bilbao que pongan en servicio durante 2025 o 2026 un vehículo adaptado de primera matriculación y no hayan recibido otra subvención por este concepto.

Que se admitan vehículos puestos en servicio ya en 2025 es la clave: quien adaptó el taxi el año pasado y no pidió nada sigue a tiempo.

El orden de prelación

Las solicitudes presentadas en tiempo y forma, con toda la documentación indicada, se resuelven por la fecha de puesta en servicio del vehículo adaptado, hasta el agotamiento del crédito previsto.

No es por orden de entrada de la solicitud sino por antigüedad de la puesta en servicio. Eso favorece a quien adaptó antes, y significa que darse prisa en presentar no compensa una puesta en servicio posterior.

Compromisos

Hay que aportar declaración responsable de que:

  • El vehículo permanecerá adscrito al servicio de taxi de Bilbao durante al menos 4 años.
  • Se dará prioridad en la prestación del servicio a personas con movilidad reducida.
  • Se participará en la formación específica que se requiera.

El compromiso de cuatro años es el que hay que explicar antes de firmar nada: la ayuda va ligada a mantener el vehículo en la flota.

Además se presenta el DNI, la factura y los justificantes de pago completo de la adaptación, la ficha de acreedores, la documentación de titularidad de la cuenta y un certificado de idoneidad de la adaptación similar al modelo del Anexo IV.

Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOB —5 de mayo de 2026— y, en todo caso, hasta el 16 de septiembre de 2026, con independencia de que quede presupuesto.

Línea 2 — Bonificación por servicio (5,50 € cada uno)

Bonifica los servicios prestados a personas con movilidad reducida entre el 10 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 por los titulares de licencia con vehículo adaptado adscrito.

ConceptoImporte
Dotación50.000 €, repartidos de forma proporcional entre el total de servicios prestados y justificados
Tope por servicio5,50 €

El reparto proporcional con tope significa que 5,50 € es el máximo, no el importe garantizado: si el conjunto de la flota justifica más de 9.090 servicios, todos cobran menos. Conviene explicarlo así al cliente y no prometer la cifra completa.

Un dato de gestión importante: las asociaciones del taxi de Bilbao se constituyen como entidades colaboradoras conforme al artículo 15 de la Ley General de Subvenciones, mediante convenio. Para el taxista, eso normalmente simplifica la tramitación y la justificación de los servicios; conviene consultar con la asociación antes de presentar por cuenta propia.

Plazo: desde el día siguiente a la publicación —8 de junio de 2026— hasta el 31 de octubre de 2026, que coincide con el fin del periodo bonificable.

Documentación: DNI, declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, declaración responsable de participación en la formación específica requerida, autorización para recabar datos fiscales y de Seguridad Social, y declaración de otras ayudas solicitadas.

Cuándo vuelve a convocarse y con qué se combina

Ambas líneas son convocatorias anuales del Área de Movilidad y Sostenibilidad, aprobadas por la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao:

LíneaAcuerdoPublicación en el BOBCierre
Adaptación15 de abril de 2026n.º 82, de 5 de mayo16 de septiembre
Bonificación por servicio27 de mayo de 2026n.º 106, de 8 de junio31 de octubre

El calendario se repite: la de inversión sale en primavera y la de explotación a principios de verano. Para 2027, vigilar el BOB entre abril y junio. La información se publica también en bilbao.eus, dentro del Área de Movilidad y Sostenibilidad.

Las bases reguladoras generales son la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento de Bilbao (BOB n.º 138, de 20 de julio de 2016), de vigencia indefinida: lo que cambia cada año es solo la convocatoria.

Cómo se combina

La comparación obligada es con Vitoria-Gasteiz, que paga 20.000 € por un taxi eléctrico y adaptado y 10.000 € si es solo una de las dos cosas. Bilbao paga más por la adaptación pura —15.000 € frente a los 10.000 € de Vitoria por un ECO adaptado— pero no incentiva la electrificación.

Un taxista de Bilbao que renueve vehículo debería mirar además:

  • El Plan MOVES estatal y las ayudas del Ente Vasco de la Energía si el vehículo es eléctrico, ya que estas convocatorias municipales cubren la adaptación y no la compra.
  • La línea de Modernización del Transporte de la Diputación, aunque va dirigida al transporte de mercancías.

Para qué cliente

Perfil muy acotado: titular de licencia de taxi de Bilbao. Pero el importe por unidad es alto y hay dos convocatorias encadenadas, así que para una asesoría con taxistas en cartera merece la pena tener el calendario marcado: solicitar la adaptación antes del 16 de septiembre y la bonificación por servicio antes del 31 de octubre, todos los años.

La condición de haber puesto el vehículo en servicio en 2025 o 2026 hace que en cada convocatoria haya clientes que pueden reclamar por una adaptación del año anterior. Vale la pena revisarlo.

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