Sostenibilidad en la industria de los recursos naturales
Cinco líneas para el sector minero y de la roca ornamental: protección ambiental, seguridad y salud, reducción del polvo, eficiencia energética y gestión minera sostenible. Hasta el 65 % de la inversión y 150.000 € por proyecto.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas del sector industrial de los recursos naturales en Galicia, de cualquier tamaño
- Cuánto se cobra
- Del 35 % al 65 % de la inversión según tamaño y línea, hasta 150.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: los proyectos se puntúan y se ordenan
- Presupuesto
- 2.507.869 € repartidos entre las cinco líneas
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 920582.
Objeto
Fomenta la sostenibilidad —económica, social y medioambiental— en la actividad industrial del sector de los recursos naturales en Galicia (art. 1.1).
Se orienta a cuatro tipos de actuación: protección ambiental, prevención de riesgos laborales y seguridad y salud de los trabajadores, mejora de la eficiencia energética e implantación de un sistema de gestión minera sostenible (art. 1.3).
Las cinco líneas y su crédito (art. 5.1)
| Línea | Actuación | Crédito |
|---|---|---|
| 1 | Protección ambiental | 650.000 € |
| 2 | Seguridad y salud en explotaciones mineras | 900.000 € |
| 3 | Reducción de la exposición al polvo en centros de elaboración de roca ornamental | 650.000 € |
| 4 | Eficiencia energética | 292.869 € |
| 5 | Gestión minera sostenible (normas UNE 22480 y UNE 22470) | 15.000 € |
Si sobra crédito en una línea y en otras quedan solicitudes sin atender por agotamiento, el sobrante se redistribuye por el orden de prelación de la fase de valoración, atendiendo primero a las solicitudes parcialmente subvencionadas. En caso de empate manda la fecha de presentación.
Qué se subvenciona en cada línea
- Línea 1 · Protección ambiental. Costes de inversión directamente vinculados a alcanzar un nivel más elevado de protección medioambiental. Cuando se exige identificar una hipótesis de contraste, las intensidades del art. 5.2 se reducen a la mitad (art. 4.3).
- Línea 2 · Seguridad y salud. Gastos ligados a la inversión para mejorar las condiciones laborales de seguridad y salud de los puestos de trabajo en explotaciones mineras (art. 4.4).
- Línea 3 · Polvo. Inversión destinada a reducir la exposición al polvo de las personas trabajadoras en centros de elaboración de roca ornamental (art. 4.5).
- Línea 4 · Eficiencia energética. Costes de inversión adicionales necesarios. También aquí, cuando procede la hipótesis de contraste, las intensidades del art. 5.3 se reducen un 50 % (art. 4.6).
- Línea 5 · Gestión minera sostenible. Costes de implantación, certificación, seguimiento o renovación de las normas UNE 22480 «Sistema de gestión minera sostenible. Requisitos» y UNE 22470 «Sistema de gestión minero-mineralúrgica-metalúrgica sostenible. Indicadores», siempre que estén soportados por facturas (art. 4.7).
Cuantía
Líneas 1, 2, 3 y 5 (art. 5.2)
| Tamaño de empresa | Intensidad máxima |
|---|---|
| Pequeña empresa | 65 % |
| Mediana empresa | 55 % |
| Gran empresa | 45 % |
Con estos topes de subvención: 150.000 € en las líneas 1 y 2, 50.000 € en la línea 3 y 3.000 € en la línea 5.
Línea 4 · eficiencia energética (art. 5.3)
| Tamaño de empresa | Intensidad máxima |
|---|---|
| Pequeña empresa | 55 % |
| Mediana empresa | 45 % |
| Gran empresa | 35 % |
Con un máximo de 50.000 € de subvención.
Ojo con la hipótesis de contraste en las líneas 1 y 4: cuando la normativa obliga a identificarla, las intensidades caen a la mitad. Es la variable que más puede desviar la ayuda esperada respecto a la calculada sobre el papel.
Compatibilidad con otras ayudas
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier administración o ente público o privado, nacional, internacional o de la Unión Europea (art. 6).
Con dos límites: el conjunto no puede superar el coste total de la inversión subvencionable, y la concurrencia se verifica sobre los mismos costes subvencionables de modo que no se excedan las intensidades del art. 5.
Hay que declarar por declaración responsable las ayudas obtenidas, tanto al solicitar como en cualquier momento posterior, tan pronto como se conozcan y en todo caso con la justificación.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo: hasta el 24 de agosto de 2026.
- Procedimiento: concurrencia competitiva (art. 1.2). Los proyectos se valoran y se ordenan por puntuación según los criterios del art. 15; no basta con cumplir requisitos.
- Tres ofertas de proveedores distintos cuando el gasto supere el umbral del contrato menor de la Ley 9/2017, salvo que no exista en el mercado número suficiente de entidades. Si no se elige la más ventajosa, hay que justificarlo en una memoria (art. 4.8).
- Con la solicitud hay que aportar, además, la hipótesis de contraste cuando proceda (líneas 1 y 4) y el plano de situación con la localización de la actuación.
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