Madera estructural en construcción — proyectos y obras
La Agencia Gallega de la Industria Forestal cubre hasta el 70 % del coste de proyectar y ejecutar obras con madera estructural. Cuatro líneas y un máximo que llega a 70.000 € en promociones singulares.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Promotores de obra nueva, rehabilitación o reforma de vivienda y establecimientos de negocio con madera estructural
- Cuánto se cobra
- 50 % ampliable al 70 %; hasta 55.000 € por proyecto en vivienda colectiva y 40.000 € en unifamiliar, con 90.000 € acumulados por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 5.000.000 € en total: 2.155.360,35 € en 2026 y 2.844.639,65 € en 2027
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 919061.
Objeto
Subvenciona la redacción de proyectos y la realización de obras que empleen productos de madera como elementos estructurales (art. 1).
El objetivo declarado es impulsar sistemas constructivos sostenibles, el uso de materias naturales reciclables y reutilizables y la reducción del consumo energético.
Las cuatro líneas (art. 2)
| Línea | Código | Qué financia |
|---|---|---|
| 1.1 | MR502B | Redacción de proyectos de vivienda unifamiliar o colectiva y establecimientos de negocio |
| 1.2 | MR502D | Redacción de proyectos de vivienda unifamiliar |
| 2.1 | MR502F | Ejecución de obra en vivienda unifamiliar o colectiva y establecimientos de negocio |
| 2.2 | MR502G | Ejecución de obra en vivienda unifamiliar |
En los cuatro casos vale obra nueva, rehabilitación o reforma.
Cuantía de las líneas 1 · redacción de proyectos
Intensidad base del 50 % del gasto subvencionable, con dos incrementos del 10 % cada uno (art. 6.1.a):
- +10 % si se asume el compromiso de que al menos el 10 % de los costes de productos ECEA —colocación incluida— del presupuesto de ejecución material proceda de montes gallegos gestionados de forma sostenible, con certificado PEFC o FSC y trazabilidad acreditada en la plataforma pública y gratuita FORTRA de la Xunta.
- +10 % si al menos el 10 % de los costes de productos ECEA dispone de la marca de garantía «Pino de Galicia».
Los porcentajes son acumulables hasta el 70 % del gasto subvencionable.
Topes
| Supuesto | Máximo |
|---|---|
| Línea 1.1 | 35.000 € |
| Línea 1.2 | 10.000 € |
| Línea 1.1, edificación en altura | + 5.000 € por cada planta adicional |
| Línea 1.1, uso residencial colectivo | + 500 € por vivienda |
| Línea 1.1, promociones singulares | 70.000 € |
Los compromisos de origen no son declarativos: se verifican en la justificación final mediante el proyecto de ejecución y el certificado de la persona proyectista, y además obligan a colocar esos productos en obra, lo que se comprueba al final con los códigos QR y fotografías.
Cuantía de las líneas 2 · ejecución de obra
Intensidad base del 50 %, con los mismos dos incrementos del 10 % —madera de montes gallegos certificada vía FORTRA y marca «Pino de Galicia»—, acumulables hasta el 70 % (art. 6.1.b).
Para que los incrementos se apliquen, las ofertas presentadas con la solicitud deben contemplar ya esa característica del producto y hay que identificar los conceptos que la cumplen en el anexo de solicitud.
Topes de la línea 2.1
| Supuesto | Máximo |
|---|---|
| General | 35.000 € |
| Si los productos ECEA suponen al menos el 30 % de la liquidación final de obra | 45.000 € |
| Si los productos ECEA suponen al menos el 40 % de la liquidación final de obra | 55.000 € |
| Edificación en altura | + 20.000 € por cada planta adicional |
Los escalones de 45.000 € y 55.000 € se activan con una declaración responsable en la solicitud y se verifican con la documentación de fin de obra. Computan los productos ECEA estén subvencionados o no, lo que amplía bastante el margen de cálculo.
Topes de la línea 2.2 · vivienda unifamiliar
La línea 2.2 tiene su propia escala, con la misma mecánica pero cifras menores:
| Supuesto | Máximo |
|---|---|
| General | 20.000 € |
| Productos ECEA ≥ 30 % de la liquidación final de obra | 30.000 € |
| Productos ECEA ≥ 40 % de la liquidación final de obra | 40.000 € |
Conviene no mezclar las dos escalas al presupuestar: la 2.1 —vivienda colectiva y establecimientos— va de 35.000 € a 55.000 €, y la 2.2 —unifamiliar— de 20.000 € a 40.000 €.
Se puede presentar como máximo una solicitud por línea. Si se presentan dos o más, solo se toma la primera en plazo y el resto no se admite a trámite.
Tope acumulado por beneficiario (art. 6.2)
Además de los máximos por proyecto, existe un límite al total que puede percibir una misma persona sumando todas sus solicitudes:
| Líneas | Máximo acumulado |
|---|---|
| 1.1 y 2.1 (vivienda colectiva y establecimientos) | 90.000 € |
| 1.1 y 2.1 en edificación en altura, uso residencial colectivo o promociones singulares | 250.000 € |
| 1.2 y 2.2 (vivienda unifamiliar) | 45.000 € |
Este tope es el que de verdad limita a un promotor con varias actuaciones: los máximos por proyecto se pueden alcanzar en dos o tres expedientes, pero el acumulado de 90.000 € corta ahí salvo que se trate de altura, residencial colectivo o promoción singular. Conviene planificar qué proyectos se presentan y en qué orden.
Gastos no subvencionables
- El IVA recuperable y los impuestos de naturaleza similar.
- Tasas de permisos o licencias.
- Coste del visado colegial.
- Honorarios técnicos de anteproyecto, dirección de ejecución, dirección de obra y coordinación de Seguridad y Salud en fase de ejecución.
- Los demás del art. 29.7 de la Ley 9/2007.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo: hasta el 31 de agosto de 2026.
- Procedimiento: concurrencia no competitiva.
- Vía: electrónica, con la documentación del art. 8.
Conviene decidir los compromisos de origen de la madera antes de pedir ofertas: en las líneas 2 los incrementos solo se aplican si las ofertas que acompañan a la solicitud ya recogen la característica del producto. Añadirlo después no vale.
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