Diversificación económica de los territorios (DIV) — pymes
Hasta el 35 % de una inversión desde 30.000 €, con el Fondo de Transición Justa. Es la versión pyme de los proyectos tractores: el umbral de entrada baja de un millón a treinta mil euros y no exige crear cinco empleos.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes cuyo proyecto de inversión inicial se desarrolle en el Principado de Asturias. Quedan fuera comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones
- Cuánto se cobra
- 35 % de la inversión en pequeñas empresas y 25 % en medianas, sobre una inversión de 30.000 € a 2.000.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con desempate por orden de registro de la solicitud
- Presupuesto
- 3.533.688,12 € con cargo al ejercicio 2026
- Organismo
- PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 896215.
Objeto
Es la puerta de entrada al Fondo de Transición Justa para empresas de tamaño normal. Comparte marco con la línea de grandes empresas, pero con umbrales muy distintos: la inversión mínima baja de 1.000.000 € a 30.000 €.
Debe tratarse de una inversión inicial según el artículo 2.49 del Reglamento (UE) 651/2014, en alguna de estas formas:
- Creación de un nuevo establecimiento o ampliación de la capacidad de uno existente.
- Diversificación de la producción hacia productos o servicios que antes no se producían o prestaban allí.
- Transformación fundamental del proceso global de producción o de prestación del servicio.
- Adquisición de activos de un establecimiento que ha cerrado o habría cerrado de no ser adquirido.
Dos avisos que descartan proyectos enteros:
- La mera adquisición de acciones de una empresa no es inversión inicial.
- Una inversión de sustitución no constituye inversión inicial. Reponer maquinaria por otra equivalente no entra; hay que ampliar capacidad, diversificar o transformar el proceso.
Quién puede solicitarla
Pymes con proyecto de inversión en el Principado de Asturias.
Quién queda excluido
- Comunidades de bienes y sociedades civiles, y también asociaciones y fundaciones.
- Quienes incurran en las circunstancias de los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, o estén en alguno de los supuestos de disolución mercantil.
- Empresas que hayan puesto fin a una actividad idéntica o similar en el Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores, o que tengan planes concretos de terminarla en menos de dos años.
- Empresas en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (CE) 651/2014.
- Empresas con una orden de recuperación pendiente por ayuda declarada ilegal e incompatible.
Las condiciones deben cumplirse en tres momentos: al admitirse la solicitud, al concederse la ayuda y al admitirse la solicitud de pago.
Cuantía
| Tipo de empresa | Porcentaje máximo |
|---|---|
| Pequeñas empresas | 35 % |
| Medianas empresas | 25 % |
Los porcentajes vienen del mapa de ayudas regionales de España 2022-2027 (Decisión de la Comisión Europea de 17 de marzo de 2022, SA.100859). El tope es conjunto: no se puede superar contando todas las ayudas al mismo proyecto.
| Inversión mínima | Inversión máxima |
|---|---|
| 30.000 € | 2.000.000 € |
En el techo, una pequeña empresa puede llegar a 700.000 € de ayuda.
Frente a la línea de grandes empresas, aquí no se exige crear cinco empleos directos ni mantener plantilla cinco años. Es la diferencia que hace esta convocatoria accesible a una empresa asturiana media.
Cómo se resuelve
Concurrencia competitiva: se comparan las solicitudes y se ordenan por puntuación.
Entre los criterios de valoración pesa el mantenimiento de empleo estable indefinido del beneficiario, con hasta 30 puntos.
En caso de empate, la prelación se establece por orden de registro de presentación: las anteriores priman sobre las posteriores. Con puntuaciones parecidas, presentar pronto decide.
El informe para la Comisión de Evaluación debe incluir el desglose motivado de la puntuación de cada proyecto, lo que facilita recurrir con fundamento si la valoración no cuadra.
Cómo y cuándo solicitar
La solicitud se compone de cuatro documentos del anexo:
- Documento de Solicitud, con la documentación que allí se indica.
- Documento de Datos Generales.
- Memoria Técnica del Proyecto.
- Relación de Inversiones.
Si algún documento ya se presentó a la Agencia en otro expediente y no ha cambiado, se puede ejercer el derecho a no aportarlo indicando el expediente y el órgano responsable, siempre que no hayan pasado más de cinco años.
Plazo de la convocatoria de 2026
Desde el día natural siguiente a la publicación del extracto en el BOPA hasta las 14:00 horas del 29 de mayo de 2026, hora peninsular. La convocatoria de este año ya está cerrada.
La resolución de convocatoria es de 27 de marzo de 2026, de la Agencia Sekuens.
Encaje europeo
Se financia con el Fondo de Transición Justa, en el ámbito de intervención 21 «Desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes, incluidas las inversiones productivas».
La selección debe respetar los principios horizontales del artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060: igualdad entre mujeres y hombres, integración de la perspectiva de género, no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad.
Existe una convocatoria paralela para grandes empresas, con inversión mínima de un millón de euros, intensidad del 15 % y obligación de crear cinco empleos.
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