Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo abiertoIndustria, inversión y energíaAsturiasConcurrencia competitiva

Diversificación económica de los territorios (DIV) — grandes empresas

Hasta el 15 % de una inversión de entre 1 y 10 millones de euros, con un 5 % extra si el proyecto encaja en tecnologías STEP. Exige crear 5 empleos y mantenerlos 5 años. Abierta hasta las 14:00 del 15 de octubre de 2026.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Grandes empresas con un proyecto de inversión inicial que cree nueva actividad económica en el Principado de Asturias
Cuánto se cobra
15 % de la inversión subvencionable, ampliable al 20 % en proyectos STEP
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con puntuación mínima de 60 puntos, o 35 en proyectos STEP
Presupuesto
5.117.422,19 € con cargo a 2026: 4.058.077,23 € para proyectos no STEP y 1.059.344,96 € para proyectos STEP
Organismo
PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 923538.

Objeto

Financia inversiones industriales de gran tamaño que diversifiquen la economía asturiana, con cargo al Fondo de Transición Justa de la Unión Europea.

El encaje europeo importa porque define qué se subvenciona: el FTJ existe para mitigar los efectos de la transición climática en los territorios más perjudicados por ella, y Asturias está entre ellos por su Plan Territorial de Transición Justa.

La inversión debe ser una inversión inicial que crea una nueva actividad económica según el artículo 2.51 del Reglamento (UE) 651/2014, en una de estas dos formas:

  • Creación de un nuevo establecimiento, o diversificación de la actividad de uno existente, siempre que la nueva actividad no sea idéntica ni similar a la que ya se realizaba allí.
  • Adquisición de los activos de un establecimiento que ha cerrado o habría cerrado de no ser adquirido, siempre que la nueva actividad no sea igual o similar a la anterior.

La mera compra de acciones de una empresa no cuenta como inversión inicial.

Quién puede solicitarla

Grandes empresas cuyo proyecto de inversión se desarrolle en el Principado de Asturias. Existe una convocatoria paralela para pymes.

Quién queda excluido

  • Comunidades de bienes y sociedades civiles, así como asociaciones y fundaciones.
  • Quienes incurran en las circunstancias de los artículos 13.2, 13.3 o 13.3 bis de la Ley 38/2003.
  • Empresas que en el momento de solicitar tengan planes concretos de poner fin a la actividad en menos de dos años.
  • Empresas en crisis, según el artículo 2.18 del Reglamento (CE) 651/2014.
  • Empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente por una ayuda declarada ilegal e incompatible con el mercado interior.

Las condiciones deben cumplirse en tres momentos: al admitirse la solicitud, al concederse la ayuda y al admitirse la solicitud de pago.

Umbrales del proyecto

Son los que determinan si merece la pena presentarse, y son exigentes:

RequisitoValor
Inversión subvencionable mínima1.000.000 €
Inversión subvencionable máxima10.000.000 €
Aportación propia del beneficiarioAl menos el 25 % de la inversión subvencionable, con recursos propios o financiación externa sin ayuda pública

Requisitos de empleo (proyectos no STEP)

Deben cumplirse todos:

  • Creación mínima de 5 empleos directos. No cuentan los empleos de la fase de construcción.
  • Mantenimiento del empleo creado junto con la plantilla preexistente —tomando el promedio de los doce meses anteriores— durante un mínimo de 5 años.

Ese compromiso de cinco años sobre el conjunto de la plantilla, no solo sobre los puestos nuevos, es el riesgo principal de la ayuda y conviene modelarlo antes de solicitar.

Cuantía

La intensidad la fija el mapa de ayudas regionales de España 2022-2027, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 17 de marzo de 2022 (SA.100859):

Tipo de empresaPorcentaje máximo
Grandes empresas15 %
Grandes empresas con proyecto STEP20 % (15 % + 5 % de bonificación)

La bonificación STEP viene de la Decisión de la Comisión de 26 de julio de 2024 (SA.114955), que modificó el mapa de ayudas regionales.

El tope es conjunto: no se puede superar esa intensidad contando todas las ayudas que reciba el mismo proyecto.

Sobre una inversión máxima de 10 millones, el techo práctico son 1,5 millones de euros, o 2 millones en proyectos STEP.

Qué son los proyectos STEP y por qué importan

STEP es la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa. Los proyectos alineados con las tecnologías del anexo de la convocatoria reciben un trato claramente mejor en dos frentes:

  • Intensidad: 5 puntos porcentuales más, del 15 % al 20 %.
  • Puntuación mínima: basta con 35 puntos en vez de los 60 exigidos al resto.

El crédito, sin embargo, está reservado por separado: 4.058.077,23 € para no STEP y 1.059.344,96 € para STEP. Si la cuantía concedida supera los fondos asignados, los proyectos aprobados no serían susceptibles de cofinanciación por el FTJ.

Comprobar si el proyecto encaja en el anexo STEP es, con diferencia, la comprobación más rentable antes de preparar el expediente.

Cómo se resuelve

Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes —STEP y no STEP— para establecer un orden de prelación según los criterios de valoración.

Umbral de acceso: 60 puntos, o 35 puntos en proyectos STEP. Por debajo, se propone la desestimación.

A igualdad de puntuación y sin crédito para todas, hay un orden de desempate reglado en la convocatoria.

La evaluación la hace una Comisión de Evaluación y la propuesta se eleva como Resolución Única, sin trámite de audiencia previa. Lo que no se aporte con la solicitud no se valora.

Cómo y cuándo solicitar

La solicitud se compone de cuatro documentos del anexo:

  • Documento de Solicitud, con la documentación que allí se indica.
  • Documento de Datos Generales.
  • Memoria Técnica del Proyecto.
  • Relación de Inversiones.

Si algún documento ya se presentó a la Agencia en otro expediente y no ha cambiado, se puede ejercer el derecho a no volver a presentarlo indicando el número de expediente, siempre que no hayan pasado más de cinco años desde la presentación inicial.

Plazo

Desde el día natural siguiente a la publicación del extracto en el BOPA hasta las 14:00 horas del 15 de octubre de 2026, hora peninsular. La hora es parte del plazo: no vale presentar ese día por la tarde.

Normativa

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 30 de octubre de 2024 de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (BOPA número 222, de 14 de noviembre de 2024), comunicadas a la Comisión Europea con la referencia SA.116773.

Convocatoria aprobada por Resolución de 21 de julio de 2026 de la Presidencia de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación Asturiana (Sekuens).

Los gastos que superen los 40.000 € requieren solicitar varias ofertas, salvo que no exista en el mercado un número suficiente de proveedores o que el gasto se hubiese realizado antes de la solicitud.

Cierra en15 de octubre de 2026

47 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras en el BOPA núm. 222, de 14 de noviembre de 2024Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Seguir mirando

Industria, inversión y energía en Asturias9Todas las abiertas en Asturias10Industria, inversión y energía en toda España151
LlamarEstudia mi caso