Seguros agrarios · Complemento autonómico a las pólizas contratadas en 2025
1,1 M€ que la Junta reparte de oficio entre quienes contrataron un seguro agrario durante 2025: un 50 % adicional sobre lo que ya subvencionó ENESA. No hay solicitud ni plazo que cumplir —lo único que hay que hacer es no renunciar en 15 días hábiles—.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas y entidades que contrataron pólizas del 45.º y 46.º Plan de Seguros Agrarios Combinados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y cumplen el artículo 3 de la Orden de 13 de abril de 2018
- Cuánto se cobra
- 50 % de la subvención concedida por ENESA en líneas agrícolas, forestales y ganaderas salvo el módulo 1, con máximo de 5.000 € por póliza y 9.000 € por beneficiario; 25 % de la ayuda de ENESA y hasta 25.000 € en organizaciones de productores y cooperativas
- Procedimiento
- Concesión de oficio en régimen de concurrencia no competitiva: la formalización de la póliza vale como solicitud
- Presupuesto
- 1.100.000 €
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 922234.
Una ayuda que llega sola
Es la convocatoria menos trabajosa del catálogo andaluz, y por eso mismo la que más se pasa por alto. No hay que presentar nada:
- La formalización de la póliza constituye la solicitud de la subvención.
- La concesión es de oficio, en régimen de concurrencia no competitiva.
- Quien no la quiera debe renunciar expresamente en 15 días hábiles desde que se publique el extracto en el BOJA.
Beneficia a quienes contrataron un seguro agrario entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, en las líneas agrícolas, forestales, ganaderas y acuícolas del 45.º y el 46.º Plan de Seguros Agrarios Combinados —aprobados por Acuerdos del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023 y de 23 de diciembre de 2024—.
El trabajo útil aquí no es tramitar, es avisar y comprobar: repasar qué clientes aseguraron cosecha o ganado en 2025 y verificar que la ayuda les llega. Si a alguien no le consta, es señal de que hay algo que revisar en los datos de la póliza o en el cumplimiento del artículo 3 de las bases —estar al corriente de obligaciones, entre otras cosas—.
Cuánto se cobra: un porcentaje de lo que ya pagó ENESA
La ayuda autonómica no se calcula sobre la prima, sino sobre la subvención que ya concedió ENESA —la Entidad Estatal de Seguros Agrarios—. Es, literalmente, un complemento:
| Supuesto | Porcentaje de la ayuda de ENESA | Tope |
|---|---|---|
| Líneas agrícolas, forestales y ganaderas, excepto el módulo 1 | 50 % | 5.000 € por póliza |
| Organizaciones de productores y cooperativas | 25 % | 25.000 € |
Hay además un límite de 9.000 € por persona beneficiaria, que no se aplica a las organizaciones de productores ni a las cooperativas —de ahí que su tope por póliza sea mucho mayor aunque el porcentaje sea la mitad—.
El módulo 1 queda fuera. Es el módulo de mayor cobertura y también el de prima más alta; quien lo suscribió no recibe este complemento autonómico, aunque sí conserva la ayuda de ENESA.
El incremento por titularidad compartida
Se aplica un incremento del 10 % cuando la persona titular figure inscrita en el Registro de Titularidad Compartida de Explotaciones Agrarias de Andalucía, sin que ese incremento permita superar los topes anteriores.
Es el mismo incentivo que aparece en la convocatoria ordinaria de enero, y sigue siendo de los argumentos más concretos para animar a una explotación familiar a inscribirse en el registro de titularidad compartida: se cobra en cada póliza, todos los años.
Cómo encaja con la convocatoria ordinaria de enero
Conviene no confundir las dos convocatorias de seguros agrarios que Andalucía ha publicado en 2026, porque funcionan de manera distinta:
| Ordinaria · Orden de 21 de enero de 2026 | Ésta · Orden de 28 de julio de 2026 | |
|---|---|---|
| Pólizas | Las que se contraten en el periodo de suscripción de cada línea | Las contratadas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 |
| Bases | Orden de 26 de octubre de 2023 | Orden de 13 de abril de 2018 |
| Cálculo | Porcentaje sobre la Prima Comercial Base Neta, con adicionales | Porcentaje sobre la ayuda de ENESA |
| Crédito | 12.500.000 € | 1.100.000 € |
Dicho de otro modo: la de enero abarata la póliza en el momento de contratarla; ésta es un complemento retroactivo sobre pólizas que ya están pagadas y vencidas. No son alternativas, y no hay que elegir entre ellas.
Las ayudas se acogen a las Directrices de la Comisión Europea 2022/C 485/01 para los sectores agrícola y forestal y las zonas rurales, y al Reglamento (UE) 2022/2473 en lo relativo a la acuicultura.
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Texto oficial
Orden de 28 de julio de 2026 de convocatoria, BOJA núm. 153 de 10 de agosto de 2026Extracto de la convocatoria, BOJA núm. 153 de 10 de agosto de 2026Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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