Seguros agrarios combinados · Subvención de la prima
La Junta paga parte de la prima del seguro agrario, y se pide en la propia agencia al contratar la póliza: no hay expediente que presentar. Hasta 5.000 € por póliza, 10.000 € en el olivar bienal, con recargos de hasta 10 puntos si se es agricultor profesional, joven o titular de explotación prioritaria.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas y entidades que hayan contratado una póliza de seguro agrario en alguna de las modalidades del Anexo I de la orden, cumplan el artículo 3 de la Orden de 26 de octubre de 2023 y no hayan renunciado expresamente a la subvención en la propia póliza
- Cuánto se cobra
- Porcentaje sobre la Prima Comercial Base Neta según línea y módulo, más subvenciones adicionales acumulables; máximo de 5.000 € por póliza, o 10.000 € en la contratación bienal del olivar
- Procedimiento
- Se tramita a través de la entidad aseguradora al contratar la póliza, no mediante solicitud individual
- Presupuesto
- 12.500.000 €: 11.500.000 € en 2026 y 1.000.000 € en 2027
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 883398.
Cómo se pide: no se pide
Es la diferencia principal con el resto del catálogo agrario, y conviene decírsela al cliente para que no la busque donde no está. La subvención no se solicita mediante un expediente ante la Junta: se aplica sobre la prima al contratar la póliza con la entidad aseguradora, dentro del sistema del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
El único requisito activo por parte del asegurado es no haber renunciado a la subvención mediante manifestación expresa en la póliza contratada. Es decir: la renuncia hay que marcarla; la ayuda viene de serie.
Sí hay algo que preparar con antelación: para tener derecho a las subvenciones adicionales hay que poseer y presentar en el momento de la contratación la documentación justificativa del Anexo II del Real Decreto 425/2016, y una por cada subvención adicional que se solicite. Llegar a la agencia sin esos papeles significa perder los puntos, y ya no se recuperan después.
La documentación debe conservarse cinco años.
Cuánto se cobra: la base y los recargos
La subvención base se calcula aplicando a la Prima Comercial Base Neta un porcentaje que depende de la línea de seguro y del módulo de aseguramiento, según el Anexo I de la orden y el artículo 4 de la Orden de 26 de octubre de 2023. Sobre esa base se suman las adicionales:
| Subvención adicional | Puntos |
|---|---|
| Por características de la persona asegurada o del aseguramiento: agricultor profesional, joven agricultor, titular de explotación prioritaria o socio de organización de productores | +10 |
| Titularidad compartida: figurar en el RETICOM al suscribir el seguro, conforme a la Ley 35/2011 | +5 |
| Reducción del riesgo en explotaciones ganaderas: pertenecer a una agrupación de defensa sanitaria ganadera o ser explotación ecológica | +4 |
| Reducción del riesgo en explotaciones agrícolas: pertenecer a una ADS vegetal o agrupación de producción integrada, o estar en el registro de producción ecológica con certificación de la Junta | +2 |
Cuidado con acumular: si se reúnen varios requisitos dentro de una misma subvención adicional de los apartados 1, 2 y 3, el porcentaje se cuenta una sola vez. Ser joven agricultor y además titular de explotación prioritaria no da 20 puntos, da 10.
Los topes
- 5.000 € por póliza con carácter general, contando base más adicionales.
- 10.000 € en las modalidades de contratación bienal de seguro para explotaciones de olivar.
Los seguros complementarios se calculan con los mismos criterios que el principal si éste se suscribió en su módulo P, incrementando la subvención base en 6 puntos porcentuales.
Y un aviso: si la suma de la subvención estatal y la autonómica superase los niveles permitidos, se ajusta minorando la parte de la Junta de Andalucía. La autonómica es la que cede.
Marco y vigencia
Las subvenciones a los seguros agrarios tienen naturaleza de ayuda de Estado y se acogen a las Directrices de la Comisión Europea para los sectores agrícola y forestal y las zonas rurales (2022/C 485/01).
La Comisión declaró el régimen compatible con el mercado interior por Decisión de 19 de diciembre de 2025, sobre la ayuda SA.116309 (2024/N), lo que supone una prórroga del régimen hasta el 31 de diciembre de 2029. Es un dato útil para planificar: el marco está asegurado varios ejercicios, aunque la cuantía se fije cada año en la convocatoria correspondiente.
Las cuantías de esta convocatoria se refieren a las pólizas contratadas dentro del cuadragésimo sexto y cuadragésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
La concesión queda limitada a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio; si se producen aumentos sobrevenidos de crédito se aplica el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Junta.
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Texto oficial
Orden de 21 de enero de 2026 por la que se convocan las ayudas a la contratación de seguros agrarios combinados, BOJA núm. 24 de 5 de febrero, texto íntegro publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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