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Sabor a Córdoba · Apoyo a las empresas agroalimentarias de la provincia

246.000 € de IPRODECO para que la agroalimentaria cordobesa venda mejor: tienda online, certificaciones de calidad, huella de carbono, envases, ferias y publicidad. Admite comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, algo que la mayoría de convocatorias excluye.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas del sector agroalimentario de la provincia de Córdoba, personas físicas o jurídicas de naturaleza privada con condición de pyme; las personas físicas deben estar de alta en el RETA o pertenecer a un colegio profesional con mutualidad alternativa
Cuánto se cobra
Sobre los gastos corrientes elegibles de comercialización, certificación, imagen y promoción, sin IVA
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
246.000 €, con una cuantía adicional estimada de hasta 204.000 €
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA. Código BDNS 911541.

Qué gastos entran, que es una lista inusualmente amplia

Son gastos corrientes —no inversión— y cubren casi todo lo que una empresa agroalimentaria necesita para dar el salto comercial:

  • Venta online: estudios, proyectos y actuaciones de comercialización electrónica, implantación y gestión de plataforma de venta.
  • Página web: diseño, mantenimiento, alojamiento, dominio y traducción a otros idiomas.
  • Investigación de mercados y marketing, incluido el asesoramiento en comercio exterior.
  • Nuevas certificaciones de calidad: Denominaciones de Origen cordobesas, producción ecológica (CCAE, USDA Organic), normas ISO, Global G.A.P., Halal, Kosher, IFS, BRC, JAS.
  • Certificación de la huella de carbono.
  • Presentación del producto: diseño de envases y etiquetas.
  • Imagen de empresa: logotipos, tarjetas digitales, catálogos.
  • Etiquetado inteligente.
  • Ferias agroalimentarias y misiones comerciales, salvo aquellas en las que IPRODECO ya cofinancie la participación.
  • Publicidad y promoción: campañas en prensa, radio y televisión, redes sociales, community manager, posicionamiento de marca, vídeos y reportajes fotográficos.

La exclusión de las ferias que IPRODECO ya cofinancia es la trampa fácil: si el cliente va a una feria dentro del stand de la Diputación, ese gasto no entra aquí. Hay que separar bien las dos vías.

La publicidad financiada debe incluir explícitamente la mención a la cofinanciación.

Quién puede pedirla

Empresas del sector agroalimentario de la provincia de Córdoba que a la fecha de fin de plazo cumplan:

  • Ser persona física o jurídica de naturaleza privada.
  • Tener la consideración de pyme conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, con la actualización de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775.
  • Las personas físicas deben estar de alta en el RETA o pertenecer a un colegio profesional con mutualidad alternativa.

Y una apertura que conviene aprovechar porque no es habitual: pueden ser beneficiarias las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que puedan llevar a cabo los proyectos. En esos casos, cada miembro tiene también la consideración de beneficiario en función de su cuota de participación o compromiso de ejecución.

Esa figura permite que varios productores pequeños concurran juntos sin constituir sociedad, con la contrapartida de que las obligaciones alcanzan a cada uno según su cuota.

Justificar el total, aunque se cobre una parte

Es la obligación que más sorprende al cliente y conviene advertirla desde el principio: las beneficiarias están obligadas a justificar la totalidad del presupuesto aprobado, con independencia de la cuantía de la subvención obtenida.

Es decir, si se aprueba un proyecto de 20.000 € y se concede una subvención de 8.000 €, hay que justificar los 20.000 €, no los 8.000 €. Se hace mediante cuenta justificativa simplificada del artículo 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Las tres fechas de cada factura

La relación clasificada de gastos (Anexo IV) exige que cada factura cumpla:

  • Concepto: gasto subvencionable realizado en 2026.
  • Fecha de emisión: de 2026.
  • Fecha de pago: anterior al plazo de presentación de la justificación.
  • Importe sin IVA.

Una factura de diciembre de 2025 o pagada después de justificar queda fuera aunque el servicio se prestara en plazo. Merece la pena revisar el calendario de pagos a proveedores antes de cerrar la cuenta justificativa.

La justificación se presenta exclusivamente por la sede electrónica, con formulario electrónico y memoria de actuación.

Plazo24 de junio de 2026

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Texto oficial

Convocatoria Sabor a Córdoba 2026 de IPRODECO, texto íntegro publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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