SA481B — Ayudas a las oficinas de farmacia en zonas farmacéuticas especiales de Galicia 2026
Hasta 18.000 € al año a tanto alzado para la botica rural: paga alquiler, luz, software, seguros, colegiación, la cuota de autónomo del titular y los adjuntos de guardia o vacaciones. Sin baremo, se cobra el 100 % por adelantado y sin aval. Solo para 29 municipios tasados.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas titulares de oficinas de farmacia localizadas en alguna de las 29 zonas farmacéuticas declaradas especiales por el Consello de la Xunta el 20 de octubre de 2025, y que estén empadronadas en cualquier municipio de Galicia
- Cuánto se cobra
- Cantidad fija a tanto alzado según el criterio que cumpla la farmacia: 18.000 €/año con índice corrector, 12.000 € con facturación de recetas inferior a 235.000 €, 8.400 € por guardias 24h/365 días, 7.200 € por guardias diurnas los 365 días y 6.000 € por guardias diurnas de lunes a sábado. Si se cumple más de un criterio, el tope conjunto es de 18.000 €/año
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva por procedimiento abreviado, instruida por orden de presentación de las solicitudes
- Presupuesto
- 99.600 €, ampliables, con cargo a la aplicación 1203.411A.470.00 de los presupuestos de 2026
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 896300.
Los 29 municipios, que es el primer filtro
La ayuda solo existe si la farmacia está en una de las zonas farmacéuticas especiales declaradas por el Consello de la Xunta el 20 de octubre de 2025:
A Gudiña, A Mezquita, A Peroxa, A Teixeira, As Nogais, A Veiga, Baleira, Baltar, Calvos de Randín, Carballeda de Valdeorras, Castrelo do Val, Cervantes, Chandrexa de Queixa, Folgoso do Courel, Larouco, Laza, Manzaneda, Montederramo, Muras, Navia de Suarna, Negueira de Muñiz, O Bolo, Ourol, Parada de Sil, Pedrafita do Cebreiro, Ribeira de Piquín, Samos, San Xoán de Río y Vilariño de Conso.
Son las montañas de Lugo y Ourense, más un par de concellos de la costa lucense. El titular tiene que estar empadronado en Galicia, pero no necesariamente en ese municipio.
Esta lista es el filtro de cartera: o la farmacia está o no está, y se comprueba en un minuto.
Cuánto se cobra y por qué concepto
Además de estar en una zona especial, la farmacia debe cumplir al menos uno de estos cinco criterios. Cada uno lleva su importe fijo:
| Criterio | Importe anual |
|---|---|
| a) Farmacia a la que se le aplica el índice corrector del Real decreto 823/2008 | 18.000 € |
| b) Facturación de recetas del SNS en 2025 inferior a 235.000 €, sin estar en el caso a) | 12.000 € |
| c) Guardias 24h los 365 días en 2025, con facturación inferior a 500.000 € | 8.400 € |
| d) Guardias diurnas los 365 días en 2025, con facturación inferior a 500.000 € | 7.200 € |
| e) Guardias diurnas de lunes a sábado en 2025, con facturación inferior a 400.000 € | 6.000 € |
Si se cumple más de uno se acumulan, pero el techo conjunto es de 18.000 €/año. En la práctica, quien tenga el índice corrector ya está en el máximo y no gana nada declarando más criterios; quien esté en el criterio b) con 12.000 € sí puede llegar al tope sumando guardias.
Qué gastos cubre el tanto alzado
Es una lista inusualmente generosa, y la clave está en que no hay que ejecutar ninguna inversión: son gastos que la farmacia tiene igualmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
- Alquiler o gastos asimilados vinculados a la disponibilidad del local, limpieza, electricidad, agua, calefacción, seguridad y telecomunicaciones.
- Software de prestación farmacéutica: adquisición y mantenimiento.
- Gastos financieros y de asesoría jurídica o financiera.
- IBI del local, cuotas de colegiación y pólizas de los seguros de la actividad.
- Servicios de las cooperativas de distribución farmacéutica.
- Farmacéuticos adjuntos o suplentes contratados para vacaciones o guardias.
- Las cuotas de autónomo de la persona titular.
Ese último punto y el de asesoría son los que hacen que casi cualquier botica pueda justificar 18.000 € sin esfuerzo: entre alquiler, luz, colegiación, seguros y cuota de autónomo, el año se llena solo.
La finalidad declarada de la orden es que el titular pueda ejercer su derecho a la conciliación contratando adjuntos, pero la justificación admite cualquiera de los conceptos anteriores.
Se cobra entero y por adelantado
Con objeto de facilitar la asunción de los gastos de funcionamiento de las oficinas de farmacia, se realizará un pago único del 100 % de la cuantía de la subvención en concepto de anticipo, previa autorización del Consello de la Xunta, que será efectivo tras ser dictada la resolución de concesión.
Y sin aval:
No será necesario aportar una garantía dado que los pagos no superan la cuantía de 18.000,00 €.
Es lo mejor de esta convocatoria y una combinación que casi no se repite en el catálogo: concurrencia no competitiva, importe fijo, 100 % anticipado y sin garantía. La farmacia cobra primero y justifica después.
La justificación se presenta antes del 15 de diciembre de 2026, con las nóminas y cuotas de los adjuntos —si los hubo— y las facturas y justificantes de pago del resto de gastos de funcionamiento.
Plazos, tramitación y el detalle del crédito
- Publicación: DOG núm. 69, de 15 de abril de 2026.
- Apertura: a las 9.00 horas del quinto día hábil posterior a la publicación. La BDNS lo fija en el 22 de abril de 2026.
- Cierre: a las 20.00 horas del día en que se cumpla un mes, el 22 de mayo de 2026 según la BDNS.
- Resolución: tres meses desde la entrada de la solicitud, con silencio desestimatorio.
- Justificación: antes del 15 de diciembre de 2026.
Presentación obligatoriamente electrónica en sede.xunta.gal, admite Chave365. La documentación complementaria es mínima: solo hay que acreditar la representación, en su caso. Todo lo demás —índice corrector, facturación de recetas, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social— lo comprueba la Administración de oficio, salvo oposición expresa.
Instruye la Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria por procedimiento abreviado: comprobados los requisitos, propuesta de resolución directa. Si falta algo, hay diez días hábiles para subsanar.
El detalle que conviene mirar
El crédito es de 99.600 € y el importe máximo por farmacia es de 18.000 €. La aritmética es tozuda: si todas las beneficiarias fueran del tramo alto, solo entrarían cinco. Hay 29 zonas declaradas especiales.
La orden no fija prorrateo, ni lista de reserva, ni una cláusula de agotamiento del crédito; lo que sí dice es que la instrucción se inicia siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y que el crédito puede ampliarse por remanentes o transferencias. Con esas dos piezas, lo prudente es presentar el primer día y no confiar en la ampliación.
Cuándo vuelve a convocarse
Las zonas farmacéuticas especiales nacen del acuerdo del Consello de octubre de 2025 y de la Ley 3/2019 de ordenación farmacéutica de Galicia; la finalidad declarada es la viabilidad de las boticas rurales, que es un problema estructural. Lo previsible es que la línea se repita cada año hacia marzo o abril, y conviene revisar si la lista de 29 municipios cambia: se fija por acuerdo del Consello, no por la orden.
Cómo se combina
Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que entre todas no se superen los gastos de la actividad. Como el tanto alzado se justifica con gastos corrientes, hay poco solapamiento con las líneas de inversión; sí conviene declarar cualquier otra ayuda al presentar, y comunicar las que lleguen después por el anexo II.
Para qué cliente
Titular de farmacia en la montaña de Lugo u Ourense. Para ese perfil es de las ayudas más rentables que existen: hasta 18.000 € por presentar un formulario, sin proyecto, sin inversión, sin baremo y cobrando por adelantado.
El trabajo de la asesoría es de cartera, no de expediente: cruzar la lista de 29 municipios con los clientes y avisar en marzo. La ayuda se pierde por no enterarse, no por no cumplir.
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Texto oficial
Orden de 31 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas a oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Galicia que se localicen en zonas farmacéuticas especiales, para el año 2026 (SA481B), DOG de 15 de abril de 2026Extracto de la orden en el DOGUn caso parecido
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