Euskadi paga el 75 % de tu memoria de sostenibilidad o de tu plan de participación de la plantilla
El Gobierno Vasco cubre el 75 % del coste de cinco cosas concretas: la memoria de sostenibilidad o de contabilidad social, el plan de participación de los trabajadores, las herramientas de participación en la gestión, el pacto de relevo societario y la difusión de la RSE. Los topes van de 2.000 a 12.000 € según la actuación. El plazo es de un mes: hasta el 13 de noviembre de 2026. La trampa está al final del calendario: la actuación tiene que estar terminada antes del 15 de diciembre de 2026.
Ficha revisada el 15 de octubre de 2026 · BDNS 935313
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Entidades que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y el perfil cambia según lo que pidas. Para la memoria de sostenibilidad, las herramientas de participación en la gestión y el pacto de relevo societario: sociedades cooperativas y sociedades laborales del artículo 5.1 de la Ley 5/2011 de Economía Social. Para el plan de participación de las personas trabajadoras: pequeñas y medianas empresas con centros de trabajo en Euskadi, sean o no de economía social. Para la difusión e investigación de la cultura de la RSE: universidades, asociaciones empresariales y entidades especializadas en RSE o gestión avanzada. Hay que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no estar sancionado con la pérdida de ayudas públicas ni por discriminación por razón de sexo, y tener plan de igualdad vigente si la normativa estatal te obliga a ello
- Cuánto se cobra
- El 75 % del coste de la actividad según el presupuesto aprobado y validado por la Dirección de Economía Social, con estos topes por entidad: 3.000 € para la memoria de sostenibilidad o de contabilidad social; 12.000 € para la difusión e investigación de la RSE; 10.000 € para las herramientas de participación en la gestión y para el plan de participación; y 2.000 € para el pacto o contrato de relevo societario, que suben a 4.000 € si la empresa tiene más de quince personas trabajadoras. Entran gastos internos —personal propio, por la parte proporcional al tiempo dedicado— y externos —consultoría—, con los costes indirectos limitados al 5 % de la actividad
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva no concursal, y eso quiere decir que no hay baremo: todas las solicitudes presentadas en tiempo y forma que acrediten los requisitos acceden a la ayuda. Si el dinero no llega para todas, no se descarta a nadie: se aplica una reducción proporcional a todos los importes calculados hasta que el crédito cubra el conjunto. Gestiona la Dirección de Economía Social y resuelve la viceconsejera de Trabajo y Seguridad Social en una única resolución, en un máximo de seis meses desde que la Orden surte efectos
- Presupuesto
- La Orden destina 178.795 € en total, repartidos en dos partidas: 128.795 € a «Responsabilidad Social y Participadas (minimis)» y 50.000 € a «Responsabilidad Social y Participación (no minimis)». La BDNS publica 128.795 €, que es solo la primera. No es un error de la BDNS ni nuestro: este registro cubre la partida de minimis, y la otra mitad del dinero existe aunque no aparezca aquí
- Organismo
- PAÍS VASCO. Código BDNS 935313.
Las cinco actuaciones, y quién puede pedir cada una
| Actuación | Quién puede pedirla | Tope |
|---|---|---|
| a) Memoria de sostenibilidad o de contabilidad social aplicada | Cooperativas y sociedades laborales | 3.000 € |
| b) Difusión e investigación de la cultura de la RSE y de la contabilidad social | Universidades, asociaciones empresariales y entidades especializadas | 12.000 € |
| c) Métodos y herramientas de participación de los trabajadores en la gestión y en los órganos | Cooperativas y sociedades laborales | 10.000 € |
| d) Pacto o contrato de sociedad que regule el relevo societario | Cooperativas y sociedades laborales | 2.000 €, o 4.000 € con más de 15 trabajadores |
| e) Plan de participación de las personas trabajadoras | Cualquier pyme con centros de trabajo en Euskadi | 10.000 € |
La línea e) es la que abre la convocatoria más allá de la economía social: si tienes una pyme vasca que no es cooperativa ni sociedad laboral, es tu puerta de entrada.
Las memorias de sostenibilidad tienen que seguir la metodología GRI, SG21, ISO 2300 o similares. El plan de participación puede hacerse con el apoyo de una consultora, y la consultora también tiene requisitos: al menos una persona titulada superior en un centro de trabajo de Euskadi con experiencia acreditada en participación de los trabajadores, y el consultor responsable del trabajo debe acreditar tres años de permanencia en la consultora.
Lo que tiene que llevar el plan de participación
La Orden define el contenido obligatorio, así que sirve de guion:
- Características de la empresa o centro de trabajo: actividad, tamaño, estructura de capital, perfil de las personas empleadas, vínculos familiares entre el empresario o quienes tienen parte en el capital, con atención a su situación y viabilidad económica.
- Antecedentes de participación: cómo está hoy el clima participativo y qué experiencias previas hubo.
- Propuesta de participación: actividades y mecanismos a implantar, con el itinerario que empieza por la participación en la gestión, sigue por la participación en las decisiones y en los resultados y acaba posibilitando la participación económica en la empresa.
Se elabora «de forma participativa» con los órganos de gobierno, gestión y administración de la empresa, no como un informe de encargo.
El calendario aprieta por el otro lado
El plazo para solicitar es de un mes desde el día siguiente a la publicación en el BOPV: del 14 de octubre al 13 de noviembre de 2026. Pero el que de verdad condiciona es este otro:
Las acciones deben iniciarse durante 2026 y terminar antes del 15 de diciembre de 2026. Y el plazo para presentar la justificación es de 3 meses desde que terminan las acciones y, en todo caso, antes del 15 de diciembre de 2026 también. Es decir: si pides el 13 de noviembre, tienes un mes para contratar la consultora, hacer el trabajo y justificarlo.
Quien no tenga ya el trabajo en marcha o muy avanzado, llega tarde. Esto no es una interpretación: la base 2.2 y la base 13.3 de la Orden dicen esas dos fechas.
El pago es fraccionado: hasta el 60 % con cargo al ejercicio 2026, una vez pasados los quince días de la notificación sin que renuncies —el silencio es aceptación—, y hasta el 40 % restante cuando la Dirección de Economía Social certifique que todos los gastos están justificados.
Una sola vez por actuación, y para siempre
Hay un límite que no es anual, es definitivo:
- No pueden ser beneficiarias las entidades que ya hubieran recibido antes subvención para la misma actuación de las descritas en la Orden. No dice «el año anterior»: dice antes.
- En las certificaciones derivadas de memorias de sostenibilidad y de contabilidad social, solo es subvencionable la primera certificación. Las renovaciones posteriores no lo son «en ningún caso».
- El plan de participación es subvencionable en un único ejercicio.
Si tu cooperativa ya cobró la memoria de sostenibilidad en una convocatoria anterior, esta no te sirve para la siguiente memoria. Lo que sí puede servirte es otra de las cinco líneas.
Las ayudas son compatibles con otras que tengan el mismo objeto, siempre que la suma no pase del coste total de la actividad ni de los topes de la base 6. Esto es distinto de lo habitual y merece la pena aprovecharlo.
El trámite
Solo electrónico, con el modelo de solicitud de la sede: euskadi.eus/servicios/1011810. En euskera o castellano, a tu elección, y el idioma elegido se mantiene en todo el procedimiento. Los trámites posteriores y las notificaciones van por «Mi carpeta» de la sede.
Con la solicitud va una memoria detallada de los motivos y finalidades de las actuaciones previstas, que tiene que contener obligatoriamente los medios humanos y materiales, el presupuesto desglosado por partidas con los ingresos previstos o un plan de financiación, y el calendario descriptivo del desarrollo.
Si falta algo, te requieren para subsanar en diez días; si no lo haces, se te tiene por desistido. Intentar presentarlo en papel no sirve: se te indicará la obligación de hacerlo electrónicamente y la fecha que cuenta es la de la presentación telemática.
Para que te paguen hay que estar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico (euskadi.net/altaterceros). Es el trámite que más veces retrasa un cobro ya concedido.
Lo que no está claro
- Dónde está la otra mitad del dinero. La Orden reparte 178.795 € entre una partida de minimis (128.795 €) y otra que no lo es (50.000 €). Este registro de la BDNS, el 935313, solo lleva la de minimis. No hemos encontrado el registro hermano de los 50.000 €, así que no sabemos si se registrará aparte o si la Orden se ejecutará entera contra este. Para el solicitante no cambia el trámite, pero sí el dinero disponible.
- Qué actuaciones van a cada partida. La Orden nombra las dos partidas por su denominación presupuestaria —«Responsabilidad Social y Participadas» y «Responsabilidad Social y Participación»— y no dice cuál de las cinco actuaciones se imputa a cuál. Si lo que pides acaba en la partida de minimis, consume tu límite de 300.000 € en tres años; si acaba en la otra, no.
- Si un mes basta. Con el cierre el 13 de noviembre y la obligación de haber terminado y justificado antes del 15 de diciembre, la convocatoria solo es realista para quien ya tiene el trabajo encargado. No hay en el texto ninguna previsión de prórroga.
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Texto oficial
Orden de 30 de septiembre de 2026, del vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se aprueban las bases y se convocan para 2026 las ayudas para la implantación de la responsabilidad social empresarial y el fomento de la participación de las personas trabajadoras, publicada en el BOPV nº 195 de 13 de octubre de 2026, disposición 2026/4226 (PDF de 14 páginas servido por la BDNS). De aquí salen las cinco actuaciones y sus topes, el 75 % de intensidad, los 178.795 € y su reparto en dos partidas, la concurrencia competitiva no concursal con reducción proporcional, el plazo de un mes, el fin de las acciones antes del 15 de diciembre de 2026 y el pago fraccionado 60/40Versión en euskera de la misma Orden de convocatoriaAnuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del País VascoFicha del servicio en la sede electrónica de Euskadi, con el modelo de solicitud y las especificaciones de la tramitación electrónicaFicha de la convocatoria 935313 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el plazo del 14 de octubre al 13 de noviembre de 2026 y el presupuesto de 128.795 € —solo la partida de minimis—Un caso parecido
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