Implantación de la Responsabilidad Social en pymes y economía social de Mallorca
80.000 € para que una pyme de menos de 250 trabajadores con domicilio fiscal en Mallorca implante la Responsabilidad Social en su gestión. Es una convocatoria pequeña y muy definida: puntúa mejor la empresa cuanto más pequeña es y cuanto menos poblado el municipio donde está.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pequeñas y medianas empresas y entidades de economía social de Mallorca con plantilla inferior a 250 trabajadores y domicilio fiscal en la isla
- Cuánto se cobra
- Importe asignado según puntuación, dentro de las dos líneas de crédito de la convocatoria
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: se comparan todas las solicitudes en un único procedimiento y se conceden según la puntuación obtenida
- Presupuesto
- 80.000 €: 50.000 € para empresas y entidades con ánimo de lucro y 30.000 € para entidades sin ánimo de lucro, traspasables entre sí
- Organismo
- CONSEJO INSULAR DE MALLORCA. Código BDNS 894083.
Qué persigue
La convocatoria nace del artículo 39 de la Ley 2/2011 de Economía Sostenible, que obliga a las administraciones públicas a mantener una política de promoción de la responsabilidad social, especialmente en las pequeñas y medianas empresas.
Sus finalidades declaradas son:
- Divulgar los valores y la cultura de la Responsabilidad Social y fomentar su implantación entre las pymes y las entidades de economía social de Mallorca.
- Promover la Responsabilidad Social como sinónimo de competitividad, sostenibilidad y cohesión social, evidenciando sus beneficios económicos, sociales y medioambientales.
- Reforzar su utilización como herramienta de gestión.
Para una consultoría, esta convocatoria financia justo el tipo de encargo que suele quedar fuera de las ayudas a la inversión: diagnóstico, plan de RSC, memoria de sostenibilidad, políticas internas. Es un importe modesto, pero es de las pocas puertas que tiene una pyme mallorquina para pagar ese trabajo.
Quién puede pedirla
- Pequeñas y medianas empresas.
- Entidades de economía social del artículo 5.1 de la Ley 5/2011: cooperativas, mutualidades, fundaciones y asociaciones con actividad económica, empresas de inserción, centros especiales de empleo, cofradías de pescadores, sociedades agrarias de transformación y entidades singulares regidas por los principios del artículo 4.
Solo pueden participar las pymes y entidades con una plantilla inferior a 250 trabajadores, dados de alta en el momento de la solicitud.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas.
- Declarar si la entidad tiene o no ánimo de lucro —solo las entidades de economía social—, porque de ello depende la línea de crédito.
- Tener domicilio fiscal en Mallorca.
- Estar inscritas, en su caso, en el registro oficial que corresponda —de asociaciones, de cooperativas— antes de la fecha de solicitud.
- Tener capacidad jurídica y de obrar.
- Estar al corriente con el Consell de Mallorca y sus organismos dependientes, y con Hacienda y la Seguridad Social.
- No incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario.
Cómo se puntúa y cómo se reparte
Los tres criterios
| Criterio | Qué mide |
|---|---|
| Marcos de actuación y resultados esperados del proyecto | La adecuación a las finalidades de la convocatoria y su capacidad para estimular la adopción de buenas prácticas |
| Número de trabajadores de la empresa | Reconoce la capacidad de desarrollar proyectos de las entidades de menor dimensión |
| Ubicación de la empresa o entidad | El número de habitantes del municipio donde está radicada |
Los dos últimos criterios no dependen del proyecto sino de la empresa, y ambos favorecen a la pequeña y a la de la part forana. Una microempresa de un municipio de interior parte con ventaja estructural frente a una mediana de Palma. Conviene decírselo al cliente antes de que descarte la convocatoria por pequeña.
Presupuesto
| Aplicación | Línea | Importe |
|---|---|---|
| 65.93101.47900 | Empresas y entidades con ánimo de lucro | 50.000 € |
| 65.93101.48900 | Entidades sin ánimo de lucro | 30.000 € |
| Total | 80.000 € | |
Si en la fase de adjudicación sobra crédito en una de las dos líneas, se traspasa a la otra. Y si tras asignar los importes queda remanente, se aplica de nuevo el procedimiento sobre la cantidad sobrante hasta llegar a la cuantía solicitada o al máximo previsto.
Obligaciones y seguimiento
- Ejecutar el proyecto y justificar su realización.
- Someterse en cualquier momento a las actuaciones de seguimiento y evaluación técnica del personal de la Oficina de Responsabilidad Social del Consell de Mallorca, además del control financiero de la Intervención General y de la Sindicatura de Cuentas.
- Comunicar la solicitud u obtención de otras subvenciones para la misma finalidad, de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional.
- Dar difusión de la subvención concedida.
La convocatoria contempla además anticipos en el pago y regula expresamente el seguimiento de la ejecución del proyecto, lo que en la práctica supone una interlocución técnica con la Oficina de Responsabilidad Social durante toda la vida de la ayuda.
Las solicitudes se presentan con los modelos normalizados de los anexos, disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca. Son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad sin superar el coste del gasto realizado.
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