Relevo generacional en empresas de ámbito familiar
El 80 % del protocolo familiar y del plan de relevo, hasta 16.000 €, y se cobra íntegramente por adelantado sin avales. A cambio exige un perfil muy concreto: sociedad de al menos 15 años, 7 trabajadores y un socio mayor de 50 que ya haya hecho un curso de 40 horas antes de pedirla.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Sociedades anónimas o limitadas con centro productivo en Extremadura, al menos 15 años de actividad, plantilla de 7 o más personas por cuenta ajena y al menos un socio o administrador mayor de 50 años
- Cuánto se cobra
- 80 % de los gastos subvencionables: hasta 16.000 € si el protocolo es nuevo y hasta 12.000 € si es una revisión de uno existente
- Procedimiento
- Concesión directa mediante convocatoria abierta: se conceden según se van solicitando, dentro de la disponibilidad presupuestaria
- Presupuesto
- 500.000 € con fondos propios de la comunidad, aplicación presupuestaria 14004.323A.47000, proyecto de gasto 20250026 «Programa de Ayudas al Relevo Empresarial». Coincide con la cifra registrada en la BDNS
- Organismo
- EXTREMADURA. Código BDNS 922981.
Aviso sobre la referencia del decreto
El título del registro en la BDNS cita el «Decreto 140/2026, de 21 de julio». Es un error de transcripción: la norma es el Decreto 148/2026, de 21 de julio, tal como aparece en el propio texto y en el DOE n.º 151, de 6 de agosto de 2026. Al citar la ayuda en un expediente conviene usar el número correcto.
Objeto
Financia dos cosas que van juntas y que no se pueden separar:
- La elaboración de un protocolo familiar, entendido como acuerdo marco jurídico entre los socios y sus familiares para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa. Vale tanto un primer protocolo como la revisión y actualización de uno existente, siempre que ese no haya sido ya subvencionado por la Junta.
- Un programa de asesoramiento individualizado por consultora externa para diseñar, planificar e implantar el plan de relevo.
El segundo elemento es obligatorio: sin el programa de acompañamiento, el proyecto no es subvencionable aunque el protocolo esté impecable.
Qué tiene que contener el protocolo
El contenido es flexible, pero hay un mínimo exigible:
- Antecedentes: la persona fundadora, el origen de la empresa, las ramas del grupo familiar, la filosofía y los valores, el ámbito de actividad y el arraigo territorial.
- Pactos sociales o estatutarios vigentes.
- Pactos parasociales o extraestatutarios, actuales o previstos.
- Órganos de gobierno: criterios de organización, composición y funcionamiento del Consejo de Familia y del Consejo de Administración, y de los comités con implicación en el relevo (seguimiento del protocolo, formación y selección, remuneraciones).
El protocolo debe elevarse al menos a escritura pública ante notario. Su inscripción en el Registro Mercantil queda a discreción de la empresa.
Qué tiene que contener el plan de relevo
- Definición de roles, responsables y responsabilidades en el proceso.
- Definición de las habilidades requeridas al equipo de dirección, alineadas con la estrategia.
- Implementación: planificación, periodo de puesta en marcha, acciones a corto y medio plazo y aspectos fiscales y jurídicos.
Quién puede solicitarla
Es la ayuda extremeña con el filtro de entrada más estrecho del catálogo de empresas. Hay que cumplir las cinco condiciones:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Forma jurídica | Sociedad Anónima o Sociedad Limitada. Quedan fuera autónomos, comunidades de bienes, cooperativas y sociedades laborales |
| Edad | Al menos un socio o administrador con más de 50 años a la fecha de la solicitud |
| Plantilla | Al menos 7 personas por cuenta ajena en Extremadura en los doce meses anteriores |
| Antigüedad | Al menos 15 años de actividad a la fecha de publicación de la convocatoria |
| Formación previa | Un socio o administrador que ya haya terminado un curso de al menos 40 horas sobre gobernanza de la empresa familiar y planificación del relevo |
El requisito de formación es el que descarta más expedientes
Merece atención especial porque no se puede resolver sobre la marcha: la formación debe estar finalizada con éxito antes de presentar la solicitud, e impartida por una escuela de negocios o por una entidad entre cuyos fines esté el apoyo y la dinamización de las empresas familiares. Con dos meses de plazo, una empresa que no tenga ya ese curso hecho difícilmente llega.
Grupos empresariales
Si la solicitante forma un grupo con otras empresas vinculadas, el protocolo puede extenderse a todas ellas. Pero la empresa que solicita debe cumplir por sí misma los cinco requisitos: no se suman plantillas ni antigüedades del grupo.
Una sola vez
Una misma empresa, o una vinculada, solo puede ser beneficiaria una vez a lo largo de todas las convocatorias. Y quedan excluidas las que ya cobraron anteriores programas de la Junta dirigidos a protocolos familiares.
Sectores excluidos
- Producción primaria de productos agrícolas, ganaderos, de pesca y acuicultura.
- Juegos de azar y apuestas.
- Actividades financieras.
- Empresas públicas, participadas mayoritariamente por ellas y entidades de derecho público.
Cuantía
Se subvenciona el 80 % de los gastos, con estos topes de gasto subvencionable sin IVA:
| Concepto | Gasto máximo | Ayuda |
|---|---|---|
| Servicios profesionales para un protocolo nuevo, incluidos gastos notariales y registrales | 10.000 € | 8.000 € |
| Servicios profesionales para la revisión o actualización de un protocolo existente | 5.000 € | 4.000 € |
| Consultoría externa para el programa de acompañamiento, de al menos 12 meses de duración | 10.000 € | 8.000 € |
Combinando conceptos, el techo real es de 16.000 € para un protocolo nuevo con acompañamiento y de 12.000 € si se parte de un protocolo ya existente.
Es de agradecer que los gastos de notaría y registro entren en el concepto subvencionable: elevar el protocolo a escritura pública es obligatorio, así que el coste obligado está cubierto.
Cobro anticipado y plazos
Se cobra todo por adelantado
Es la característica que distingue a esta ayuda de casi todas las demás del catálogo extremeño: el importe total se abona de manera totalmente anticipada una vez notificada la resolución de concesión, y la empresa queda exenta de presentar garantías.
Se cobra primero y se ejecuta después. Para una empresa familiar que se plantea un proceso de sucesión, eso elimina la barrera de tesorería.
Cuándo se puede empezar a gastar
Aquí está el riesgo más caro de esta convocatoria, y conviene decirlo antes de que el cliente llame al despacho o a la consultora:
Solo son subvencionables los gastos realizados desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud y hasta el fin del plazo de ejecución. Y la consecuencia del incumplimiento no es un recorte proporcional:
Si los gastos se hubiesen iniciado, facturado o pagado con anterioridad a la presentación de la solicitud, se procede a revocar toda la ayuda concedida.
Basta una factura de anticipo firmada antes de registrar la solicitud para perderlo todo. Primero se presenta, después se contrata.
Ejecución
Los proyectos, prórrogas incluidas, deben terminarse en un plazo no superior a 24 meses desde el día siguiente a la notificación de la concesión. Las prórrogas hay que pedirlas antes de que venza el plazo de la resolución, justificando las circunstancias.
Las facturas deben abonarse dentro de los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad o de la normativa sectorial aplicable.
Solicitud
Dos meses desde el día siguiente a la publicación en el DOE del 6 de agosto de 2026: hasta el 6 de octubre de 2026. Se tramita en la sede electrónica, ficha del trámite https://www.juntaex.es/w/0606822.
Cómo se concede e incompatibilidades
Concesión directa mediante convocatoria abierta por los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011. El decreto lo justifica en eficacia y eficiencia: cualquier empresa que presente una solicitud completa y reúna las condiciones puede tener la ayuda sin esperar a que termine un proceso de evaluación comparativa con el resto de solicitudes.
Se concede conforme se solicita, dentro del crédito. Con 500.000 € y un techo de 16.000 €, el crédito da para unas treinta empresas si todas agotan el máximo, así que presentar pronto importa.
Incompatibilidad
Incompatibles con otras subvenciones a fondo perdido concedidas para la misma actuación proyectada por administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la UE o internacionales. La redacción es más estrecha que la de otras líneas extremeñas: se refiere a la misma actuación, no a cualquier ayuda de finalidad parecida.
38 días
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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