RELEVACYL Autoempleo · Ayuda por quedarte con el negocio de quien se jubila
De 10.000 a 20.000 € por coger el relevo de un negocio con cinco años de vida cuyo titular se jubila, queda incapacitado o fallece. La Junta suma 4.000 € si eres mujer, hasta 4.000 € más si el pueblo es pequeño y 2.000 € si tienes menos de 35. El traspaso tiene que estar firmado entre el 15 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y la solicitud cierra el 15 de octubre.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 877777
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas trabajadoras autónomas, de alta en el RETA como persona física, con domicilio fiscal y empadronamiento en Castilla y León, que sucedan al titular de un negocio de al menos cinco años de antigüedad por su jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento
- Cuánto se cobra
- 10.000 € de base, más 4.000 € si la beneficiaria es mujer, 4.000 € en municipios de hasta 1.000 habitantes o 2.000 € en los de 1.001 a 5.000, y 2.000 € para menores de 35 años; máximo 20.000 €
- Procedimiento
- Concesión directa por orden de entrada del expediente completo, mientras quede crédito
- Presupuesto
- 2.400.000 € en la aplicación 0805 G/241C01/77018 de los presupuestos de 2026, ampliables hasta en otro 100 % sin abrir nuevo plazo
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 877777.
Qué es
La Junta de Castilla y León paga a quien se queda con un negocio que iba a cerrar porque su dueño se jubila o ya no puede seguir. La idea es que la peluquería, el bar o el taller del pueblo no bajen la persiana por falta de alguien que los coja.
Es la convocatoria de 2026 del programa RELEVACYL Autoempleo. Se concede por orden de llegada, sin puntos, y se paga de una vez con la propia solicitud como justificación.
Qué relevo entra
El negocio que traspasas tiene que cumplir todo esto:
- Que el titular lo deje por jubilación, o por incapacidad permanente total, absoluta, gran invalidez o fallecimiento. Un traspaso porque el dueño se cansa no vale.
- Que tenga al menos cinco años de antigüedad cuando se transmite.
- Que esté en Castilla y León, con domicilio fiscal allí.
- Que funcione en un local comercial u oficina donde se haga una parte sustancial de la actividad, o bien en un vehículo vinculado a la actividad (una furgoneta de venta ambulante, un taxi). Los negocios solo online no entran.
Las fechas que mandan
- El acuerdo de transmisión tiene que estar firmado entre el 15 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
- Tú tienes que empezar la actividad como máximo cuatro meses después de que el antiguo titular se dé de baja en Hacienda y en la Seguridad Social.
Si el traspaso se firma el 1 de octubre, ya no entra en esta convocatoria. Y el contrato tiene que decir expresamente que su objeto es el relevo y detallar los elementos que se venden o traspasan: es el documento que más se revisa.
Cuánto se cobra
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Cuantía base | 10.000 € |
| Si la beneficiaria es mujer | + 4.000 € |
| Negocio en municipio de hasta 1.000 habitantes | + 4.000 € |
| Negocio en municipio de 1.001 a 5.000 habitantes | + 2.000 € |
| Beneficiario menor de 35 años | + 2.000 € |
| Máximo | 20.000 € |
El municipio que cuenta es el de tu domicilio fiscal como nuevo titular, con la población del INE a 1 de enero de 2025.
Una mujer de 30 años que coge el relevo en un pueblo de 800 habitantes llega exactamente al tope: 10.000 + 4.000 + 4.000 + 2.000. Ojo con el complemento rural: el extracto del BOCYL habla del municipio donde está «ubicado el negocio», pero la orden de convocatoria dice que cuenta el domicilio fiscal del nuevo titular. Manda la orden. Si tienes el domicilio fiscal en la capital y el negocio en el pueblo, lo más prudente es contar con que pierdes el complemento.
Requisitos tuyos
- Cotizar como persona física en el RETA. Si coges el negocio a través de una sociedad, no encaja.
- Alta en el IAE, domicilio fiscal y empadronamiento en Castilla y León.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Solo se puede ser beneficiario en una convocatoria: si ya cobraste RELEVACYL en 2025, no repites.
Documentos que hay que llevar
- Del antiguo titular: su baja en el censo de empresarios y la resolución de jubilación o incapacidad del INSS, o el certificado de defunción.
- El contrato de traspaso o venta.
- Una memoria en el propio formulario: qué negocio es, antigüedad, qué se traspasa, viabilidad y planes.
Lo que te comprometes a mantener
Durante cinco años desde que te notifican la concesión tienes que mantener la actividad, el alta en el RETA y el empadronamiento en Castilla y León. La Junta lo comprueba cada año por su cuenta con tu vida laboral, el padrón y el censo de Hacienda.
Si lo dejas antes de cumplir dos años, devuelves todo. A partir del segundo año, devuelves la parte proporcional al tiempo que falte hasta los cinco.
Hay que poner un cartel con el logotipo de la Junta en el local y mandar la prueba en los 10 días siguientes a la concesión. Si no lo haces, te lo requieren y además pierdes un 2,7 % de la ayuda por cada mes que haya pasado.
No es compatible con otras ayudas con la misma finalidad, ni con las ayudas PAC a la mejora de estructuras de explotaciones agrarias. Si el relevo es de una explotación agraria, compara antes cuál te conviene más.
Plazo y cómo pedirla
Del 15 de enero al 15 de octubre de 2026, incluido, solo por vía electrónica en la sede de la Junta: tramitacastillayleon.jcyl.es.
Resuelve la consejería en un máximo de seis meses; si no contesta, se entiende desestimada. Se atiende por orden de entrada del expediente completo, así que una subsanación te retrasa en la cola.
La orden permite ampliar el crédito hasta en otros 2,4 millones, pero no lo garantiza: si se agota, las solicitudes que queden detrás se quedan sin ayuda. Cuanto antes entre el expediente completo, mejor.
Cerrada
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
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