Incorporación a regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en Castilla-La Mancha
El 70 % de lo que cuesta entrar y mantenerse en una denominación de origen o una indicación geográfica: inscripción, cuota anual y controles de certificación. Hasta 3.000 € al año durante cinco años seguidos.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Operadores agroalimentarios —titulares de explotación agropecuaria inscrita en REA, REGA o SIEX, y titulares de industria agroalimentaria inscrita en el RIA— que se incorporen por primera vez a una figura de calidad
- Cuánto se cobra
- 70 % de los costes subvencionables, con un máximo de 3.000 € por beneficiario y año durante un periodo máximo de cinco años
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 500.000 €, convocatoria por tramitación anticipada para 2026
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 870008.
Objeto
Financia el coste de entrar y mantenerse en un régimen de calidad —denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas, producción ecológica y demás figuras del Anexo I de la orden— para los operadores agroalimentarios de Castilla-La Mancha.
Actividades subvencionables
- La inscripción en el registro de la figura de calidad a la que se incorpora.
- La participación anual en esa figura de calidad.
- Los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones.
Gastos que entran
- Costes de inscripción del operador agroalimentario en el registro de la figura de calidad.
- Cuota anual de participación en la figura.
- Costes de los controles realizados por una entidad de control autorizada, incluida la analítica obligatoria fijada en los procedimientos de certificación.
Los gastos subvencionables son los que se ejecuten entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año siguiente al de presentación de la solicitud. Es decir, se solicita con un año de antelación sobre el ejercicio cuyo coste se cubre: quien pide en 2026 está financiando la cuota y los controles de 2027.
Quién puede solicitarla
Operadores agroalimentarios que cumplan estos requisitos:
- Incorporarse por primera vez a un régimen de calidad de las figuras del Anexo I.
- Contratar con entidades de control autorizadas la certificación o control de las condiciones del pliego de la figura de calidad.
- Si es titular de explotación agropecuaria en Castilla-La Mancha, estar dado de alta en el REA (Registro de Explotaciones Agrarias), el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas) o el SIEX.
- Si es titular de industria agroalimentaria, estar dado de alta en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha (RIA).
- Estar al corriente de reintegros, obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no incurrir en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Disponer de plan de prevención de riesgos laborales cuando sea obligatorio.
La condición de «primera incorporación» es la que acota la ayuda: no financia a quien lleva años en la denominación de origen, sino a quien da el paso de entrar. Los cinco años de cobertura empiezan a contar desde esa incorporación.
Obligaciones
- Darse de alta en los registros de los regímenes de calidad.
- Cumplir los reglamentos y normas técnicas del régimen de calidad.
- Estar al corriente de las tasas de control y certificación en vigor.
- Conservar todos los documentos contables justificativos del gasto y facilitarlos a las autoridades cuando lo requieran.
- Proporcionar la información para el seguimiento y evaluación del PEPAC y para la elaboración de indicadores y estudios estadísticos.
Cuantía y financiación
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Intensidad | 70 % de los costes subvencionables efectivamente incurridos y abonados |
| Máximo por beneficiario y año | 3.000 € |
| Duración máxima | 5 años |
La ayuda es un reembolso de costes: hay que haber pagado antes y justificar después. El recorrido completo de la ayuda puede alcanzar los 15.000 € a lo largo del quinquenio.
De dónde sale el dinero
Se encuadra en la intervención 7131 del PEPAC y se cofinancia así:
| Fuente | Porcentaje |
|---|---|
| FEADER | 73 % de la ayuda concedida |
| Del 27 % restante: Administración General del Estado | 30 % |
| Del 27 % restante: Castilla-La Mancha | 70 % |
Si la beneficiaria es una empresa, no son subvencionables los gastos en los que haya incurrido incumpliendo los plazos de pago de la normativa sectorial o, en su defecto, de la Ley 3/2004 de morosidad.
Cómo se valora y cómo se presenta
Concesión en concurrencia competitiva: se estudian todas las solicitudes, se determina su admisibilidad y se puntúan.
El criterio de género, con letra pequeña
Puntúa que la beneficiaria sea mujer o que, en personas jurídicas, más del 50 % de la junta rectora u órgano directivo sean mujeres. En cooperativas hay dos vías alternativas:
- Tener un Plan de Igualdad vigente, con antigüedad mínima de dos años a fecha de solicitud y número de registro en el REGCON (Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad).
- O que el porcentaje de representación de las mujeres en los órganos de decisión sea igual o mayor que el que representan en la base social.
Los dos años de antigüedad del Plan de Igualdad y su inscripción en el REGCON son requisitos que no se pueden improvisar al presentar la solicitud. Una cooperativa que quiera puntuar por esta vía tiene que haber registrado el plan dos años antes; si no, la única opción es la de la representación proporcional en los órganos de decisión.
Tramitación electrónica obligatoria
- Tanto personas físicas como jurídicas están obligadas a relacionarse por medios electrónicos para cualquier trámite. No hay opción de papel.
- Solicitudes y documentación, de forma telemática con firma electrónica, por el formulario de la sede electrónica de la Junta (jccm.es).
- Todos los requerimientos, notificaciones y comunicaciones se hacen solo por medios electrónicos, por lo que hay que darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas (notifica.jccm.es).
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Texto oficial
Orden 154/2024, de 13 de septiembre, bases reguladoras de las subvenciones a la cooperación para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, intervención 7131 del PEPAC 2023-2027, con el Anexo I de figuras de calidad (DOCM de 24 de septiembre de 2024)Resolución de 18/11/2025, de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan por tramitación anticipada las ayudas para 2026 — ficha de la BDNSUn caso parecido
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