Canales cortos de comercialización y mercados locales
El 100 % del coste de un proyecto de cooperación para vender directo, hasta 200.000 €. Cubre plataformas digitales, registro de marca, alquiler de almacén, ferias y viajes. Hacen falta al menos dos socios y un acuerdo de cooperación firmado.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Grupos de cooperación de nueva creación, o grupos existentes que inicien una nueva actividad, formados por al menos dos agentes de la cadena alimentaria
- Cuánto se cobra
- 100 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 200.000 € por proyecto de cooperación
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: el crédito se reparte por orden de puntuación
- Presupuesto
- 720.000 €, repartidos por anualidades: 180.000 € en 2027, 180.000 € en 2028 y 360.000 € en 2029. Puede incrementarse en hasta 90.000 € más con el crédito sobrante de convocatorias anteriores, sin nuevo plazo
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 919962.
Objeto
Financia proyectos de cooperación horizontal y vertical entre operadores de la cadena alimentaria para crear canales cortos de comercialización y mercados locales de productos agrícolas, y para promocionarlos e informar sobre las ventajas de comprar por esas vías.
El proyecto tiene una duración mínima de un año y máxima de tres, y se planifica en uno o varios de estos periodos de ejecución:
| Periodo | Ventana |
|---|---|
| Primero | De la fecha de la solicitud al 30 de junio de 2027 |
| Segundo | 1 de julio de 2027 – 30 de junio de 2028 |
| Tercero | 1 de julio de 2028 – 30 de junio de 2029 |
Toda la ejecución debe terminar antes del 30 de junio de 2029.
Quién puede solicitarla
Grupos de cooperación de nueva creación que lleven a cabo un proyecto de cooperación, o grupos ya existentes cuando se inicien en una nueva actividad dentro de un proyecto de cooperación. El Reglamento europeo exige la participación de al menos dos agentes.
Como son agrupaciones sin personalidad jurídica, hay que hacer constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución:
- Los compromisos de ejecución que asume cada miembro.
- El importe de subvención que corresponde a cada uno. Todos tienen la consideración de beneficiarios.
- Una única persona representante o apoderada, que actúa además como coordinadora y persona de contacto.
La agrupación no puede disolverse hasta que prescriban las obligaciones.
El documento que hay que tener antes
Con la solicitud hay que presentar el acuerdo de cooperación formalizado y firmado por todos los integrantes, concretando el objeto de la cooperación y los compromisos de cada participante. Sin ese acuerdo cerrado no hay solicitud, y no es un trámite que se resuelva en unos días.
Cuantía y gastos
La ayuda cubre el 100 % de los gastos subvencionables de cada periodo de ejecución, con un máximo de 200.000 € por proyecto. Es reembolso de costes incurridos, salvo dos partidas que van a tipo fijo.
| Concepto | Cómo se calcula |
|---|---|
| Personal del grupo o de sus integrantes: preparación, coordinación, seguimiento, asesoramiento, planificación y ejecución directa | Tipo fijo del 20 % del total de gastos subvencionables del proyecto |
| Gastos indirectos: administración y gestión, informática interna, secretaría, contabilidad, correspondencia, alquiler, comunicaciones, agua, gas, electricidad, mantenimiento | Hasta el 15 % de los gastos de personal, y no requieren justificación alguna |
Gastos directos que entran
- Inversiones materiales e inmateriales, con las excepciones del anexo I de la orden de bases.
- Alquiler de locales para almacenes y oficinas.
- Plataformas digitales y diseño de herramientas digitales.
- Contratación de servicios.
- Registro de marcas.
- Promoción: publicaciones, webs, asistencia a congresos y ferias, organización de jornadas y actividades demostrativas de resultados.
- Viajes, alojamiento y manutención del grupo en eventos fuera de la sede, con los límites del Decreto 36/2006 de indemnizaciones por razón de servicio de la Administración autonómica.
Cuándo tienen que estar pagados
Los gastos deben estar ejecutados, facturados y abonados entre la fecha de la solicitud y la fecha de justificación de cada periodo. Con una excepción: las actuaciones del artículo 7.2.a) de la orden de bases —las de preparación— se admiten desde la fecha de publicación de la orden de bases, siempre que no supongan ejecución del proyecto y se justifiquen en el primer periodo.
Los gastos indirectos son la partida más cómoda del catálogo autonómico: hasta un 15 % de los de personal, sin justificar nada, ni en la solicitud ni después.
Plazos y presentación
- Plazo: dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOCM. Para 2026, hasta el 15 de septiembre.
- Vía: obligatoriamente telemática con firma electrónica, anexo I, en jccm.es. Alta obligatoria en notifica.jccm.es.
- A quién se dirige: a la Delegación Provincial de la Consejería con competencias agroalimentarias donde esté el domicilio de quien represente al grupo.
Documentación
- Documento que acredite la representación.
- Acuerdo de cooperación firmado por todos los integrantes.
- Declaraciones responsables de la agrupación y de cada uno de sus socios, incluidas en el propio modelo de solicitud.
- El proyecto de promoción e información en un documento único con el contenido mínimo del artículo 6.2 de la orden de bases.
Cómo se financia
FEADER el 73 % de la ayuda; del 27 % restante, un 30 % la Administración General del Estado y un 70 % la comunidad autónoma.
El reparto del crédito se hace de forma ordenada por la lista de puntuación, empezando por la solicitud con más puntos, según los criterios del artículo 10 de la orden de bases.
19 días
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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Texto oficial
Resolución de 17 de julio de 2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, convocatoria 2026 (PDF, 12 páginas)Orden 66/2026, de 7 de mayo, bases reguladoras de las ayudas a la cooperación para la creación de canales cortos de comercialización (DOCM núm. 91, de 15 de mayo de 2026)Un caso parecido
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