Reactiva la Huerta — Ayuntamiento de València
El 100 % de los gastos corrientes de una explotación agrícola o ganadera de la huerta de València, hasta 5.000 €. Cubre arrendamiento de tierras, gasóleo agrícola, piensos, seguro agrario, la cuota de autónomos y hasta el carnet profesional.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de una explotación agraria o ganadera con al menos una parcela en producción en el término municipal de València, con plantilla media inferior a 10 personas
- Cuánto se cobra
- 100 % de los gastos corrientes justificados, excluido el IVA, hasta 5.000 €
- Procedimiento
- Por orden de presentación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 400.000 €, aplicación RF1K00000-49500-47910
- Organismo
- VALENCIA. Código BDNS 882016.
Objeto
Apoya la actividad agrícola y ganadera en el término municipal de València —la huerta y la Albufera— financiando gastos corrientes de la explotación, no inversión.
Es una ayuda de estructura muy sencilla: 100 % del gasto justificado, hasta 5.000 €, por orden de llegada. Con 400.000 € de crédito entran unas 80 explotaciones si todas agotan el máximo.
Ojo con el techo de minimis: al tratarse del Reglamento agrícola (UE) 1408/2013, el límite es de 50.000 € en tres años, no los 300.000 € del régimen general. Conviene comprobar el acumulado antes de solicitar.
Requisitos
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades sin personalidad jurídica que cumplan:
- Ser titular de una explotación agraria o ganadera en régimen de propiedad, arrendamiento o cesión en precario.
- Que al menos una parcela de la explotación esté en el término municipal de València y en producción.
- Inscripción de esas parcelas en el Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunidad Valenciana (Decreto 73/2022) o en el de Explotaciones Ganaderas (Ley 6/2003), según el caso.
- Tener dada de alta en el certificado de situación censal (IAE) una actividad agrícola o ganadera, o alguna directamente relacionada con la explotación.
- Que el autónomo o el administrador de la sociedad esté de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente.
- Plantilla media inferior a 10 personas en los 12 meses anteriores, o en el período de alta si es menor.
- Estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, sin deuda con el Ayuntamiento, y haber justificado subvenciones municipales anteriores.
En comunidades de bienes y sociedades civiles hay que nombrar un representante apoderado, y la entidad no puede disolverse hasta que prescriba la responsabilidad.
Qué gastos cubre
Gastos corrientes realizados y devengados desde el 26 de marzo de 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Arrendamiento de tierras ubicadas en el término municipal de València.
- Arrendamiento de locales destinados exclusivamente a la actividad agraria y que consten como anexos en el certificado censal.
- Arrendamiento de equipos necesarios para la actividad.
- Personal: nóminas y Seguridad Social de las personas trabajadoras y la propia cuota del RETA del titular.
- Gasóleo agrícola.
- Gastos sanitarios de la explotación ganadera.
- Pesticidas, fertilizantes y abonos.
- Piensos y forrajes.
- Servicios de terceros relacionados con la explotación.
- La prima del seguro agrario o ganadero.
- Asesoría y consultoría relacionada con la actividad.
- Carnets profesionales de los trabajadores o del titular.
- Formación no reglada específica para mejorar la cualificación: coste del curso e inscripción.
Que la cuota de autónomos sea gasto subvencionable es excepcional: la mayoría de convocatorias valencianas la excluyen expresamente. Aquí entra, y por sí sola ya acerca al tope de 5.000 € en un año completo.
El IVA no es subvencionable.
Cuantía, plazo y tramitación
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Porcentaje subvencionado | 100 % del gasto justificado, excluidos impuestos recuperables |
| Máximo por beneficiario | 5.000 € |
| Importe mínimo de la última ayuda concedida | 500 € |
| Techo de minimis agrícola | 50.000 € en tres años |
Se concede por orden de presentación hasta agotar el crédito. Cuando se agote, la última ayuda puede ser inferior a 5.000 € pero nunca menos de 500 €.
El pago es único, por la totalidad, mediante transferencia desde la fecha del acuerdo de concesión y sin necesidad de constituir garantías.
Plazo y vía
- 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
- Telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de València.
- Las personas jurídicas presentan a nombre de la entidad.
Presentar fuera de plazo o no usar los formularios normalizados son causas de inadmisión.
Declaraciones y autorizaciones
El formulario incluye una declaración responsable de que las parcelas están en producción en la fecha de solicitud y de que no se han superado los 50.000 € de minimis agrícola en tres años.
Y se autoriza al órgano gestor a consultar el informe de vida laboral —para comprobar el alta en Seguridad Social— y la plantilla media de los 12 meses anteriores.
Cierra hoy
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
Estudia mi casoGratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h
Texto oficial
Texto completo de la convocatoria Reactiva la Huerta 2026 (PDF, 10 páginas) publicado en la BDNSSede electrónica del Ayuntamiento de ValènciaUn caso parecido
70.000 €
Joven agricultor de Galicia, en Primera instalación de jóvenes agricultores. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.