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Plazo sin fecha publicadaComercio, turismo y hosteleríaNavarraConcurrencia competitiva

Pymes turísticas: calidad e innovación en comunicación y promoción

El 60 % de la Q de calidad, del sello Biosphere o de rehacer la web del hotel, con 3.000 € por actuación. Como cada actuación tiene su propio tope, un establecimiento que combine certificación, web y campaña digital puede llegar a 9.000 €.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra —alojamientos, restaurantes, agencias de viaje y empresas de turismo activo o cultural— con página web propia y correo electrónico operativo
Cuánto se cobra
60 % del gasto sin IVA, con un máximo de 3.000 € por cada clase de actuación subvencionable
Procedimiento
Concurrencia competitiva con umbral de 10 puntos; si el crédito no alcanza, se prorratea entre todas las admitidas
Presupuesto
100.000 €, partida A30001 A3100 4709 432102 «Subvenciones PYMEs turismo. Calidad e innovación en producto y servicios»
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 899871.

Objeto

Dos cosas distintas en una misma convocatoria (base 1):

  • Obtener y mantener certificaciones: la Q de calidad turística y otras acreditaciones medioambientales, de sostenibilidad, accesibilidad o eficiencia energética.
  • Innovar en la comunicación y promoción del producto: campañas digitales, renovación de la web y consultoría comercial.

Responde a dos programas del Plan Estratégico de Turismo de Navarra: el III, de fortalecimiento del tejido empresarial y mejora de la calidad, y el VI, de inteligencia e innovación en turismo.

El tope de 3.000 € es por clase de actuación, no por empresa. Un alojamiento que en el mismo ejercicio renueve la Q, rehaga la web y lance una campaña digital presenta tres actuaciones y puede acercarse a los 9.000 €. Es la lectura que más rendimiento saca a esta convocatoria y la que más se pasa por alto.

Quién puede solicitarla

Pymes turísticas conforme al anexo I del RGEC, sujetos pasivos de la Hacienda Foral de Navarra por los impuestos de la actividad, que no incurran en las prohibiciones del art. 13 de la Ley Foral 11/2005 ni estén cumpliendo sanción o sentencia firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.

Requisitos específicos

  • Figurar como titular en el Registro de Turismo de Navarra. Basta con haber presentado la documentación para el cambio de titularidad. En franquicias, vale que la franquiciada figure como gerente o responsable del establecimiento ubicado en Navarra.
  • Disponer de página web propia y correo electrónico operativo. Si se pertenece a un grupo empresarial, sirven la web y el correo corporativos del grupo.
  • No tener pendiente de subsanar deficiencias en las instalaciones tras un requerimiento de la Sección de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo cuyo plazo haya vencido.

Por tipo de empresa

EmpresaIAE y condiciones
AlojamientosGrupos 681 a 687: hoteles, casas rurales, apartamentos turísticos, campamentos de turismo y albergues. En apartamentos se admiten también los grupos 861 y 862 de alquiler de inmuebles urbanos o rústicos
RestauraciónGrupo 671. Deben disponer de carta en tres idiomas como mínimo. Quedan fuera los ubicados en polígonos industriales, comerciales o de servicios
Agencias de viajeGrupo 755
Turismo activo y/o culturalEl grupo que corresponda a la especialidad de su oferta

El IAE se comprueba de oficio en el Registro de Actividades Económicas de Navarra. Se presenta una solicitud por empresa.

Certificaciones

Se subvenciona tanto la obtención como el mantenimiento de:

  • Q de calidad turística
  • EMAS (Reglamento CE 1221/2009)
  • ISO 14001 de gestión ambiental e ISO 50001 de eficiencia energética
  • ISO 21401, sistema de gestión de sostenibilidad para alojamientos
  • ISO 14064 de huella de carbono y Residuo Cero
  • UNE 170001 de accesibilidad universal
  • Etiqueta Ecolabel, sello Biosphere y sello «calculo-reduzco-consumo»

Qué se paga

ConceptoPresupuesto máximo subvencionable
Cuota de adhesión a la marca, certificación o reconocimiento inicial100 % del coste
Auditoría externa de certificación o renovación5.000 €
Consultoría externa de apoyo a la implantación para la certificación o reconocimiento inicial5.000 €

Cuidado con la asimetría: la consultoría solo se paga en la certificación inicial. Las «asistencias técnicas para mantenimiento o renovación» están expresamente excluidas, aunque la auditoría de renovación sí entra. Quien renueva la Q cada año puede subvencionar la auditoría, no al consultor que le prepara la documentación.

Innovación en comunicación y promoción

Campañas digitales

Campañas de comunicación y promoción digitales y online sobre productos y ofertas específicas. Hay que definir con claridad el producto u oferta, el público objetivo, los medios y los objetivos de la campaña.

Renovación de la web

Actualización y adaptación de páginas web que supongan una innovación que aporte valor sobre la existente:

  • Diseño y estrategia de marketing de contenidos.
  • Nuevos vídeos, fotografías y creación de contenidos digitales.
  • Adaptación a condiciones de seguridad y accesibilidad para distintas discapacidades —auditiva, visual—, tratamiento de cookies, propiedad intelectual y consultoría jurídica.
  • Planes de posicionamiento SEO y SEM.
  • Traducción: tras la subvención, la web debe quedar completamente traducida a castellano, euskera e inglés y/o francés.

En la fecha de la justificación la web debe estar adaptada a dispositivos móviles y permitir la contratación y el pago online en tiempo real. Si se subvencionan vídeos o fotografías, hay que ceder su uso a la Dirección General de Turismo con fines promocionales.

Consultoría empresarial

Contratación de consultoras, profesionales o entidades especializadas externas y no vinculadas para elaborar diagnósticos, planes o análisis empresariales que incrementen la competitividad, mejoren la gestión comercial o abran nuevos mercados.

  • Inversión mínima de 1.500 € por cada concepto.
  • Presupuesto máximo admisible de 5.000 € por concepto.
  • Las actuaciones necesitan el visto bueno del Servicio de Marketing y Producto Turístico.

No se subvenciona

  • Asesoría o consultoría realizada por personal propio.
  • Dietas de estancia, manutención y desplazamiento de auditoría y consultoría externa.
  • Licencias de uso, mantenimiento, renovación de dominio y hosting, tanto de programas como de webs, y lo que tenga consideración de inversión.
  • Derechos de uso o canon de las certificaciones.
  • Asistencias técnicas para mantenimiento o renovación de certificaciones.

Cuantía, baremo y plazos

60 % de los gastos subvencionables sin IVA por cada clase de actuación, con un máximo de 3.000 € por actuación.

El procedimiento es de concurrencia competitiva con un umbral de 10 puntos: quien lo alcanza entra, y si el crédito no llega se prorratea entre todas.

CriterioPuntos
Antigüedad en el Registro de Turismo de Navarra: 1 punto por año (solo se cuenta el año, no mes y día)hasta 10
Tamaño: microempresa 6, pequeña 4, mediana 2hasta 6
IAE: alojamiento (681-687) y agencias de viaje (755) 4; turismo activo y cultural y resto de inscritas 3; restauración (671) 2; alquiler de inmuebles (861 y 862) 0hasta 4

La antigüedad pesa la mitad del baremo, así que un establecimiento nuevo necesita sumar tamaño e IAE para llegar al umbral: una microempresa de alojamiento parte de 10 puntos sin antigüedad ninguna, pero un apartamento turístico dado de alta en el epígrafe 861 parte de 6 y necesita al menos cuatro años de registro.

Plazos

  • Solicitud: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BON. Es de los plazos más cortos del catálogo navarro.
  • Gastos realizados, facturados y pagados entre el 16 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026.
  • Justificación: en cualquier momento desde la notificación de la concesión, con fecha límite el 15 de noviembre de 2026. Presentarla entre el 16 y el 30 de noviembre reduce la subvención un 10 %; después, pérdida del derecho al cobro.
  • Resolución de abono antes del 31 de diciembre de 2026.

Con la solicitud hay que aportar memoria descriptiva con motivos, objetivos, estado de ejecución e importes, y una relación valorada justificada con presupuestos, facturas proforma o facturas —no se admiten estimaciones basadas en apreciaciones de la solicitante—. Por encima de 12.000 € en consultoría, tres ofertas; si no se elige la más económica y la justificación es insuficiente, solo se subvenciona el importe de la oferta más barata.

En la justificación, los pagos deben ser por transferencia, recibo domiciliado o tarjeta de la empresa: no se admiten pagos en metálico ni recibís.

Ejecución parcial, publicidad y compatibilidad

Grado de ejecuciónConsecuencia
Entre el 50 % y el 75 %La subvención resultante de los gastos justificados se reduce a la mitad
Menos del 50 %Pérdida del derecho al cobro

Hay una salida: comunicar la renuncia en los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión cuando se sepa que una actuación no se va a realizar en el periodo. Esa actuación no se computa al calcular el grado de ejecución.

En ningún caso el gasto justificado puede quedar por debajo de los importes mínimos exigidos —los 1.500 € por concepto en consultoría—: si ocurre, se pierde el derecho al cobro.

Publicidad obligatoria: dos años

Durante dos años desde la notificación de la concesión hay que insertar en la web el texto «Esta empresa ha recibido una subvención del Gobierno de Navarra en virtud de la convocatoria de 2026 a las pymes turísticas para fomentar la calidad e innovación en la comunicación y promoción de productos y servicios turísticos», junto con la marca de turismo de Navarra y el enlace a visitnavarra.es. Incumplir ese periodo obliga a reintegrar en proporción al tiempo que reste.

Además, hay que evitar imágenes discriminatorias de la mujer y lenguaje sexista en todos los soportes publicitarios y materiales de difusión, y no incurrir en deslocalización empresarial conforme a los arts. 4 y 5 de la Ley Foral 18/2020.

Compatibilidad

Incompatible, para los mismos conceptos, con otras subvenciones del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo. Compatible con las de otros departamentos del Gobierno de Navarra, de otras administraciones y de entes públicos o privados, sin superar el coste de la actividad.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Orden Foral 81E/2026, de 16 de abril, de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria y sus bases reguladorasFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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