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Pyme Circular 2026 — línea 3 de innovación en economía circular

Hasta 15.000 € de asistencia técnica especializada por cada pyme industrial que se sume a un proyecto de economía circular, más 2.000 € si se compromete con un hito avanzado de anclaje. No se pide en solitario: hay que entrar en una agrupación liderada por un agente intermedio.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Agrupaciones formadas por un agente intermedio promotor sin ánimo de lucro y pymes industriales o de servicios conexos a la industria de entre 5 y 249 personas, excluidos los servicios de consultoría
Cuánto se cobra
Hasta 100.000 € por proyecto: 15.000 € para el agente intermedio promotor y hasta 15.000 € de asistencia técnica por cada pyme participante, ampliables en 2.000 € por compromiso de hito avanzado de anclaje
Procedimiento
Concurrencia competitiva con valoración de proyectos
Presupuesto
500.000 € para la línea 3 Pyme Circular. BDNS y BOPV coinciden
Organismo
PAÍS VASCO. Código BDNS 882917.

Objeto y cómo funciona

La Orden del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad convoca tres líneas de innovación en economía circular. Esta ficha cubre la línea 3, Pyme Circular, que es la que llega a la pequeña y mediana empresa; las líneas 1 (Ecodiseño y demostración) y 2 (Ecoinnovación estratégica) se dirigen a proyectos de I+D de mayor calado y van por el Reglamento de exención por categorías.

El diseño de Pyme Circular es distinto del resto del catálogo y hay que entenderlo antes de ofrecerlo: la pyme no solicita en solitario. Se solicita en agrupación, con esta configuración mínima:

  • Un agente intermedio promotor: organización sin ánimo de lucro de Euskadi, privada o pública, con personalidad jurídica propia y personal propio, cuya finalidad sea la promoción y mejora de la competitividad de las empresas de su área de influencia. Asume la representación y coordinación de la agrupación y la interlocución con la Administración.
  • Pymes privadas participantes, que son las que reciben la asistencia técnica.

En la práctica, el agente intermedio suele ser una asociación empresarial, un clúster o una agencia de desarrollo comarcal. Para la consultoría, esto cambia el enfoque comercial: no se trata de tramitar una solicitud individual, sino de identificar qué agrupación se está formando en la comarca del cliente y conseguir que entre en ella.

Quién puede participar

Pyme, a efectos de esta línea, es la entidad con una plantilla entre 5 y 249 personas en equivalentes anuales a jornada completa. El suelo de 5 personas deja fuera a la microempresa muy pequeña.

Debe ser pyme industrial o de servicios conexos a la industria, y las bases excluyen expresamente los servicios de consultoría.

Sectores prioritarios

De forma prioritaria pero no excluyente, se dirige a pymes de las cadenas de valor de los sectores identificados en la Estrategia de Economía Circular de País Vasco 2030:

  • Transportes: automoción, ferroviario, aeronáutico y naval.
  • Equipos auxiliares, maquinaria y máquina-herramienta.
  • Eléctrico-electrónico.
  • Metal y químico.
  • Construcción y alimentario.
  • Reciclaje y remediación ambiental.
  • Diseño y fabricación de envase-embalaje.

Las grandes empresas —más de 249 personas— pueden participar como empresas colaboradoras, pero sus costes individuales no se financian.

Cuantía

El techo del proyecto son 100.000 €, repartidos así:

ConceptoMáximo
Actividades del agente intermedio promotor15.000 € por proyecto
Asistencia técnica especializada15.000 € por pyme participante
Incremento por compromiso de hito avanzado de anclaje+2.000 € por pyme

Es decir, cada pyme que entra en la agrupación puede recibir hasta 17.000 € de asesoramiento especializado pagado, sin poner dinero por delante y sin gestionar el expediente, que lo lleva el promotor.

Con 100.000 € de techo y 15.000 € para el promotor, un proyecto cabe en torno a cinco o seis pymes participantes.

Plazos y ejecución

Regla del efecto incentivador: solo pueden acogerse los proyectos que se inicien después de la fecha de presentación de la solicitud y antes de finalizar el ejercicio 2026. A diferencia de casi todo el resto del catálogo vasco, aquí no se subvenciona nada ya empezado.

Plazo máximo de ejecución de la línea 3: 31 de octubre de 2027. Se puede pedir una prórroga por un plazo no superior a la mitad del inicialmente determinado, solicitándola al menos con un mes de antelación a la Viceconsejería de Transición Energética a través de «Mi carpeta».

El acuerdo de ejecución

La agrupación debe cumplimentar en la solicitud el acuerdo de ejecución (Anejo IV), haciendo constar como mínimo:

  • Qué miembro de la agrupación recibe los fondos y los distribuye entre el resto.
  • El nombramiento de una persona física apoderada única, con poderes bastantes, que suscribirá la cuenta justificativa y comunicará los cambios en la agrupación.
  • El listado definitivo de pymes participantes con los datos de las personas responsables.

Ese listado definitivo es el punto crítico para el cliente: quien no esté en él cuando se presenta la solicitud, no entra después.

Todas las entidades deben estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y reintegro de subvenciones antes de que finalice el plazo de presentación.

Cuándo vuelve a convocarse

Pyme Circular va por su cuarta convocatoria y las líneas 1 y 2 acumulan siete ediciones con más de trescientas empresas participantes. Hasta la fecha, más de 250 pymes han pasado por Pyme Circular, todas ellas dentro de agrupaciones lideradas por agentes intermedios.

La convocatoria de 2026 se aprobó por Orden de 9 de diciembre de 2025 y se publicó en el BOPV n.º 246, de 22 de diciembre de 2025, cerrando en marzo de 2026.

Como en Eraikal, la convocatoria del ejercicio se publica en diciembre del año anterior. Para 2027, hay que estar mirando el BOPV en diciembre de 2026.

Y como la solicitud la presenta la agrupación, el trabajo comercial útil empieza antes: en otoño, hablando con la asociación empresarial o el clúster de la comarca del cliente para saber si van a promover un proyecto y asegurarse de figurar en el listado.

Plazo26 de marzo de 2026

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Texto oficial

Orden de 9 de diciembre de 2025, del consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, con las bases y la convocatoria 2026 — BOPV n.º 246, de 22 de diciembre de 2025Estrategia de Economía Circular de Euskadi 2030

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