Proyectos de carácter singular del Cabildo de Gran Canaria
El 100 % del proyecto hasta 10.000 € para jornadas profesionales, ferias, foros, publicaciones o grabaciones que no encajan en ninguna otra convocatoria del Cabildo. Es la vía residual, y para una empresa privada el crédito reservado no son los 400.000 € que declara la BDNS: son 50.000 €.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Particulares y empresas privadas, entidades sin fines de lucro y fundaciones canarias que realicen proyectos singulares en Gran Canaria o de interés para la isla
- Cuánto se cobra
- Hasta el 100 % del proyecto presentado, con un límite de 10.000 € y sin superar el 50 % de la dotación de la convocatoria
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, hasta agotar la consignación
- Presupuesto
- 400.000 € en total, de los que solo 50.000 € están consignados para empresas privadas
- Organismo
- CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA. Código BDNS 891252.
Objeto
Es la convocatoria escoba del Cabildo de Gran Canaria: financia proyectos que, «por su naturaleza, no pueden acogerse a otras convocatorias de subvenciones del Cabildo». Antes de plantearla conviene descartar que el proyecto encaje en una línea específica, porque ese es literalmente su requisito de entrada.
Cubre gastos corrientes de:
- Jornadas científicas, tecnológicas y de carácter profesional, ferias, foros y encuentros.
- Publicaciones y ediciones de libros en papel o digital. Se excluyen las segundas ediciones y la publicación de resultados de jornadas o seminarios. Solo entran los gastos de creación gráfica y diseño, maquetación, imprenta y promoción.
- Ediciones de grabaciones musicales: gastos técnicos de grabación, alquiler de locales o estudios, postproducción —libreto, diseño y fabricación—, adquisición de derechos de autor y promoción.
- Premios y proyectos de carácter benéfico.
Las acciones deben realizarse en Gran Canaria o, si se hacen fuera, el proyecto debe ser de interés para la isla y justificarlo.
Para una consultoría de empresas, el encaje más natural es la jornada profesional o el foro sectorial organizado por una empresa privada. Las publicaciones y grabaciones apuntan a otro tipo de cliente.
Cuantía y el crédito que de verdad está disponible
Se puede subvencionar hasta el 100 % del proyecto presentado, con un límite de 10.000 €. Además, no se admiten proyectos que superen el 50 % de la dotación de la convocatoria.
El reparto que la BDNS no muestra
El registro 891252 declara 400.000 €. Pero ese crédito está partido en dos aplicaciones presupuestarias con destinatarios distintos:
| Aplicación | Destinatario | Importe |
|---|---|---|
| 01010 924 480000026 | Familias e instituciones sin fines de lucro | 350.000 € |
| 01010 924 479000026 | Empresas privadas | 50.000 € |
| Total | 400.000 € | |
Para una empresa privada el techo real de la convocatoria son 50.000 €, no 400.000. A 10.000 € por proyecto, eso son cinco expedientes empresariales en toda la isla. Conviene decírselo al cliente antes de que invierta tiempo en la memoria.
Cuántos proyectos por solicitante
| Solicitante | Máximo de proyectos |
|---|---|
| Regla general | 2 |
| Quien renunció a la subvención del año anterior | 1 |
| Universidades públicas, colegios profesionales y fundaciones públicas del art. 3.1.e) de la Ley 9/2017 | 4 |
El crédito puede incrementarse al amparo del artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones sin nueva convocatoria, siempre antes de la resolución de concesión.
Quién puede solicitarla
- Particulares o empresas privadas.
- Entidades sin fines de lucro que realicen actividades dentro del marco de estas subvenciones.
- Fundaciones canarias que realicen proyectos singulares en Gran Canaria.
Las entidades excluidas
Quedan expresamente fuera, con carácter general, las entidades vecinales, de tercera edad, culturales, socio-juveniles, juveniles, musicales, corales, educativas, de alumnos, de padres y madres de alumnos, folklóricas y religiosas, así como cualquier otra de esas características o inscrita con otra combinación.
Excepción: sí pueden concurrir las entidades culturales que tengan entre sus fines sociales el estudio o la investigación de la historia de la isla o de su patrimonio histórico, y realicen actividades comprendidas en el objeto de la convocatoria.
Quienes ya reciban subvención nominativa directa de la Consejería de Presidencia y Movilidad Sostenible solo pueden concurrir si el proyecto presentado tiene objeto o acciones distintas a las del proyecto nominativo.
Qué queda fuera de los gastos y qué contenidos se excluyen
Gastos no subvencionables
Solo se financian gastos corrientes. Quedan excluidos:
- Costes indirectos, de administración o de gestión.
- Costes de personal.
- Gastos de inversión.
- Impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación.
La exclusión de costes de personal es relevante: en una jornada profesional, lo subvencionable es el local, los ponentes externos y la difusión, no las horas del equipo propio.
Contenidos excluidos
La convocatoria de 2026 incorpora una cláusula de contenidos poco frecuente. Quedan fuera los proyectos que, directa o indirectamente, promuevan, difundan, legitimen o justifiquen:
- Discursos de odio, discriminación o incitación a la violencia por origen, raza, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión, ideología, capacidad, edad o cualquier otra condición personal o social.
- Contenidos que vulneren la Ley 20/2022 de Memoria Democrática o la normativa autonómica equivalente, en particular los que ensalcen, homenajeen, justifiquen, trivialicen o nieguen violaciones graves de derechos humanos.
La prohibición alcanza a todos los elementos del proyecto: jornadas, congresos, seminarios, actos públicos, publicaciones, materiales divulgativos, contenidos audiovisuales, webs, redes sociales y libros.
Periodo de ejecución, plazo y tramitación
Se admiten proyectos de 2025 ya ejecutados
Es una particularidad que amplía mucho el alcance: los proyectos pueden corresponder a actuaciones ya ejecutadas durante 2025 o a actuaciones previstas para 2026.
- Proyectos de 2025: ejecución entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
- Proyectos de 2026: ejecución obligatoriamente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
En todo caso, el proyecto debe ejecutarse íntegramente dentro del año natural que corresponda. No caben proyectos a caballo entre dos ejercicios.
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación en el BOP de Las Palmas hasta agotar la consignación y, en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive.
Presentación
Modelo del Anexo I dirigido a la Consejería de Presidencia y Movilidad Sostenible, por la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria o por cualquier registro electrónico de las administraciones públicas.
63 días
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
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