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Aún no abiertaComercio, turismo y hosteleríaNavarraConcurrencia competitiva

Promoción de empresas artesanas

El 75 % de las ferias, la publicidad, los cursos y las cuotas del marketplace, hasta 14.000 € por empresa. No hay baremo: si el crédito no llega, se prorratea entre todos. El plazo es del 14 de septiembre al 2 de octubre de 2026.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra, o con la solicitud de inscripción o renovación presentada antes de la publicación de la convocatoria, y de alta en la Seguridad Social por la actividad artesana
Cuánto se cobra
75 % de los gastos sin IVA, con máximos de 10.000 € en ferias, 3.500 € en formación, 3.000 € en promoción y 900 € en plataformas online, y un tope de 14.000 € por empresa
Procedimiento
Sin concurrencia competitiva ni baremo: si el crédito no alcanza, se prorratea entre todas las solicitudes admitidas
Presupuesto
100.000 €, partida 830001-83100-4701-431402 «Subvenciones pymes artesanía. Promoción y formación de la artesanía navarra»
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 900847.

Objeto

Fomenta la comercialización y promoción de los productos artesanos y la formación de quienes trabajan en el taller (base 1). Es la convocatoria gemela de la de inversiones de empresas artesanas: aquella paga la maquinaria y la obra, esta paga salir a vender.

Clase de actuación% ayudaMáximo
A) Ferias, exposiciones y eventos similares75 %10.000 €, con 3.000 € por feria
C) Cursos de formación75 %3.500 €
B) Promoción, publicidad y diseño75 %3.000 €
D) Cuotas de plataformas de venta online o marketplace75 %900 €

Tope de 14.000 € por empresa en el conjunto de la convocatoria.

Periodo de ejecución

Actuaciones facturadas y pagadas entre el 18 de noviembre de 2025 y el 11 de noviembre de 2026. Con una excepción útil: las cuotas de inscripción en ferias pagadas antes de ese periodo sí se admiten cuando fueron un anticipo para garantizar la reserva de plaza.

El procedimiento: prorrateo en vez de baremo

Es lo que más la diferencia del resto del catálogo navarro. No hay criterios de valoración ni orden de prelación: se calcula la subvención que corresponde a cada solicitud admitida y, si el crédito disponible no alcanza para todas, se prorratea el crédito autorizado entre el total (base 6.2).

El porcentaje real que resulte de ese prorrateo es el que después se aplica sobre la justificación de las actividades subvencionadas.

La consecuencia práctica es que nadie se queda fuera por puntuación, pero nadie tiene garantizado el 75 %. Con 100.000 € de crédito y un tope de 14.000 € por empresa, el porcentaje final depende enteramente de cuántas solicitudes concurran. Al presentar conviene no dimensionar el proyecto contando con cobrar el 75 % íntegro.

Resolución en 2 meses desde el fin del plazo.

Qué gasto entra en cada línea

A) Ferias y exposiciones

  • Inscripción, alquiler del suelo y del stand.
  • Montaje, decoración e instalación del stand, incluidos diseño, producción e impresión de lonas, toldos y vinilos, y la adquisición del soporte.
  • Transporte con vehículo propio: 0,38 €/km por el viaje de ida y vuelta del material, más aparcamiento. Los kilómetros se calculan con Google Maps, desde el taller hasta la localidad de la feria.
  • Transporte con otros medios: transporte contratado o vehículo alquilado desde el día anterior al inicio hasta el día posterior, con combustible y aparcamiento.
  • Alojamiento de una persona por empresa y feria.

El requisito que puede tumbar toda una feria: hay que participar exclusivamente con productos propios elaborados en el taller, sin reventa, y esos productos deben corresponder al oficio artesano en el que la empresa está reconocida. El órgano gestor puede pedir información a la organizadora de la feria para comprobarlo y, si no se cumple, inadmite todos los gastos de esa feria.

B) Promoción, publicidad y diseño

  • Catálogos —también digitales—, trípticos, flyers y material audiovisual, con su diseño, maquetación, distribución y producción.
  • Inserciones publicitarias en medios, con diseño, producción e inserción.
  • Trabajos fotográficos de talleres y productos.
  • Inscripción del diseño en el registro de propiedad intelectual o industrial.
  • Diseño de marca y diseño de packaging.
  • Diseño y producción de rótulos y vinilos para promocionar el taller.

Quedan fuera el material publicitario no referido al producto o al oficio artesano, la adquisición de embalajes, cajas y estuches, y el diseño y producción de tarjetas de visita.

C) Formación

Asistencia —online o presencial— de una persona por empresa a tres tipos de curso:

  • Capacitación técnica en alguno de los oficios del Repertorio de oficios artesanos de Navarra, impartidos por centros oficiales reconocidos o profesionales cualificados.
  • Capacitación digital: redes sociales, venta online, marketing online.
  • Incorporación del diseño a los productos artesanos.

Se admiten gastos académicos, de matrícula y de material didáctico, desplazamiento, alojamiento y aparcamiento, con los mismos criterios que en ferias.

D) Plataformas online

Gasto de adhesión y cuotas mensuales de una plataforma de comercio electrónico, marketplace u otro canal de venta online.

Alojamiento

70 €/día por una persona, que suben a 90 €/día si la actuación es en el extranjero. Se admite el día anterior al inicio del curso o la feria y los días de duración del evento, siempre que se acredite la oportunidad y coherencia del gasto.

Quién puede solicitarla

Pymes con los mismos dos requisitos específicos que la convocatoria de inversiones (base 3.2):

  • Estar inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra, o haber presentado la solicitud de inscripción o renovación —con resultado positivo— antes de la publicación de la convocatoria en el BON.
  • Estar de alta en la Seguridad Social a la fecha de la solicitud, en el régimen correspondiente a la actividad artesana.

Los requisitos de empresa artesana deben mantenerse durante todo el periodo de realización de las actuaciones, y solo son admisibles las realizadas mientras se cumplen y mientras hay alta en la Seguridad Social, con un mínimo de 6 meses de alta dentro del periodo subvencionable.

Tampoco pueden ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025, de medidas urgentes contra el genocidio en Gaza.

Plazo y documentación

  • Plazo: del 14 de septiembre al 2 de octubre de 2026, ambos incluidos. Es una ventana de menos de tres semanas y a mitad de curso: conviene tenerla marcada.
  • Telemática obligatoria para personas jurídicas y agrupaciones; las personas físicas pueden presentarla presencialmente.
  • Subsanación: 10 días hábiles.

Documentación

La convocatoria distingue según cuándo se haya hecho el gasto:

  • Actuaciones ya realizadas: facturas y justificantes de pago.
  • Actuaciones previstas entre el día siguiente a la solicitud y el 11 de noviembre de 2026: memoria detallada según el modelo de la ficha, con relación de gastos previstos, y presupuestos o facturas proforma. No se admiten estimaciones basadas en apreciaciones de la solicitante; para las ferias sí se aceptan confirmaciones de los organizadores.
  • Declaración responsable de requisitos e informe de vida laboral o certificado de la Seguridad Social.

Tres ofertas

Necesarias en la prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica. No hacen falta si no existen suficientes proveedores en el mercado o si el gasto se hizo antes de solicitar. Si no se elige la más económica sin justificación suficiente, solo se subvenciona el importe de la más barata.

Plazo2 de octubre de 2026

34 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Resolución 11E/2026, de 20 de abril, con la convocatoria y las bases reguladorasFicha del trámite en el portal del Gobierno de NavarraFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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