Programa Investigo: contratar jóvenes investigadores
Hasta 38.052 € al año por cada joven de menos de 30 contratado como investigador, tecnólogo o personal de apoyo, durante un máximo de 24 meses. Cubre salario base, pagas extra y cuota patronal. Una empresa que invierta en I+D+i puede pedirlo sin ser centro de investigación.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas públicas o privadas que estén invirtiendo en I+D+i y acrediten experiencia en la materia, además de universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos, institutos biomédicos y centros de I+D+i
- Cuánto se cobra
- De 1.984,71 € a 3.171,00 € al mes por persona contratada, según titulación y tipo de puesto, con un máximo de 24 meses
- Procedimiento
- Concesión directa: no se compite. Se resuelve por orden de presentación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 5.056.250 € plurianuales 2026-2028. Del total, 1.031.250 € están en las partidas de empresas privadas (artículo 47) y 470.625 € en las de entidades sin ánimo de lucro (artículo 48); el resto corresponde a organismos autónomos, entidades públicas y universidades. Ampliable hasta un 50 % más, con una reserva del 30 % para zonas despobladas
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 921044.
Objeto
Financia los costes salariales de contratar a personas jóvenes para hacer investigación e innovación, en tres perfiles:
| Perfil | Qué hace |
|---|---|
| Personal investigador | Investigación científica y desarrollo tecnológico: estudios y experimentos para generar conocimiento, desarrollar tecnologías nuevas o mejorar las existentes, e identificar oportunidades de innovación |
| Personal tecnólogo | Aplicación práctica de conocimientos técnicos y científicos: instalación, mantenimiento y reparación de equipos y sistemas tecnológicos |
| Personal de apoyo | Soporte técnico y operativo a la actividad investigadora. Quedan excluidos los trabajos de apoyo administrativo no vinculados a la investigación |
La actividad debe desarrollarse en un centro de trabajo de Castilla-La Mancha, y el contrato debe indicar expresamente tanto el centro como el tipo de puesto.
Al menos el 60 % de los contratos de cada entidad tiene que desarrollarse en las áreas prioritarias del Pilar II de Horizonte Europa. Es una restricción temática que conviene comprobar antes de diseñar el proyecto.
Quién puede solicitarla
La lista de beneficiarios es larga y muy institucional, pero incluye una puerta abierta a las empresas:
- Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado.
- Universidades públicas, sus institutos, y universidades privadas con actividad demostrada en I+D+i inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas al Sistema Nacional de Salud que hagan I+D+i.
- Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
- Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal inscritos en el registro del Real Decreto 2093/2008.
- Otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia y la I+D+i como actividad principal.
- Centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro con la I+D+i como actividad principal.
- Empresas del sector público o privado que estén invirtiendo en iniciativas de investigación e innovación y cuenten con experiencia acreditada en I+D+i.
- Centros de I+D de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011 y centros públicos de investigación agraria y alimentaria autonómicos de la Comisión Coordinadora INIA-CCAA.
La empresa no necesita ser un centro de investigación: le basta con estar invirtiendo en I+D+i y poder acreditar experiencia.
Requisitos
- Disponer de un centro de trabajo en Castilla-La Mancha donde desarrollar la actividad.
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y en reintegros.
La obligación de dirigir la investigación
Hay que designar a una o varias personas de la propia plantilla que dirijan y supervisen el trabajo de las personas contratadas. Esas personas deben tener la titulación exigida para el puesto de personal investigador. Se designan con el anexo II, que incluye la autorización para consultar sus datos académicos.
Con quién hay que contratar y cómo
Requisitos de la persona
- Edad entre 16 y 29 años.
- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en las oficinas Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior a la contratación.
- Tener, el día anterior al inicio del contrato, titulación universitaria —diplomatura, ingeniería o arquitectura técnica, licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado, máster o doctorado— o formación profesional de grado medio o superior. Si aún no tiene el título, vale acreditar el pago de la tasa de expedición y su solicitud.
Condiciones del contrato
- Duración no inferior a 12 meses. El periodo máximo subvencionable es de 24 meses.
- Jornada a tiempo completo, equivalente a la de una persona comparable de la entidad.
- Cualquier modalidad contractual conforme a la legislación vigente.
- Cláusula específica de cofinanciación del FSE+ al 85 %, con el texto que fija el decreto.
- Formalizarse en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión. Se puede contratar antes, desde la publicación de la resolución de crédito, asumiendo el riesgo de que la ayuda no se conceda.
Selección
La entidad puede seleccionar directamente o pedir una preselección a la oficina Emplea. Si opta por la preselección, presenta la oferta con al menos diez días de antelación a su propio proceso; la oficina hace una criba y contacta con las personas candidatas, pero la entidad puede contratar a otras distintas de las enviadas. La selección se documenta en un acta con el modelo del anexo V.
Los criterios de selección deben ser la adecuación de la formación académica al programa de investigación —salvo en los puestos de apoyo— y disponer de estudios específicos relacionados con la materia.
Cuantía
La subvención cubre los costes salariales y la cuota patronal de Seguridad Social. Dentro del salario solo son financiables el salario base y las pagas extraordinarias: cualquier complemento queda fuera. Y de la cuota patronal hay que descontar las bonificaciones o reducciones que apliquen.
| Perfil y titulación | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Investigador o tecnólogo con máster o doctorado | 3.171,00 € | 38.052,00 € |
| Investigador, tecnólogo o apoyo con licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado | 2.771,39 € | 33.256,68 € |
| Investigador, tecnólogo o apoyo con diplomatura, ingeniería o arquitectura técnica | 2.298,39 € | 27.580,68 € |
| Personal de apoyo con FP de grado medio o superior | 1.984,71 € | 23.816,52 € |
Las cuantías incluyen la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Por 24 meses, un doctorando llega a 76.104 €.
Es, con diferencia, la ayuda a la contratación más generosa del catálogo autonómico: cubre prácticamente el coste completo de un investigador junior durante dos años. La contrapartida es la exigencia de mantener el puesto durante todo el periodo subvencionado.
Plazos, incompatibilidad y presentación
- Plazo: dos meses desde el día siguiente a la publicación del texto y del extracto de la resolución de crédito en el DOCM. Para 2026, hasta el 21 de septiembre.
- Una única solicitud por entidad, incluyendo todas las contrataciones. Si se presenta más de una en el mismo ejercicio, solo cuenta la última, salvo que una anterior ya estuviera concedida.
- Vía: telemática con firma electrónica, anexo I, en jccm.es.
- Órgano: Dirección General de Empleo.
La memoria que hay que adjuntar
Debe describir los proyectos de investigación de cada área de intervención solicitada, con este contenido mínimo:
- Descripción y objetivos de la actividad investigadora.
- Puestos adscritos a cada área de intervención.
- Funciones y tareas de cada puesto.
Y el compromiso de designar al personal encargado de la Dirección de la investigación. Si las contrataciones ya se formalizaron antes de solicitar, se adjunta el anexo II por cada persona que dirija.
Incompatibilidad
Incompatible, para la misma actuación, con cualquier otra ayuda de la Junta o de otra administración que financie los mismos conceptos, y con cualquier ayuda del FSE+ u otro fondo estructural. Compatible con las reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos subvencionados.
Reserva por despoblación
El 30 % del crédito se reserva para contrataciones en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación del Decreto 108/2021 y en municipios de zonas rurales intermedias agrícolas de menos de 2.000 habitantes que hayan perdido población.
25 días
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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