Innova-Adelante, apoyo a la innovación empresarial
Hasta el 50 % de un proyecto de innovación de producto o de proceso, con un gasto subvencionable de entre 5.000 € y 300.000 €. Financia el sueldo del equipo que lo desarrolla, el prototipo, la consultoría y el software. Solo para empresas con al menos dos personas contratadas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes con actividad y centro de trabajo en Castilla-La Mancha y al menos dos personas contratadas a jornada completa. Las grandes empresas solo entran si colaboran con pymes en un proyecto de innovación de producto
- Cuánto se cobra
- 50 % en micro y pequeña empresa, 40 % en mediana y 30 % en gran empresa, sobre un gasto de entre 5.000 € y 300.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: las solicitudes se ordenan por puntuación, máximo 100 puntos más el plus por despoblación
- Presupuesto
- 5.000.000 €, con cargo a las anualidades 2027 (3.000.000 €) y 2028 (2.000.000 €). Es tramitación anticipada: no hay crédito asignado a 2026 y la concesión queda condicionada a que exista en el ejercicio que corresponda. La convocatoria se reserva ampliarlo hasta un 40 % más
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 918034.
Objeto
Financia proyectos de innovación empresarial dentro del eje 3 «Innova y digitaliza» del Plan Adelante 2024-2027. Son dos actuaciones, y hay que elegir una:
Actuación 1 — innovación de producto
Desarrollar, implementar o poner en marcha productos nuevos, o mejorar significativamente los que la empresa ya fabrica. Un producto es nuevo si la empresa no fabrica otro con la misma finalidad y características, o si incorpora un avance sustancial en especificaciones técnicas, componentes, materiales u otras características funcionales.
El proyecto tiene que terminar en algo tangible: un prototipo validado, un producto mínimo viable, un demostrador o un piloto que acredite las cualidades técnicas del producto.
Actuación 2 — innovación de proceso
Desarrollar e implantar procesos nuevos o significativamente mejorados en fabricación, logística, organización o gestión, incorporando métodos, técnicas, tecnologías emergentes o soluciones digitales. Aquí el resultado exigido es que la empresa adopte efectivamente el nuevo proceso.
Lo que expresamente no cuenta como innovación
- Cambios de importancia menor o actuaciones rutinarias: mejoras de calidad habituales, adaptar un producto a lo que pide un cliente concreto, cambios estéticos menores o de temporada.
- Mantenimiento de software o sus actualizaciones.
- Sustituir o modificar instalaciones, máquinas y equipos sin novedad tecnológica.
La línea entre «renovar la maquinaria» e «innovar el proceso» es donde se cae la mayoría de los expedientes. Si el proyecto es comprar equipo más moderno para hacer lo mismo, la ayuda que toca es Adelante Inversión, no ésta.
Quién puede solicitarla
Pymes que realicen alguna de las dos actuaciones. Las grandes empresas solo pueden ser beneficiarias cuando participen en un proyecto de innovación de producto en colaboración efectiva con pymes (actuación 1).
El requisito que más filtra
Hay que disponer de al menos dos personas trabajadoras por cuenta ajena a jornada completa (o equivalentes) en alta en el mes anterior a presentar la solicitud. Un autónomo sin plantilla no encaja aquí.
Quién queda fuera
- Comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general entidades sin ánimo de lucro.
- Las actividades y sectores excluidos por el artículo 8 de la orden de bases.
Otros requisitos
- Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social.
- Desarrollar la actividad y ejecutar el proyecto en Castilla-La Mancha.
- No ser empresa en crisis, ni tener pendiente una orden de recuperación de ayudas.
- No haber cerrado una actividad idéntica o similar en el EEE en los dos años anteriores.
- No acumular más de 300.000 € de ayudas de minimis en los tres años anteriores a la concesión.
- Plan de prevención de riesgos laborales y, si es obligatorio, plan de igualdad.
- Cumplir los plazos legales de pago a proveedores si la subvención supera 30.000 €.
Proyectos en colaboración
En la actuación 1 varias empresas pueden agruparse. Todas son beneficiarias, hace falta un contrato o convenio que reparta derechos, obligaciones e importe de subvención, y un representante único. La agrupación no puede disolverse hasta que prescriban las obligaciones.
Una misma empresa puede pedir como máximo dos solicitudes por convocatoria, sumando las individuales y las que presente como miembro de una agrupación. Si presenta más, solo se admiten las dos últimas.
Qué gastos entran
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Personal propio | Coste laboral del equipo que trabaja en el proyecto. Máximo tres personas, en grupo de cotización 1 o 2, de alta antes de la solicitud |
| Nuevas contrataciones | Personal contratado después de presentar la solicitud. Aquí no rige el límite de tres personas |
| Instrumental y material técnico | Materias primas y componentes para prototipos, pruebas y series de ensayo. No de reposición y de uso exclusivo del proyecto |
| Equipos tecnológicos | Bienes de equipo, sensores o dispositivos ligados a la implantación del nuevo proceso. Deben quedar instalados en el centro de trabajo de la región |
| Colaboraciones externas | Consultoría, ingeniería, laboratorios, certificaciones y servicios de apoyo a la innovación |
| Investigación contractual y patentes | Conocimientos y patentes adquiridos por licencia en condiciones de mercado |
| Licencias de software | Estándar o a medida, implantadas por primera vez y de uso exclusivo en el establecimiento |
Cómo se calcula el coste del personal
Se aplica una tarifa horaria: se anualiza la última nómina ordinaria (remuneración mensual × 12 + prorrata de pagas + cotización del empleador) y se divide entre 1.720 horas. Sobre ese coste/hora la convocatoria pone un tope:
| Grupo de cotización | Coste/hora máximo |
|---|---|
| Grupo 1 | 29,13 € |
| Grupo 2 | 23,23 € |
Como el proyecto dura 12 meses como máximo, las horas imputadas no pueden superar las 1.720 por persona a jornada completa.
Lo que no entra
- Terrenos, obra civil e instalaciones.
- Bienes de equipo de segunda mano o de reposición, y mobiliario, software y equipos de oficina de la actividad habitual.
- Mantenimiento de equipos y software, actualizaciones, renovación de licencias y cuotas.
- Viajes, dietas e indemnizaciones, y percepciones no salariales del personal.
- Servicios periódicos o rutinarios: asesoría fiscal o jurídica, publicidad.
- Impuestos, tasas y contribuciones especiales.
- Cualquier gasto anterior a la fecha de la solicitud.
- Gastos financieros, notariales, registrales, avales y costes indirectos.
- Compras a entidades vinculadas.
- Materias primas de la actividad productiva habitual y prototipos comercializables tratados como producto final.
Cuantía
| Tipo de empresa | Intensidad de la ayuda |
|---|---|
| Microempresa y pequeña empresa | 50 % |
| Mediana empresa | 40 % |
| Gran empresa (solo en colaboración) | 30 % |
El gasto subvencionable del proyecto tiene que estar entre 5.000 € y 300.000 €. Por debajo del mínimo no es elegible; por encima del máximo, se corta. Y el proyecto no se puede dividir artificialmente para encajar en esos límites.
En la práctica, el techo de ayuda por proyecto es de 150.000 € para una microempresa o pequeña empresa que agote los 300.000 € de gasto.
Es una ayuda de minimis: sumada al resto de ayudas del mismo régimen recibidas en los tres años anteriores no puede superar los 300.000 €.
Cómo se puntúa
Aquí sí se compite: las solicitudes se ordenan por puntuación, con un máximo de 100 puntos.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Calidad del proyecto: 15 puntos con un nivel medio de detalle, 30 con nivel alto (funcionalidades, análisis de la competencia, fases con hitos y entregables, impacto económico e indicadores). Más 5 puntos si se localiza en zona prioritaria de la Ley 5/2017 o forma parte de un proyecto declarado prioritario | hasta 35 |
| Viabilidad: 10 puntos si los costes se describen de forma suficiente, 20 si se detallan con proveedores, desglose, justificación de la necesidad y experiencia del proveedor elegido | hasta 20 |
| Presencia en mercados: 10 puntos si el proyecto desarrolla producto o proceso nuevo, 5 si solo lo mejora | hasta 10 |
| Componente innovador: 10 puntos por colaborar con centros tecnológicos, universidades u organismos de investigación (o contar con validación de un CEEI regional); 10 puntos más por estar en el Registro de Pymes Innovadoras, tener UNE 166.002, EA0043 de Joven Empresa Innovadora o certificación de empresa emergente | hasta 20 |
| Impacto medioambiental: certificaciones ambientales de entidad homologada | 5 |
| Capacidades del equipo: tareas, dedicación, idoneidad y formación específica del personal | 5 |
| Igualdad y jóvenes: empresa participada mayoritariamente por mujeres, menores de 30 años o personas con discapacidad | 5 |
El plus por despoblación
Se suman 20 puntos adicionales a las solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos definidos como zonas en riesgo de despoblación, con un tramo superior para las zonas de despoblación intensa y extrema. Sobre 100 puntos, es un margen decisivo.
Dos criterios de los siete —calidad y viabilidad, 55 de los 100 puntos— dependen únicamente de cómo esté escrita la memoria, no del proyecto. La diferencia entre «nivel medio» y «nivel alto» de detalle son 25 puntos.
Plazos, ejecución e incompatibilidades
- Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el DOCM hasta el 30 de septiembre de 2026.
- Vía: únicamente telemática con firma electrónica en jccm.es. Hay que estar dado de alta en notifica.jccm.es, porque todas las notificaciones son electrónicas.
- Duración máxima del proyecto: 12 meses. En la solicitud se fijan las fechas de inicio y fin, y todos los gastos deben caer entre ellas.
- Periodo subvencionable: desde el día siguiente a presentar la solicitud hasta el 31 de octubre de 2027.
Incompatibilidad total
Estas ayudas son incompatibles, para el mismo proyecto, con cualquier otra ayuda de la Junta, de cualquier otra administración o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales. También con cualquier otra ayuda con cargo al FEDER u otro fondo estructural. No es la incompatibilidad habitual «por los mismos gastos»: es por el mismo proyecto.
Documentación clave
- Memoria técnica, económica y financiera (anexo III): objetivos, resultados, justificación del carácter innovador, planificación, recursos, encaje en la estrategia S3 y justificación individual de cada persona del equipo con su cálculo de coste/hora.
- Cuentas anuales del último ejercicio cerrado, Impuesto de Sociedades e informe de plantilla media de la Tesorería General.
- Declaración responsable del anexo II con efectivos, datos financieros y empresas asociadas y vinculadas.
- Facturas pro forma de todos los gastos y tres ofertas cuando el gasto llegue a 15.000 €.
- En proyectos en colaboración: contrato o convenio (anexo IV) y hojas de adhesión de los participantes (anexo V).
Solicitudes presentadas fuera de plazo de la convocatoria anterior
Las presentadas entre el 1 de octubre de 2025 y la apertura de este plazo se tramitan en esta convocatoria. Sirven para fijar la fecha de inicio del proyecto —y así poder empezar antes—, pero hay que ratificarlas dentro del plazo actual.
32 días
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