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Producción de materias primas agroindustriales en La Palma

244.000 € para quien cultiva lo que después se transforma en la isla: uva para la D.O. Vinos La Palma, caña de azúcar para ron y guarapo, pimienta para mojo, manzana y pera para sidra, y miel. Cada producto tiene su propia bolsa cerrada.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas y jurídicas titulares o con disponibilidad de una explotación agrícola en La Palma que hayan producido y comercializado los productos indicados para su transformación en una empresa agroindustrial de la isla, y titulares de explotaciones apícolas registradas en La Palma
Cuánto se cobra
Se determina en función de los gastos de producción y comercialización acreditados, dentro de la bolsa asignada a cada producto
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
244.000 €, repartidos por producto: 130.000 € uva, 72.000 € caña de azúcar, 30.000 € miel, 10.000 € pimienta y 2.000 € manzana o pera
Organismo
CABILDO INSULAR DE LA PALMA. Código BDNS 905098.

Cinco productos, cinco bolsas

El objetivo es fomentar la producción de materias primas destinadas a la transformación en la propia isla, para aumentar la rentabilidad de las explotaciones y mantenerlas como instrumento de desarrollo económico del medio rural.

El crédito no es una bolsa común: cada producto tiene su reparto cerrado.

ProductoDestinoCrédito
UvaElaboración de vino protegido por la D.O. Vinos «La Palma»130.000 €
Caña de azúcarProcesamiento como guarapo o ron72.000 €
MielProducción y comercialización30.000 €
PimientaElaboración de mojo10.000 €
Manzana o peraElaboración de sidra o perada2.000 €

Más de la mitad del dinero va a la uva y casi un tercio a la caña. Las bolsas de pimienta y de manzana son testimoniales, pero también lo es el número de productores que concurren: para un cultivador de pimienta de mojo, 10.000 € repartidos entre unos pocos puede ser una cifra apreciable. Merece la pena preguntar aunque el crédito parezca pequeño.

Variedades de uva admitidas

Baboso Negro, Bastardo Blanco, Burrablanca, Castellana Negra, Forastera Blanca, Gual, Listán Prieto, Malvasías, Marmajuelo (Bermejuela), Moscatel de Alejandría, Moscatel Negro, Pedro Ximénez, Sabro, Tintilla, Verdello, Vijariego Blanco y Vijariego Negro.

Requisitos

Pueden beneficiarse las personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea su forma, que cumplan alguno de estos requisitos:

  • Ser titular o tener la disponibilidad de una explotación agrícola en La Palma que, durante el año natural anterior a la convocatoria, haya producido y comercializado alguno de los productos indicados para su transformación en una empresa agroindustrial con sede en la isla.
  • Ser titular de una explotación apícola debidamente registrada en La Palma que haya producido y comercializado miel en el año natural anterior.

Dos matices que abren la puerta a más gente de la que parece. El primero: basta con tener la disponibilidad de la explotación, no hace falta ser propietario —vale el arrendamiento o la cesión—. El segundo: la exigencia de que la transformación se haga en una empresa agroindustrial con sede en La Palma significa que vender la uva a una bodega peninsular deja fuera la cosecha entera, por muy palmera que sea la viña.

Gastos subvencionables

Los gastos derivados de la producción y comercialización de esos productos, realizados en la isla durante el año natural anterior a la convocatoria y pagados antes de la fecha de justificación.

En ningún caso el coste puede ser superior al valor de mercado. Y no son subvencionables los impuestos indirectos cuando sean recuperables o compensables ni los impuestos personales sobre la renta.

Cuantía, plazos y presupuesto

El importe máximo por solicitante es el coste total de la actividad, si bien la convocatoria puede limitar la financiación pública a una proporción de ese coste, expresando siempre la cuantía máxima a otorgar. Cuando se aplique esa limitación, el eventual exceso de financiación pública se calcula tomando como referencia la proporción que debe alcanzar la aportación respecto del coste real justificado.

Las cuantías se determinan una vez valoradas las solicitudes, y el compromiso de gasto queda subordinado al crédito disponible en función del número de solicitudes presentadas.

Presupuesto

244.000 €, coincidentes con la BDNS, de los cuales 194.000 € con cargo a la aplicación 419.479.00 y 50.000 € con cargo a la 419.489.00 del presupuesto de 2026.

Puede fijarse una cuantía adicional conforme al artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, sin nueva convocatoria ni nuevo plazo, condicionada a que la modificación presupuestaria se realice antes de la resolución de concesión.

Resolución

El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses.

Conviene cruzar esta línea con las hermanas del propio Cabildo —inversiones en bodegas y queserías— y con las autonómicas del POSEI: la ayuda por hectárea de viña con DOP (Acción I.3) paga por mantener el viñedo y el embotellado y la comercialización exterior (Acciones I.6 y I.7) pagan por litro a la bodega. Recaen sobre gastos distintos y un mismo viticultor con bodega puede encadenarlas.

Plazo9 de junio de 2026

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Texto oficial

Convocatoria 2026 del Cabildo Insular de La Palma, texto completo en la BDNSSede electrónica del Cabildo Insular de La PalmaFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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