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Plazo sin fecha publicadaAgrario y pescaCastilla-La Mancha

Primas anuales de forestación de tierras agrícolas en Castilla-La Mancha (compromisos vigentes)

235 €/ha al año durante doce años por la renta que se deja de ingresar al convertir tierra arable en monte, más el 100 % de los costes de mantenimiento. Es la cola de una decisión tomada años atrás: se cobra por compromisos ya firmados.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Titulares públicos y privados de terrenos agrícolas y forestales y sus asociaciones, comunidades de bienes y entidades locales, con compromisos de forestación vigentes
Cuánto se cobra
Prima por pérdida de ingresos de 235 €/ha/año hasta doce años, más el 100 % de los costes de mantenimiento durante un máximo de doce años
Procedimiento
Publicación anual de créditos disponibles para atender las primas de compromisos ya adquiridos
Presupuesto
4.000.000 € de créditos disponibles publicados para atender las primas anuales
Organismo
CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 869020.

Qué se cobra aquí

Esta convocatoria no abre una línea nueva: publica los créditos disponibles para pagar las primas anuales de compromisos ya vigentes de forestación de tierras agrícolas, regulados por la Orden 178/2018, de 3 de diciembre.

Quien en su día forestó una parcela asumió un compromiso plurianual y cobra por él cada año. Esta resolución es la que habilita el pago de la anualidad.

Para un cliente que no tenga ya una forestación aprobada, aquí no hay nada que solicitar. La ficha interesa a quien tiene compromisos vivos y necesita saber qué cobra, durante cuánto y con qué obligaciones — y a quien esté valorando forestar en el futuro, para conocer el modelo económico.

La solicitud se canaliza a través de la solicitud única de la PAC, conforme establece la Orden 7/2025, de 30 de enero.

Las dos primas anuales

ConceptoImporteDuración
Pérdida de ingresos por el cambio de uso de terreno agrario a forestal235 €/ha/añoMáximo 12 años
(6 años en plantaciones de quercíneas micorrizadas con trufa)
Costes de mantenimiento100 % de los costes subvencionablesMáximo 12 años

La prima por pérdida de ingresos solo se abona en tierras arables (TA). Una forestación sobre terreno forestal degradado da derecho a los costes de establecimiento y de mantenimiento, pero no a los 235 €/ha/año.

Cómo funcionan los costes de mantenimiento

Los trabajos obligatorios figuran en el condicionado técnico que acompaña a la resolución aprobatoria del expediente. Los trabajos que puntualmente sean necesarios y no figuren allí se solicitan de forma extraordinaria en cuanto se detecte la necesidad, pero sin que puedan incrementar el importe fijado en la resolución aprobatoria.

Todos los importes se determinan con el sistema de moderación de costes del anexo IV de la orden.

Los costes de establecimiento (pago único)

Se abonan una sola vez y cubren el 100 % de los costes reales validados: subsolado y preparación previa del terreno, adquisición de planta o semilla, riego en plantaciones micorrizadas cuando hay agua a pie de parcela, la plantación, tutores, labores inmediatamente posteriores, protección individual de la planta, cerramientos contra el ganado y determinadas especies cinegéticas, y la reposición de marras del año de plantación.

No son elegibles los sondeos ni las instalaciones de bombeo, ni las actividades ejecutadas antes de la notificación de la resolución aprobatoria.

Quién puede ser beneficiario y qué terrenos entran

Titulares públicos y privados y sus asociaciones, comunidades de bienes, entidades locales y otros titulares de terrenos agrícolas y forestales y sus asociaciones.

Exclusión específica: no pueden ser beneficiarias las personas perceptoras de la ayuda a la jubilación anticipada en la actividad agraria (medida 113 del PDR 2007-2014).

Condiciones de admisibilidad de los terrenos

Solo son admisibles las forestaciones sobre terrenos agrícolas dedicados al cultivo de cereal o sobre terrenos forestales degradados con una Fracción de Cabida Cubierta procedente de árboles o matorral de porte arbóreo inferior al 20 %.

Quedan excluidas

  • Superficies continuas inferiores a 5 hectáreas. La excepción, importante: basta 1 hectárea en plantaciones de quercíneas micorrizadas con trufa o de especies nobles para producción de madera.
  • Especies de crecimiento rápido con turno de aprovechamiento de 8 a 12 años que, para el mismo terreno y acción, reciban ayudas del primer pilar de la PAC.
  • Cultivos energéticos, plantaciones de árboles de Navidad y árboles forestales de ciclo corto del código NC 0602 90 41.
  • Plantaciones que afecten negativamente a hábitats de interés comunitario del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Las especies admitidas figuran en el anexo III de la orden, adaptadas a los condicionantes medioambientales y climáticos de la zona.

Financiación y subcontratación

Las ayudas se encuadran en la submedida 8.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, con este reparto:

FuentePorcentaje
FEADER75 % de la ayuda concedida
Administración General del Estado7,5 %
Castilla-La Mancha17,5 %

La ayuda adopta la forma de reembolso de los costes subvencionables efectivamente incurridos y realmente abonados, conforme al artículo 67.1.a) del Reglamento (UE) 1303/2013.

Subcontratación

El beneficiario puede subcontratar total o parcialmente la actividad subvencionada, conforme al artículo 38.2 del Decreto 21/2008, con las reglas del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones sobre solicitud de ofertas.

Es una ayuda con horizonte largo —hasta doce anualidades— y con un condicionado técnico que obliga a trabajos concretos cada año. Antes de aceptar una forestación conviene tener claro que el compromiso de mantenimiento vincula la parcela durante más de una década.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Orden 178/2018, de 3 de diciembre, bases reguladoras de las ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales en el marco del PDR de Castilla-La Mancha 2014-2020 (DOCM de 11 de diciembre de 2018)Resolución de 30/06/2025, de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se publican los créditos disponibles para las primas anuales de compromisos vigentes — ficha de la BDNS

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