Prevención de daños y selvicultura en montes privados
45 millones para cinco años dirigidos al propietario forestal privado: cortafuegos, clareos, podas y trabajos que reduzcan el riesgo de incendio. Se paga por módulos, no por factura, y hay que puntuar en al menos tres criterios y sumar 12 puntos para entrar.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones forestales en régimen privado de Castilla y León que cumplan el artículo 6 de la orden de bases
- Cuánto se cobra
- Importes unitarios del anexo II de la orden de bases, aplicados por sistema de módulos o costes estándar
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con puntuación mínima de 12 puntos y en al menos tres criterios
- Presupuesto
- 45.000.000 € para un periodo de cinco años, en la aplicación 04.08.456A01.77065.0
- Organismo
- CASTILLA Y LEÓN. Código BDNS 883593.
Objeto
Ayudas al desarrollo rural para prevenir los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes, contribuyendo a la protección del medio ambiente y al freno del cambio climático.
Con 45 millones de euros, es la convocatoria forestal de mayor dotación de Castilla y León y una de las mayores del catálogo autonómico completo. Se concede por un periodo de cinco años, y son las órdenes anuales de pago las que fijan los importes de cada ejercicio.
Para un propietario forestal privado, esta es la línea de referencia. La escala del crédito y el horizonte plurianual permiten planificar la selvicultura de una finca a medio plazo en vez de ir año a año.
Quién puede solicitarla y cuánto se cobra
Titulares de explotaciones forestales en régimen privado que cumplan las características del artículo 6 de la orden de bases y ejecuten actuaciones conforme a sus artículos 7, 8 y 10.
Cómo se calcula el importe
La ayuda se calcula con los importes unitarios del anexo II de la orden de bases —artículo 12—, con independencia de que las actuaciones se justifiquen por el sistema de módulos o costes estándar, que es lo general, o por el sistema de facturas de costes reales, reservado a las entidades públicas.
Que el privado cobre por módulos y no por factura cambia la lógica del expediente: lo que determina el importe es la superficie y el tipo de trabajo declarados, no lo que finalmente cueste ejecutarlo. Si el trabajo se hace por debajo del módulo, el beneficio queda para el propietario; si se hace por encima, la diferencia la asume él.
Los importes tributan según proceda, por IRPF o Impuesto sobre Sociedades.
Cofinanciación
FEADER, Presupuestos Generales del Estado y Presupuestos de la Comunidad, en los porcentajes que fija el PEPAC de Castilla y León 2023-2027 y que se detallan en cada resolución de concesión del pago.
Cómo se selecciona
Concurrencia competitiva con los criterios del artículo 14 de la orden de bases, según los rangos de puntuación del anexo I de la convocatoria.
El doble umbral de acceso
Para que una solicitud sea seleccionada debe:
- Puntuar en al menos tres de los criterios, y
- Obtener una puntuación mínima igual o superior a 12 puntos.
Cumplir solo uno de los dos umbrales no basta. Una solicitud que consiga 20 puntos concentrados en dos criterios queda fuera igual que una que puntúe en cinco criterios pero sume 11. Al preparar el expediente hay que revisar la dispersión de la puntuación, no solo el total.
Todas las solicitudes se valoran, aunque por razones presupuestarias no haga falta ordenarlas.
Desempate, en cuatro escalones
- Tienen preferencia las solicitudes con menor importe total solicitado.
- Mayor puntuación parcial en cada criterio, en el orden en que están establecidos.
- Primero personas físicas, después personas jurídicas de derecho privado —con o sin personalidad jurídica— y por último entidades de derecho público.
- Entre personas físicas, las más jóvenes; entre personas jurídicas, las constituidas antes.
El primer criterio de desempate es contraintuitivo: pedir menos mejora la posición. En una solicitud ajustada, inflar el importe puede costar la ayuda entera.
Si se incumple un compromiso de los criterios
El órgano gestor rebaremaría la solicitud teniendo en cuenta solo los compromisos realmente satisfechos. Si con la nueva puntuación queda por debajo del mínimo o del umbral de priorización aplicado, la ayuda se deja sin efecto y lo percibido se califica como pago indebido, con la consiguiente exigencia de reintegro.
La regla de la solicitud que no se puede mejorar
Es la particularidad procedimental más importante de esta convocatoria y conviene tenerla muy presente.
Como la puntuación se obtiene del contenido de la propia solicitud, una vez finalizado el plazo no se permite ninguna modificación al alza de:
- Los apartados que contengan información usada para calcular los criterios de valoración.
- Los relativos al importe solicitado.
Y hay más: no cumplimentar un apartado equivale a declarar que el dato no existe o que no se desea que sea valorado.
No hay subsanación que recupere puntos. Un campo dejado en blanco por descuido es un criterio perdido de forma definitiva, y perder un criterio puede hacer caer la solicitud por debajo del umbral de tres. Antes de firmar, hay que repasar apartado por apartado que todo lo que puntúa está consignado.
Tramitación y Red Natura 2000
- Vía: exclusivamente telemática, desde el registro electrónico de la Junta, a través de la aplicación SCAG —Programa informático para la gestión de solicitudes de ayuda y otros procedimientos no específicos, Orden AYG/837/2009—.
- Destinatario: el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia donde estén los terrenos.
- Plazo: cerró el 20 de marzo de 2026.
- Hace falta DNI electrónico o certificado reconocido por la Administración autonómica.
La falta del mensaje de confirmación, o un mensaje de error o deficiencia de transmisión, implica que la presentación no se ha producido: hay que repetirla.
Evaluación ambiental
Las actuaciones deben ser evaluadas en sus afecciones a la Red Natura 2000 y a otros aspectos ambientales (art. 7.6 de la orden de bases), conforme a la Declaración de la Autoridad Responsable del seguimiento de la Red Natura 2000 de 27 de abril de 2015. Las actuaciones que se ajusten al condicionado establecido se resuelven por esa vía sin trámite adicional.
Inspecciones
La Dirección General competente puede solicitar la documentación que considere oportuna y realizar cuantas inspecciones estime necesarias para comprobar que solicitantes y terrenos se ajustan a las condiciones exigidas.
Normativa
Orden de bases reguladoras publicada en el BOCYL núm. 250, de 30 de diciembre de 2025.
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Orden de convocatoria de 26 de enero de 2026, texto íntegro publicado en la BDNSOrden de bases reguladoras (BOCYL núm. 250, de 30/12/2025)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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