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Plazo abiertoFinanciaciónCataluña

Préstamos en condiciones preferentes para inversión y desarrollo industrial

Préstamo del ICF a euríbor más 2 % con hasta dos puntos bonificados por la Generalitat, diez años de plazo y dos de carencia. La ventanilla está abierta hasta febrero de 2028 con 95 millones de euros disponibles, pero el proyecto tiene que llegar a 250.000 € en pyme o a un millón en gran empresa.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas industriales y de servicios a la producción con sede social u operativa en Cataluña, o de nueva implantación, con CCAE incluido en el anexo 2 de las bases. Las de servicios a la producción deben acreditar que la industria supone más del 50 % de su cifra de negocio
Cuánto se cobra
La ayuda es la bonificación de hasta el 2 % del tipo de interés. El préstamo va de 200.000 € en pyme y 800.000 € en gran empresa hacia arriba, y no puede superar el 80 % de la inversión
Procedimiento
Ventanilla abierta: se resuelve según entran las solicitudes hasta agotar el presupuesto. La Dirección General de Industria emite un dictamen de elegibilidad industrial antes de que el ICF formalice el préstamo
Presupuesto
95.000.000 € de préstamos disponibles en esta convocatoria, dentro de un convenio con el ICF con techo global de 300.000.000 € para el conjunto de convocatorias
Organismo
CATALUÑA. Código BDNS 810260.

Las condiciones financieras

No es una subvención a fondo perdido: lo que subvenciona la Generalitat es el coste de los intereses de un préstamo que concede el Instituto Catalán de Finanzas.

CondiciónDetalle
Tipo de interésEuríbor a 12 meses + 2 %, con una bonificación de hasta 2 puntos. Excepcionalmente puede subir hasta euríbor + 2,95 % según la situación económico-financiera de la empresa, manteniendo la misma bonificación
Alternativa a tipo fijoEl ICF puede ofrecer un fijo mínimo equivalente del 2,75 %, solo si la empresa lo pide expresamente y acepta que cancelar antes puede implicar costes de ruptura del swap
ImporteMínimo 200.000 € en pyme y 800.000 € en gran empresa. Nunca más del 80 % de la actuación: el 20 % restante lo pone la empresa
PlazoHasta 10 años, con hasta 2 de carencia de capital incluidos en ese plazo. Amortización por trimestres vencidos
ComisionesApertura máxima del 0,50 % y amortización anticipada del 0,5 %. Interés de demora: el vigente más 6 puntos
GarantíasLas que el ICF considere suficientes

Si el euríbor está por debajo de cero, no se descuenta del diferencial: el tipo aplicable es directamente el diferencial pactado. Y las inversiones elegibles hay que mantenerlas hasta que el préstamo esté completamente amortizado, un compromiso más largo que el habitual de tres o cinco años.

El desembolso puede ser de una vez o en partes, durante un máximo de 24 meses, contra facturas o informes de auditoría. No se aceptan inversiones posteriores a los 24 meses desde la solicitud.

Qué proyectos entran

El umbral de entrada es de 250.000 € de gasto en pyme y 1.000.000 € en gran empresa, y el proyecto tiene que encajar en una de estas tres tipologías:

5.1 Digitalización industrial

Aplicación de tecnologías de Industria 4.0: big data, robótica cooperativa, simulación, integración de sistemas en la cadena de valor, internet de las cosas, ciberseguridad, gestión en la nube, fabricación aditiva o realidad aumentada. Puede incluir consultoría y actuaciones de I+D.

5.2 Inversión industrial de impacto significativo

Aquí está la exigencia menos evidente: el proyecto debe tener impacto cierto, cuantificable y medible en al menos tres de estos siete aspectos.

  • Nueva implantación que genere 100 puestos de trabajo en tres años.
  • Incremento sostenido de la capacidad productiva respecto al año anterior.
  • Creación o mantenimiento de empleo, con compromiso de no aplicar ningún despido por causas objetivas en tres años.
  • Dinamización de la cadena de valor: acreditar que más del 50 % de los proveedores de componentes, utillajes y materias primas tendrán sede operativa en Cataluña.
  • Reequilibrio territorial: inversión fuera del Barcelonès, el Baix Llobregat y el Vallès Occidental.
  • Reindustrialización de instalaciones en cierre o deslocalización.
  • Procesos orientados a prevención de residuos, reutilización, remanufactura y reciclaje.

5.3 Transformación de la automoción

Proyectos incluidos en los objetivos del Plan de apoyo a la industria de la automoción y la movilidad, que cuenten con una diagnosis orientando la actividad hacia nuevas oportunidades de negocio. También admite I+D.

Qué no financia

Son elegibles los activos materiales e inmateriales y la subcontratación directamente vinculada al proyecto. Fuera quedan, con nombre y apellidos:

  • La adquisición de inmuebles y sus gastos asociados: notaría, impuestos y similares.
  • Reformas de espacios no vinculados a la actividad productiva: oficinas, salas de conferencias, espacios comerciales, vestuarios o embellecimiento exterior.
  • La compra de vehículos, salvo en las empresas de servicios a la producción.
  • El mobiliario, excepto el de laboratorio.
  • Las inversiones de reposición o simple sustitución de equipos y maquinaria, salvo que la nueva sea distinta por tecnología o rendimiento, y aun así solo en los proyectos de reequilibrio territorial y de reindustrialización.

Requisitos financieros que descartan de entrada

Además de los habituales —al corriente con Hacienda y Seguridad Social, cuota del 2 % de discapacidad con 50 o más trabajadores, plan de igualdad con más de 250, prevención de riesgos, política lingüística—, esta línea añade dos filtros propios de una operación de crédito:

  • No tener incidencias en el RAI ni en la ASNEF, ni incidencias judiciales, ni fondos propios negativos.
  • No ser empresa en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014.

La tramitación tiene dos puertas: la Generalitat valora la elegibilidad industrial del proyecto mediante dictamen de la Dirección General de Industria, y el ICF decide la operación de riesgo. Pasar la primera no garantiza la segunda: un proyecto industrialmente impecable puede quedarse sin préstamo por perfil financiero.

La solicitud es electrónica, con el formulario normalizado disponible en el apartado Trámites de la web de la Generalitat y en Canal Empresa.

Cierra en24 de febrero de 2028

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Texto oficial

Convocatoria 2025-2028 de la línea de préstamos, texto en castellano en la BDNSBases reguladoras, Orden EMC/228/2020, de 22 de diciembre (DOGC núm. 8304, de 28.12.2020)Instituto Catalán de Finanzas (ICF), que formaliza el préstamo

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