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POSEI: reposición en vacuno de leche con novillas nacidas en Canarias

1.000 € por novilla nacida en Canarias que entre en la reposición del rebaño lechero. Se cobra una sola vez por animal, a partir de su primer parto, y con un techo del 40 % del censo de reproductoras al año.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Ganaderos titulares de explotaciones de vacuno de leche inscritas en el REGAC que destinen a reposición novillas nacidas en explotaciones ganaderas de Canarias
Cuánto se cobra
1.000 € por cabeza, una única vez por animal a partir de su primer parto
Procedimiento
Convocatoria anual por campaña
Presupuesto
200.000 €
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 921968.

Objeto y cuantía

Es la subacción III.2.5 del POSEI, dentro de la Acción III.2 de apoyo al sector vacuno. Busca incrementar el porcentaje de animales de origen local en la reposición del ganado vacuno de leche: en vez de importar novillas, criarlas en la isla.

ConceptoImporte
Ayuda por cabeza1.000 €

Se concede una única vez por animal, a partir de su primer parto. El parto se acredita mediante consulta al RIIA, sin que el ganadero tenga que aportar nada.

Mil euros por novilla es de los importes unitarios más altos del POSEI ganadero. Con 200.000 € de crédito, la línea da para unas 200 cabezas en todo el archipiélago: es pequeña y conviene solicitarla el primer día de plazo.

Qué animales cuentan

La ayuda es para vacas de razas de producción lechera nacidas en el archipiélago que hayan parido por primera vez entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y que cumplan una de estas dos condiciones:

  • Que su ascendencia tenga una producción media mínima de 6.000 kg de leche por lactación —o 4.500 kg en el caso de las razas Jersey o Guernsey—.
  • O que dispongan de certificado genealógico emitido por la asociación reconocida oficialmente para la llevanza del libro genealógico de la raza.

El límite del 40 %

Se establece un límite de reposición anual del 40 % del censo de reproductoras de cada explotación. Por encima de esa proporción no se paga, por muchas novillas propias que entren.

Es un tope generoso —la tasa de reposición habitual en vacuno de leche ronda el 25-30 %—, pero conviene calcularlo antes de solicitar si la explotación está en expansión o acaba de renovar el rebaño de golpe.

Requisitos del titular y documentación

  • Ser titular de una explotación de vacuno correctamente inscrita y actualizada en el REGAC.
  • Tener los animales inscritos en el RIIA (Registro de Identificación Individual de Animales).
  • Tener inscrita la notificación de los movimientos de bovinos en el REMO.
  • Cumplir los requisitos legales, sanitarios, de salud pública, de bienestar animal, identificación animal, condicionalidad y medioambientales.
  • Cumplir la condición de agricultor activo durante la campaña 2026.

Documentación

  • Certificación bancaria de titularidad de la cuenta, salvo que ya se aportara con posterioridad a la campaña 2020 —en cuyo caso hay que especificar en qué campaña se presentó—.
  • Certificado zootécnico (genealógico) del animal, emitido por la asociación oficialmente reconocida para el libro genealógico de la raza.

Hay una excepción al certificado: las novillas nacidas de la gestación habida en el momento de la importación de animales con certificado zootécnico oficial y ascendencia superior a 6.000 kg por lactación (4.500 kg en Jersey o Guernsey) quedan exentas. En ese caso hay que aportar el certificado zootécnico de la madre con la lactación de la abuela, o indicar la fecha de aquella importación al amparo de la Acción III.1 del POSEI.

Ese enlace con la Acción III.1 —suministro de animales reproductores— es la razón de ser del programa: el POSEI paga primero por importar el reproductor de calidad y después por que su descendencia se quede en la isla. Si el cliente cobró la III.1 hace unos años, es muy probable que hoy tenga novillas subvencionables por esta vía.

Plazo y presupuesto

Plazo: solicitudes en forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, con modelo normalizado, entre el 1 y el 15 de octubre de 2026, ambos inclusive.

Coincide con el primer plazo de la ayuda a la producción de reproductores de porcino (Acción III.7): la Consejería concentra en la primera quincena de octubre las convocatorias ganaderas de reposición.

Presupuesto y normativa

200.000 €, coincidentes con la BDNS, con cargo al FEAGA.

La convocatoria es la Orden n.º 104/2026, de 28 de julio, y se rige por el POSEI y por la Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC n.º 233, de 4/12/2017).

Conviene manejarla junto con las otras piezas del POSEI vacuno, que se convocan por separado: las primas por nacimiento y sacrificio de las subacciones III.2.1 a III.2.3 (4.880.000 €) y la ayuda a la producción láctea de vacuno de la Acción III.4 (13.420.000 €). Una explotación lechera puede concurrir a las tres en el mismo ejercicio.

Como el resto de ayudas directas del POSEI, el pago exige la verificación previa de las condiciones de admisibilidad mediante los controles administrativos y sobre el terreno del artículo 65.2 del Reglamento (UE) 2021/2116.

Plazo15 de octubre de 2026

47 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Orden n.º 104/2026, de 28 de julio, de convocatoria, texto completo en la BDNSBases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC n.º 233 de 04/12/2017Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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