POSEI: ayuda por superficie a los productores de papa de mesa
1.240 € por hectárea de papa de mesa, que suben a 1.700 € si el productor está agrupado en una OPFH, más un 10 % adicional para el joven agricultor recién instalado. La superficie mínima para entrar es de 1.000 m², así que alcanza a explotaciones muy pequeñas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones de papa de mesa en Canarias con al menos 1.000 m² de superficie, con las parcelas identificadas en SIGPAC y condición de agricultor activo
- Cuánto se cobra
- 1.240 €/ha de ayuda básica; 1.700 €/ha para productores agrupados; +10 % para jóvenes agricultores instalados con el PEPAC
- Procedimiento
- Convocatoria anual por campaña, con dos plazos según el periodo de siembra
- Presupuesto
- 3.392.000 €
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 869169.
Cuánto se cobra
Es la subacción I.4.1 de la Acción I.4 del POSEI, «Ayuda a los productores de papa de mesa». Paga por hectárea, con estos importes unitarios máximos:
| Concepto | Importe máximo |
|---|---|
| Ayuda básica | 1.240 € / hectárea |
| Complemento para productores agrupados | 1.700 € / hectárea |
| Complemento por joven agricultor | +10 % sobre lo que corresponda |
El complemento del 10 % se abona a quien haya percibido la ayuda a la instalación de jóvenes agricultores (intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores, y mantenga esa condición en 2026.
El salto de 1.240 a 1.700 €/ha por estar agrupado es de un 37 %. Para una explotación de tamaño medio, esa diferencia justifica por sí sola el trabajo de integrarse en una OPFH. Es la palanca de valor más clara de toda la línea.
Qué superficie entra
Es subvencionable la superficie productiva ubicada en Canarias dedicada al cultivo de papa de mesa, en sus cosechas extratemprana, de media estación y tardía.
La convocatoria define dos periodos de siembra:
- Primer periodo: siembra entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de mayo de 2026.
- Segundo periodo: siembra entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2026.
El intervalo entre siembra y recolección debe durar como mínimo 4 meses.
Usos SIGPAC admisibles
- TA (tierras arables) y TH (huerta).
- FY (frutales), CI (cítricos) y FS (frutos secos), con incidencia 49.
- VI (viña), con incidencia 111.
- En recintos en asociación con otros cultivos en producción se admite el 50 % de la superficie válida del recinto.
- También son admisibles los elementos del paisaje integrados con incidencia 116 en esos recintos.
Requisitos
- Ser titular de una explotación de papa de mesa ubicada en Canarias, en la que se realicen las labores habituales de cultivo, incluida la recolección.
- Que la superficie sea igual o superior a 1.000 m².
- Que las parcelas y recintos estén identificados en SIGPAC, referenciados a la última actualización publicada en el momento de solicitar y con usos e incidencias admisibles.
- Cumplir la condición de agricultor activo durante la campaña 2026.
Requisito extra para cobrar el complemento de agrupados
Hay que estar afiliado a una OPFH (Organización de Productores de Frutas y Hortalizas) o a una Agrupación de Productores de papas de consumo no destinadas a la industria feculera, reconocidas por la Viceconsejería de Sector Primario, y figurar como productor de papa de mesa en un programa de producción y comercialización de la Acción I.1 del POSEI. Eso obliga además a:
- Entregar la totalidad de la producción de papa de mesa.
- Alcanzar un rendimiento mínimo de 5.000 kg/ha, salvo casos debidamente justificados a juicio del órgano instructor.
Ese umbral de rendimiento es la trampa del complemento: no basta con afiliarse, hay que producir. Conviene comprobar el rendimiento histórico de la explotación antes de comprometer la entrega total de la cosecha.
Plazos, pago y presupuesto
Las solicitudes se presentan telemáticamente en la sede electrónica de la Consejería, con modelo normalizado, y hay dos ventanas distintas:
- Siembras del primer periodo: 45 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.
- Siembras del segundo periodo: del 1 al 30 de junio de 2026.
La solicitud se formula al amparo del artículo 106.1 del Real Decreto 1048/2022 como «declaración gráfica»: la Consejería precarga la información de que dispone y el solicitante la firma o la modifica.
Presupuesto: 3.392.000 €, coincidentes con la BDNS, financiados por el FEAGA. La cuantía puede modificarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.
El plazo de resolución no puede superar el plazo máximo de pago del artículo 36.b) del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 180/2014. El trámite de audiencia y la resolución se notifican por publicación en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Comunidad Autónoma. Como toda ayuda directa del POSEI, el pago exige la verificación previa de las condiciones de admisibilidad mediante los controles administrativos y sobre el terreno del artículo 65.2 del Reglamento (UE) 2021/2116.
Cierra hoy
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
Estudia mi casoGratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h
Texto oficial
Orden n.º 160/2025, de 14 de noviembre, de convocatoria de la campaña 2026, texto completo en la BDNSBases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC n.º 233 de 04/12/2017Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
70.000 €
Joven agricultor de Galicia, en Primera instalación de jóvenes agricultores. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.