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POSEI: ayuda al consumo humano de carne fresca de origen local

Entre 96 y 300 € por tonelada de peso canal según la especie, más un pago por cabeza en caprino y ovino. No cobra el ganadero por criar: cobra quien es propietario de las canales a la salida del matadero, y el plazo es una ventana de diecisiete días en enero.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Propietarios de canales de carne a la salida del matadero, por animales sacrificados en mataderos autorizados de Canarias
Cuánto se cobra
144 €/t bovino, 300 €/t porcino y conejo, 300 €/t caprino-ovino más 8,40 €/cabeza caprina y 22,80 €/cabeza ovina (28,80 € para la oveja canaria de pelo), 96 €/t pollo y gallina
Procedimiento
Convocatoria anual por campaña
Presupuesto
2.685.520 €
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 870613.

Cuánto se cobra por especie

Es la Acción III.5 del POSEI, de fomento del consumo de carne de origen local. Se convocan cinco subacciones a la vez, cada una con su propia dotación y su propio importe unitario:

SubacciónImporte unitarioDotación
III.5.1 Carne de bovino144 € / tonelada de peso canal300.000 €
III.5.2 Carne de porcino300 € / tonelada de peso canal1.392.000 €
III.5.3 Carne de conejo300 € / tonelada de peso canal46.500 €
III.5.4 Carne de caprino-ovino300 € / tonelada de peso canal más 8,40 € por cabeza caprina y 22,80 € por cabeza ovina sacrificada660.000 €
III.5.5 Carne de pollo y gallina96 € / tonelada de peso canal287.020 €

Hay una excepción al alza: para la oveja de la raza canaria de pelo se abonan 28,80 € por cabeza sacrificada en lugar de 22,80 €, además de la cuantía por peso canal.

El porcino se lleva más de la mitad del crédito y triplica el importe unitario del bovino. Y el diferencial de la oveja canaria de pelo obliga a un trámite extra —la certificación de raza autóctona— que solo compensa si el rebaño es de esa raza; conviene comprobarlo antes de descartar el papeleo.

Quién cobra y qué carne cuenta

Pueden acogerse los propietarios de canales de carne a la salida del matadero. Para acreditar esa propiedad hay que aportar documentación de sacrificio emitida por el matadero en la que el solicitante figure como titular.

Son admisibles las cantidades de carne sacrificada durante el año 2025 en mataderos autorizados de Canarias, de las especies vacuna, porcina, cunícola, caprina, ovina, pollo y gallina. Las cantidades se refieren al peso en canal y, en su caso, a la cabeza sacrificada.

El punto que suele confundir: la ayuda no premia al criador, sino a quien ostenta la titularidad de la canal en el matadero. Si el ganadero vende el animal vivo, la ayuda se la queda el comprador. Merece la pena revisar en qué punto de la cadena se transmite la propiedad, porque puede cambiar de manos varios cientos de euros por tonelada.

Documentación

  • Certificación bancaria de titularidad de la cuenta, salvo que ya se aportara con posterioridad a la campaña 2020.
  • Documentación del matadero con titularidad de las canales, explotaciones de origen, número de identificación reglamentario, fecha de sacrificio y peso en canal.
  • Para la oveja canaria de pelo, certificación de una entidad autorizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el uso del logotipo de raza autóctona, con número de animales, peso e identificación animal.

Plazo, pago y presupuesto

Plazo: las solicitudes se presentan por medios electrónicos en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, con modelo normalizado, del 15 al 31 de enero de 2026, ambos inclusive, indicando el peso total de las canales y el número de cabezas por especie.

Diecisiete días naturales en la primera quincena hábil del año. Es una de las convocatorias con la ventana más estrecha del calendario agrario canario: hay que tener la documentación del matadero pedida en diciembre, no en enero.

Nomenclatura: la orden habla de la «campaña 2025» porque se refiere a la carne sacrificada durante 2025, pero se solicita y se paga en 2026. No son dos convocatorias distintas.

Presupuesto: 2.685.520 €, suma exacta de las cinco subacciones y coincidentes con la BDNS. Se financian con cargo al FEAGA.

Cuándo se cobra: conforme al artículo 44.2 del Reglamento (UE) 2021/2116, los pagos de las ayudas directas del POSEI se efectúan como muy pronto el 1 de diciembre y a más tardar el 30 de junio del año natural siguiente. Y solo pueden efectuarse una vez verificadas las condiciones de admisibilidad mediante los controles administrativos y sobre el terreno del artículo 65.2 del mismo Reglamento.

Plazo31 de enero de 2026

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Texto oficial

Orden n.º 172/2025, de 21 de noviembre, de convocatoria, texto completo en la BDNSBases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC n.º 233 de 04/12/2017Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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