POSEI: producción y comercialización de cochinilla DOP
32 € por kilo de cochinilla si el productor es agricultor profesional, la mitad si no lo es. Duplicar la ayuda depende solo de acreditar esa condición, y la convocatoria abarca dos campañas de golpe.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones de tuneras destinadas a la producción de cochinilla inscritas en la DOP «Cochinilla de Canarias» que hayan comercializado producción propia en las campañas 2024 y 2025
- Cuánto se cobra
- 32 €/kg para el agricultor profesional y 16 €/kg para el resto de productores
- Procedimiento
- Convocatoria conjunta para las campañas 2024 y 2025
- Presupuesto
- 14.848 € por campaña, según el texto de la orden; la BDNS registra 14.848 €
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 906903.
Cuánto se cobra
Es la Acción III.13 del POSEI. Subvenciona las cantidades de cochinilla —el insecto Dactylopius coccus— obtenidas en Canarias y comercializadas en las campañas 2024 y 2025. A estos efectos la campaña de comercialización coincide con el año natural.
| Productor | Importe por kilo |
|---|---|
| Agricultor profesional según el artículo 2.5 de la Ley 19/1995 de Modernización de las Explotaciones Agrarias | 32 €/kg |
| Resto de productores | 16 €/kg |
La ayuda se duplica por acreditar la condición de agricultor profesional. Es el punto que hay que trabajar con el cliente antes de nada: en una producción modesta la diferencia entre 16 y 32 €/kg puede superar con creces el coste de ordenar la documentación que acredita esa condición. Ojo, además, a que la ayuda incrementada exige cumplir el requisito en la campaña por la que se pide, no en el momento de solicitar.
Requisitos
- Ser titular de una explotación de tuneras (Opuntia spp) destinada a la producción de cochinilla, inscrita en la DOP «Cochinilla de Canarias».
- Haber comercializado cochinilla DOP procedente de la propia explotación en las campañas 2024 y 2025.
- Tener las parcelas y recintos en producción identificados en SIGPAC (art. 68 del Reglamento (UE) 2021/2116), referenciados a la última actualización publicada en el momento de solicitar.
- Cumplir la condición de agricultor activo durante las campañas 2024 y 2025.
- Para la ayuda incrementada, cumplir además los requisitos de agricultor profesional.
Superficies admisibles
Los recintos con uso SIGPAC FY (Frutales), más los elementos del paisaje integrados con incidencia 116 en esos recintos.
Documentación
- Certificación bancaria de titularidad de la cuenta.
- Acreditación de la representación, si se actúa por medio de representante.
- En su caso, solicitud de modificación de datos del SIGPAC conforme a la Orden de 11 de noviembre de 2005.
- Declaración responsable de la condición de agricultor activo en las campañas 2024 y 2025, con modelo normalizado.
- Facturas de venta con detalle de la moneda en que se emiten, para acreditar la comercialización.
El detalle de la moneda en las facturas no es un capricho administrativo: buena parte de la cochinilla canaria se vende a la exportación, y una factura en dólares sin ese detalle es un motivo de subsanación evitable.
Plazo, presupuesto y contexto
Plazo: solicitudes por medios electrónicos en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, con modelo normalizado, en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.
Presupuesto
El texto de la orden asigna 14.848 € para cada campaña, con cargo al FEAGA, y añade que esas cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea. La ficha de la BDNS consigna 14.848 €, que se corresponde con una sola campaña; al convocarse dos, el importe agregado de la orden asciende a 29.696 €.
Es la línea más pequeña del POSEI canario, pero también una de las de mayor importe unitario. La cochinilla es un cultivo residual —prácticamente limitado a Lanzarote y a algunas zonas de Gran Canaria— que sobrevive por su valor como colorante natural (ácido carmínico) en alimentación y cosmética. Para un productor con DOP, 32 €/kg sobre una producción de unos pocos cientos de kilos es una parte apreciable de la renta de la explotación.
Normativa
Convocatoria: Orden n.º 65/2026, de 19 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria. Se rige por el POSEI y por la Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC n.º 233, de 4/12/2017), bases reguladoras comunes del programa.
Como el resto de ayudas directas del POSEI, el pago exige la verificación previa de las condiciones de admisibilidad mediante los controles administrativos y sobre el terreno del artículo 65.2 del Reglamento (UE) 2021/2116.
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Texto oficial
Orden n.º 65/2026, de 19 de mayo, de convocatoria, texto completo en la BDNSBases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC n.º 233 de 04/12/2017Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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