PIOEMP — planes de igualdad en empresas de 10 a 49 personas
Hasta 3.000 € para elaborar e implantar un plan de igualdad en una empresa de entre 10 y 49 personas. No hay baremo: se concede por orden de llegada hasta agotar los 125.000 €, lo que da para unas 41 empresas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas con sede social, domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana y una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras
- Cuánto se cobra
- Hasta 3.000 € por empresa, una única subvención por beneficiaria
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con orden de prelación determinado exclusivamente por la fecha de presentación
- Presupuesto
- 125.000 €, línea S1747 del programa 323A00
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 895295.
Objeto
Financia la elaboración e implantación de un plan de igualdad en empresas del tramo de 10 a 49 personas trabajadoras, que es justo el que la Ley obliga a tener plan pero no suele disponer de departamento de recursos humanos para redactarlo.
Las bases son la Resolución de 8 de septiembre de 2025 (DOGV 10192, de 11 de septiembre de 2025).
Detalle que la convocatoria corrige expresamente: las bases fijaban la ejecución y justificación hasta el 30 de noviembre de 2025. Al tratarse de la convocatoria de 2026, la resolución actualiza ese plazo al 30 de noviembre de 2026, amparándose en el artículo 166.p de la Ley 1/2015. Manda la fecha de la convocatoria, no la de las bases.
Quién queda excluido de entrada
Las empresas de 10 a 49 personas que ya tengan elaborado y registrado un plan de igualdad con anterioridad al 1 de enero de 2025, hayan recibido o no ayuda pública para ello. La subvención es para quien todavía no lo tiene.
Beneficiarios y requisitos
- Plantilla de entre 10 y 49 personas en el momento de presentar la solicitud, computada según el artículo 3 del Real Decreto 901/2020.
- Haber firmado el compromiso para la implantación del plan de igualdad.
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro público correspondiente.
- Ejercer la actividad y tener el domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Las dos exclusiones por sanción
- No haber sido sancionada por resolución firme en materia de seguridad y salud laboral con una infracción muy grave o más de dos graves en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.
- No haber sido sancionada, por resolución administrativa o sentencia firmes, por ejercer o tolerar prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o de género, ni estar cumpliendo o pendiente de cumplir sanción o condena por ese motivo.
Quien esté en esa segunda situación puede volver a ser beneficiaria si ha cumplido la sanción o la condena y ha elaborado, cuando sea exigible, un plan de igualdad conforme a la legislación vigente.
Todos los requisitos se acreditan inicialmente por declaración responsable en el formulario de solicitud, sin perjuicio de que después se requiera la documentación.
Cuantía y cómo se reparte
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Importe máximo por empresa | 3.000 € |
| Subvenciones por beneficiaria | una sola |
| Crédito total | 125.000 € |
No hay baremo ni memoria que puntúe. La adjudicación sigue un orden de prelación determinado exclusivamente por la fecha de presentación, siempre que la solicitud esté debidamente cumplimentada, acompañada de toda la documentación y cumpla los requisitos, hasta agotar el crédito. Con 125.000 € y 3.000 € por empresa, entran unas 41 empresas. Presentar el primer día es toda la estrategia.
A efectos de minimis se considera una única empresa el grupo que tenga alguno de los vínculos del artículo 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831.
Compatibilidad
Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier administración o entidad, pública o privada. El límite es que el conjunto no supere el coste del programa a desarrollar.
Las ayudas de minimis pueden acumularse con las de los reglamentos de servicios de interés económico general, del sector agrícola y del sector de la pesca, hasta el límite del artículo 3.2 del Reglamento 2023/2831.
Plazos, justificación y obligaciones
El plazo, ampliado por un error del propio trámite
El plazo inicial era de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV, que se produjo el 27 de marzo de 2026 (DOGV 10331), y terminaba el 21 de abril.
El 31 de marzo se publicó una corrección de errores que sustituía el enlace al procedimiento telemático, que era incorrecto e impidió a las empresas acceder al trámite durante varios días. Por eso la Conselleria amplió de oficio el plazo 7 días hábiles más, hasta el 30 de abril de 2026, al amparo del artículo 32 de la Ley 39/2015, que permite ampliar como máximo la mitad del plazo inicial.
Contra esa resolución de ampliación no cabe recurso.
Ejecución y justificación
La ejecución del plan y la presentación de la justificación pueden realizarse hasta el 30 de noviembre de 2026. La justificación debe contener al menos:
- Memoria económica justificativa del coste, según el modelo del anexo III, con relación clasificada de gastos —acreedor, documento, importe, fecha de emisión y de pago— y las facturas.
- Documentación de la solicitud de inscripción en el Registro de Planes de Igualdad.
- El diagnóstico realizado previamente a la elaboración del plan.
- El plan de igualdad diseñado.
Incumplir el plazo de ejecución o de justificación puede dejar la ayuda sin efectos, con reintegro e intereses de demora desde el pago.
Pago
El pago se efectúa después de justificar la elaboración del plan —y en su caso las actuaciones de implantación—, por transferencia a una cuenta titularidad de la beneficiaria, y previa comprobación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Otras obligaciones
- Mantener un sistema de contabilidad diferenciado, o al menos una codificación contable que permita identificar las transacciones y su trazabilidad.
- Comunicar otras ayudas obtenidas antes de justificar.
- Incorporar de forma visible el logotipo de la conselleria competente en igualdad en las actividades subvencionadas y en cualquier relación con terceros.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
Estudia mi casoGratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h
Texto oficial
Texto completo de la convocatoria PIOEMP 2026 en castellano, publicado en la BDNSResolución que amplía el plazo de presentación hasta el 30 de abril de 2026Diari Oficial de la Generalitat ValencianaUn caso parecido
16.000 €
Empresa de Madrid, en Mentoring de la Agencia para el Empleo de Madrid. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.