Integración sociolaboral en empresas de inserción
12.846,13 € al año por cada persona en situación de exclusión contratada a jornada completa, más el técnico de apoyo sociolaboral, el personal de apoyo productivo, la gerencia y los gastos de puesta en marcha. Todas las empresas que cumplen requisitos cobran al menos la mitad de lo pedido.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de inserción calificadas con carácter definitivo por LABORA e inscritas en el registro administrativo de la Comunitat Valenciana
- Cuánto se cobra
- 12.846,13 € por puesto y año, 3.500 € por técnico de apoyo, 2.500 € por apoyo productivo, 50 % del SMI por la gerencia y 500 € de puesta en marcha
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con un 50 % de lo solicitado garantizado a toda solicitud válida
- Presupuesto
- 2.860.000 € en la convocatoria, ampliados a 3.080.000 € por resolución posterior. La BDNS publica 1.535.600 €: ver la nota sobre el presupuesto
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 904191.
Objeto
Financia el sobrecoste de emplear a personas en exclusión social en una empresa de inserción: el puesto de la persona, el técnico que la acompaña, el personal de apoyo productivo, la gerencia y los gastos de arranque de la empresa.
Las bases son la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad (DOGV de 13 de marzo de 2026), que además atribuye a las empresas de inserción valencianas la ejecución del servicio de reintegración en el mercado laboral de grupos vulnerables.
La convocatoria cubre los programas del apartado II de las bases excepto la subvención a la creación de nuevos puestos vinculados a inversión fija, que va por convocatoria separada.
Sobre el presupuesto. El texto de la convocatoria fija 2.860.000 €, y una resolución posterior de ampliación de créditos lo eleva a 3.080.000 € con 220.000 € adicionales del SEPE. La ficha de la BDNS publica 1.535.600 €, poco más de la mitad. No hemos encontrado en el expediente ninguna explicación de esa diferencia, así que damos las tres cifras y la fuente de cada una.
Beneficiarios
Empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana, calificadas con carácter definitivo por LABORA e inscritas en el registro administrativo correspondiente, que contraten a personas expuestas a factores de vulnerabilidad o exclusión social.
La calificación definitiva es la puerta de entrada. Si aún no se tiene cuando se abre el plazo general, la convocatoria abre una ventana propia: un mes desde la calificación, con tope el 31 de octubre de 2026.
Hay que cumplir los requisitos generales de la base quinta, los específicos de empresas de inserción de la base decimoctava y las obligaciones de las bases sexta y decimonovena.
Acreditación de la exclusión social
Además del contrato de trabajo, hay que aportar el Acuerdo de Incorporación sociolaboral, presentado e inscrito como anexo al contrato, y la acreditación de la situación de exclusión. En caso de bajas, el informe previo a la extinción del contrato.
Cuantía
| Concepto | Cuantía 2026 |
|---|---|
| Puesto de persona en exclusión, creación o mantenimiento | 12.846,13 € anuales por trabajador a jornada completa |
| Personal técnico de apoyo sociolaboral | hasta 3.500 € anuales por cada persona en exclusión contratada |
| Personal de apoyo a la actividad productiva | hasta 2.500 € anuales por cada persona en exclusión a jornada completa |
| Gerencia | hasta el 50 % del SMI de 2026 con la parte proporcional de dos pagas extra, por contratación a jornada completa todo el período |
| Puesta en marcha | hasta el 50 % del coste del servicio, con un máximo de 500 € anuales por cada persona en exclusión contratada |
Los módulos de las tres primeras líneas están fijados en informe técnico de 13 de marzo de 2026.
Reglas de cálculo
- Todas las cuantías se reducen proporcionalmente en contratos de menos de doce meses o a jornada parcial, con la jornada mínima de la base vigesimosegunda.
- Las ayudas al técnico de apoyo sociolaboral y al personal de apoyo productivo no pueden superar el 100 % del coste salarial real de esa persona.
- Los gastos de puesta en marcha deben estar realizados y pagados durante 2026, y solo se pueden disfrutar durante los tres primeros años de funcionamiento desde la calificación definitiva.
- Las ratios mínimas de personal técnico y de apoyo respecto a personas en inserción están en las bases reguladoras: incumplirlas deja la ayuda fuera.
Régimen de ayudas
Son ayudas de minimis. Cuando una empresa de inserción supera los 750.000 € concedidos como minimis en cualquier período de tres años, las ayudas pasan a acogerse a la Decisión (UE) 2025/2630 de servicios de interés económico general, con obligaciones adicionales de cálculo de la compensación.
Cómo se reparte y cómo se puntúa
Es concurrencia competitiva, pero con un mecanismo que evita el todo o nada:
- Se bareman las solicitudes y se ordenan por puntuación.
- A todas las solicitudes que cumplen requisitos se les garantiza el 50 % del importe solicitado —o un porcentaje inferior si la dotación no alcanza ni para eso—.
- El resto de la dotación se reparte hasta el 100 % de lo solicitado, por orden de puntuación de mayor a menor, hasta agotar el crédito.
Si la dotación llega para todas las solicitudes, no se baremea: se conceden directamente las cuantías que correspondan. La puntuación solo entra en juego cuando falta dinero, y entonces decide la mitad superior de la ayuda, no la ayuda entera.
Los tres criterios
Se miden a 1 de enero del año de la convocatoria, o en la fecha de calificación definitiva si es posterior.
Criterio 1 — peso de las personas en exclusión sobre la plantilla
| Porcentaje | Puntos |
|---|---|
| Del 30 al 45 % | 10 |
| Del 46 al 60 % | 15 |
| Del 61 al 75 % | 20 |
| Más del 75 % | 25 |
Criterio 2 — mujeres entre las personas en exclusión
| Porcentaje | Puntos |
|---|---|
| Hasta el 15 % | 0 |
| Del 16 al 30 % | 5 |
| Del 30 al 45 % | 10 |
| Del 46 al 60 % | 15 |
Criterio 3 — tránsito a la empresa ordinaria
2 puntos por cada persona procedente de centros de trabajo valencianos de la empresa que haya sido contratada por una empresa ordinaria, con carácter indefinido o por al menos seis meses, en los dos años anteriores al inicio del período subvencionable. Máximo 20 puntos.
Es el criterio que premia el resultado real de la inserción, y el único que se construye con años de antelación.
Empates
Se resuelven por mayor porcentaje en el criterio 1, después en el criterio 2 y después por puntuación en el criterio 3. La documentación acreditativa del desempate se aporta cuando el empate se produce, no con la solicitud.
Plazos y tramitación
- Plazo general: quince días contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el DOGV.
- Sin calificación definitiva todavía: un mes desde que se obtenga, con tope el 31 de octubre de 2026.
- Vía: telemática, en la sede electrónica de la Generalitat o desde la web de LABORA, con firma electrónica avanzada de entidad o de representante autorizado.
Incompatibilidad
Estas subvenciones son incompatibles con la ayuda a los costes salariales del personal técnico de apoyo sociolaboral en las entidades promotoras de las empresas de inserción. Si hay duplicidad, prevalece la solicitada por la empresa de inserción.
Y el conjunto de ayudas de cualquier procedencia no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
Si aparece más crédito
Los aumentos sobrevenidos permiten dictar resoluciones complementarias que completen hasta el importe solicitado los expedientes que quedaron sin ayuda o la recibieron minorada. Es lo que ocurrió en esta convocatoria con la ampliación de 220.000 €.
Control
La visita in situ alcanza como mínimo al 10 % de las entidades beneficiarias, y esas entidades deben representar al menos el 10 % del importe concedido en cada programa.
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Texto oficial
Texto completo de la convocatoria 2026 en castellano, publicado en la BDNSResolución de ampliación de créditos hasta 3.080.000 €Resolución de 11 de marzo de 2026, bases reguladoras de la integración sociolaboral en empresas de inserción y empresas ordinariasUn caso parecido
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