Planes Estratégicos de Comercio — asociaciones de comerciantes
El 90 % del coste de las acciones de dinamización comercial y digital, con 25.000 € de tope en dinamización. Solo para asociaciones que actúan en municipios con Plan Estratégico de Comercio implantado.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Asociaciones de comerciantes y mixtas, y sus agrupaciones, que actúen en municipios donde estén implantados Planes Estratégicos de Comercio o de Comercio y Turismo
- Cuánto se cobra
- 90 % del valor de los conceptos subvencionables, con límite de 25.000 € en la actuación de dinamización comercial
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con prorrateo mediante coeficiente corrector
- Presupuesto
- 208.000 €, ampliables en hasta 50.000 € adicionales conforme al artículo 58.2 del RD 887/2006
- Organismo
- PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 890830.
Objeto
Financia la dinamización comercial y digital del comercio minorista y el apoyo al tejido asociativo, en municipios que tienen implantado un Plan Estratégico de Comercio o de Comercio y Turismo.
Es la versión reforzada de la línea general de asociaciones de comerciantes: paga el 90 % en lugar del 70 %. La diferencia está en el requisito territorial.
Entre los servicios subvencionables está la prestación a los comercios asociados de marketing digital y gestión de canales digitales orientada a promocionar las ventas.
Quién puede solicitarla
Asociaciones de comerciantes, asociaciones mixtas de comercio, turismo y servicios, y sus agrupaciones o uniones, sin ánimo de lucro y legalmente constituidas.
Los dos requisitos que deciden
- Inscripción en el registro correspondiente con una antigüedad de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la convocatoria. En caso de fusión, basta que una de las fusionadas lo acredite.
- Actuar en municipios donde estén implantados Planes Estratégicos de Comercio o de Comercio y Turismo. Este es el filtro que separa esta línea de la general.
Las asociaciones que no actúen en municipios con plan implantado deben ir a la convocatoria general, que paga el 70 %.
Requisitos comunes
Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no ser deudor del Principado, y cumplir el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 4 del Decreto 71/1992.
Los requisitos deben mantenerse hasta la justificación, liquidación y abono.
Cuantía y plazos
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Porcentaje subvencionado | 90 % del valor de los conceptos subvencionables |
| Límite en la actuación de dinamización comercial | 25.000 € |
Prorrateo
Si el crédito distribuido para cada actuación no alcanza, se prorratea aplicando un coeficiente corrector «f» al porcentaje inicial.
Compatibilidad
Compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas obtenidas para la misma finalidad, sin superar el coste de la actividad.
Período de gastos
Actuaciones, facturas y pagos entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos. Lo que quede fuera de esa ventana no se computa.
Plazo de solicitud
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA.
La convocatoria de 2026 es de 23 de febrero de 2026, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo.
Cierra hoy
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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