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Plazo cerrado (estimado)Comercio, turismo y hosteleríaAsturiasConcurrencia competitiva

Planes Estratégicos de Comercio — asociaciones de comerciantes

El 90 % del coste de las acciones de dinamización comercial y digital, con 25.000 € de tope en dinamización. Solo para asociaciones que actúan en municipios con Plan Estratégico de Comercio implantado.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Asociaciones de comerciantes y mixtas, y sus agrupaciones, que actúen en municipios donde estén implantados Planes Estratégicos de Comercio o de Comercio y Turismo
Cuánto se cobra
90 % del valor de los conceptos subvencionables, con límite de 25.000 € en la actuación de dinamización comercial
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con prorrateo mediante coeficiente corrector
Presupuesto
208.000 €, ampliables en hasta 50.000 € adicionales conforme al artículo 58.2 del RD 887/2006
Organismo
PRINCIPADO DE ASTURIAS. Código BDNS 890830.

Objeto

Financia la dinamización comercial y digital del comercio minorista y el apoyo al tejido asociativo, en municipios que tienen implantado un Plan Estratégico de Comercio o de Comercio y Turismo.

Es la versión reforzada de la línea general de asociaciones de comerciantes: paga el 90 % en lugar del 70 %. La diferencia está en el requisito territorial.

Entre los servicios subvencionables está la prestación a los comercios asociados de marketing digital y gestión de canales digitales orientada a promocionar las ventas.

Quién puede solicitarla

Asociaciones de comerciantes, asociaciones mixtas de comercio, turismo y servicios, y sus agrupaciones o uniones, sin ánimo de lucro y legalmente constituidas.

Los dos requisitos que deciden

  • Inscripción en el registro correspondiente con una antigüedad de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la convocatoria. En caso de fusión, basta que una de las fusionadas lo acredite.
  • Actuar en municipios donde estén implantados Planes Estratégicos de Comercio o de Comercio y Turismo. Este es el filtro que separa esta línea de la general.

Las asociaciones que no actúen en municipios con plan implantado deben ir a la convocatoria general, que paga el 70 %.

Requisitos comunes

Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no ser deudor del Principado, y cumplir el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 4 del Decreto 71/1992.

Los requisitos deben mantenerse hasta la justificación, liquidación y abono.

Cuantía y plazos

ConceptoValor
Porcentaje subvencionado90 % del valor de los conceptos subvencionables
Límite en la actuación de dinamización comercial25.000 €

Prorrateo

Si el crédito distribuido para cada actuación no alcanza, se prorratea aplicando un coeficiente corrector «f» al porcentaje inicial.

Compatibilidad

Compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas obtenidas para la misma finalidad, sin superar el coste de la actividad.

Período de gastos

Actuaciones, facturas y pagos entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos. Lo que quede fuera de esa ventana no se computa.

Plazo de solicitud

15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA.

La convocatoria de 2026 es de 23 de febrero de 2026, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo.

Plazo24 de marzo de 2026

Cierra hoy

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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