Plan INTERESA: contratación en el Valle de Aranguren
9.000 € por contratar indefinidamente a una persona mayor de 45 años empadronada en Aranguren, y 6.000 € en el resto de casos. Es la ayuda municipal a la contratación de mayor cuantía de Navarra, y suma 300 € más si la empresa tiene plan de igualdad voluntario.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de cualquier forma jurídica que contraten a personas empadronadas en el Valle de Aranguren, desempleadas desde al menos 15 días naturales e inscritas en las agencias del Servicio Navarro de Empleo
- Cuánto se cobra
- De 2.000 a 9.000 € por contrato según su tipo, la duración y la edad de la persona contratada, más 300 € por tener plan de igualdad voluntario
- Procedimiento
- Evaluación individualizada, hasta el límite del crédito disponible
- Presupuesto
- 200.000 €, partida 1.2311.7700000 «Plan de Empleo local del Valle»
- Organismo
- ARANGUREN. Código BDNS 894915.
Objeto
Incentiva la contratación y la estabilidad en el empleo subvencionando la contratación de personas desempleadas empadronadas en el Valle de Aranguren e inscritas en las agencias del Servicio Navarro de Empleo (base 1).
Con 9.000 € por contrato indefinido de un mayor de 45 años, es la ayuda municipal a la contratación más alta del catálogo navarro, por encima incluso de varias líneas autonómicas. Y admite además contratos temporales, formativos y en prácticas, que la mayoría de convocatorias excluyen.
Quién puede solicitarla y qué contrato vale
Empresas de cualquier forma jurídica que contraten a personas empadronadas en el Valle de Aranguren que lleven al menos 15 días naturales en desempleo e inscritas en el SNE.
También se atienden las solicitudes de 2025 que quedaron pendientes por falta de partida presupuestaria.
Requisitos
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y con los pagos municipales.
- No haber sido excluida de los programas de empleo por infracciones muy graves del orden social.
- No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley Foral 11/2005.
Contratos subvencionables
Siempre que supongan incremento de la plantilla total respecto del mes anterior a la contratación, y con fecha de inicio entre el 3 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026:
- Indefinidos, incluidos los fijos discontinuos.
- Temporales del art. 15.1 a) y b) del Estatuto de los Trabajadores, con duración mínima de 6 meses —o la del convenio sectorial cuando no permita menos, y en todo caso 6 meses—.
- Temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad de la disposición adicional primera de la Ley 43/2006.
- Contratos para la formación y en prácticas, con duración mínima de 6 meses.
Para el cómputo de plantilla no se tienen en cuenta los contratos de interinidad.
Exclusiones
- Empresas de inserción sociolaboral y Administración General del Estado y sus organismos.
- Relaciones laborales de carácter especial del art. 2 del Estatuto de los Trabajadores.
- Contrataciones de cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta segundo grado del empresario o de quienes tengan el control, dirección o administración.
- Personas que en los 24 meses anteriores prestaron servicios en la misma empresa o grupo con contrato indefinido, o en empresas a las que la solicitante haya sucedido conforme al art. 44 del Estatuto.
Cuantía
| Tipo de contrato | Mayor de 45 años | Resto |
|---|---|---|
| Indefinido, incluido fijo discontinuo | 9.000 € | 6.000 € |
| Temporal de 6 meses | 3.000 € | 2.000 € |
| Prórroga del temporal por otros 6 meses, si el convenio lo permite | 3.000 € | 2.000 € |
| Temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad | 3.500 € | |
| Contrato para la formación o en prácticas, mínimo 6 meses | 2.000 € | |
| Prórroga del formativo o de prácticas, una sola vez y mínimo 6 meses | 1.000 € | |
La edad se mide en la fecha de registro de la solicitud. Si el contrato temporal se transforma en indefinido, se completa hasta el máximo de 9.000 o 6.000 € según el caso.
Reglas de cálculo
- Mínimo exigido: 6 meses a media jornada.
- En contratos a jornada parcial de al menos el 50 % y en fijos discontinuos, los incentivos se prorratean según el tiempo de trabajo efectivo.
- La subvención mensual no puede superar el 35 % de la base de cotización por contingencias comunes y accidentes. En mayores de 45 años ese cálculo se hace con la cuantía que correspondería al tramo general.
- Si se contrata para sustituir a alguien en incapacidad temporal por quien ya se pidió subvención, la cuantía es proporcional al coste salarial descontado el pago delegado de la Seguridad Social.
Los 300 € del plan de igualdad
Las empresas de menos de 50 trabajadores que tengan implantado un plan de igualdad —en su organización interna y en la prestación de sus servicios o productos, según los requisitos y metodología del Procedimiento IGE— suman 300 € más. El plan debe estar vigente durante todo el periodo del contrato subvencionado.
El conjunto de ayudas no puede superar el 100 % del coste salarial más las cargas sociales a cargo de la empleadora, y hay que comprometerse a comunicar si se supera ese límite en cualquier momento del contrato.
Plazo, mantenimiento y tramitación
- Plazo: un mes desde el inicio del contrato o desde la fecha de transformación en indefinido. Presentar fuera de plazo es causa de denegación.
- Se admiten las solicitudes que, por la fecha de aprobación de la convocatoria, no cumplan ese plazo, siempre que reúnan los demás requisitos.
- Fecha límite: 30 de noviembre de 2026 a las 14:00 horas.
- Solicitudes en el registro del Ayuntamiento o por las vías del art. 16.4 de la Ley 39/2015. Modelos disponibles en aranguren.es/plan-in-te-re-sa.
- Resolución del Alcalde-Presidente en 3 meses desde la entrada en el registro. Silencio desestimatorio.
- La concesión y el abono se producen una vez comprobada la realización de la actuación.
Los dos años de mantenimiento
En contratación indefinida —inicial o por transformación—, el periodo mínimo de mantenimiento es de dos años contados desde la contratación o desde que se hace efectiva la conversión.
Hay que notificar por escrito, en el plazo de un mes desde que ocurra, el cese de la persona trabajadora, distinguiendo si se trata de despido improcedente u otra causa, aportando la documentación acreditativa.
Aranguren mantiene además una línea de fomento del autoempleo con 100.000 € de dotación, dirigida a quien se establece por su cuenta en el valle. Las dos se plantean juntas cuando el proyecto arranca con contratación.
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Texto oficial
Convocatoria de subvenciones a la contratación para fomento del empleo 2026 del Plan INTERESA del Ayuntamiento del Valle de ArangurenFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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