Coste salarial de los centros especiales de empleo
El 50 % del salario mínimo interprofesional por cada persona con discapacidad empleada, mes a mes, y el 75 % en los centros sin ánimo de lucro que empleen a personas con especiales dificultades. Es la partida más grande del Servicio Navarro de Empleo: 16,35 millones.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Entidades titulares de centros especiales de empleo con personalidad jurídica propia, calificadas e inscritas en el registro de la Comunidad Foral y con al menos dos años de funcionamiento desde su calificación en Navarra
- Cuánto se cobra
- 50 % del SMI por puesto ocupado por una persona con discapacidad, en proporción a la jornada, ampliable al 75 % en centros sin ánimo de lucro para personas con especiales dificultades de inserción
- Procedimiento
- Evaluación individualizada, atendida por orden de entrada en el registro hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 16.350.000 €, partida 950001 96100 4709 241109, ampliables en 1.500.000 € adicionales con crédito sobrante de otras convocatorias
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 863848.
Objeto
Subvenciona el coste salarial de los puestos ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo de Navarra, correspondientes al periodo que va del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.
No financia un proyecto ni una inversión: financia nómina, mes a mes. El hecho causante es cada coste salarial efectivamente producido y abonado, y por eso se solicita repetidamente a lo largo del año en vez de una sola vez.
Cómo está construida esta convocatoria. La Resolución 5940E/2025, de 26 de noviembre, no aprueba bases nuevas: autoriza el gasto de 2026 sobre las bases reguladoras de la Resolución 2534/2014, de 4 de diciembre, que siguen vigentes. Es un patrón habitual en el Servicio Navarro de Empleo y conviene tenerlo presente: el texto que fija requisitos y cuantías es de 2014, y lo que cambia cada año es el crédito.
Quién puede solicitarla
Entidades titulares de centros especiales de empleo que (base 4 y base 6):
- Tengan personalidad jurídica propia.
- Estén calificadas e inscritas como centro especial de empleo en el registro de la Comunidad Foral, conforme al art. 7 del Real Decreto 2273/1985.
- Lleven al menos dos años funcionando desde su calificación en Navarra.
- Estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Hayan abonado ya el salario correspondiente a sus trabajadores. La ayuda reembolsa un coste ya pagado.
Para cobrar el porcentaje ampliado
Los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro deben contar además con declaración de utilidad pública e imprescindibilidad.
Destinatarios finales
Los trabajadores con discapacidad del centro. Se consideran personas con especiales dificultades de inserción laboral:
- Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, con grado reconocido ≥ 33 %.
- Personas con discapacidad física o sensorial, con grado reconocido ≥ 65 %.
Cuantía
| Supuesto | Subvención |
|---|---|
| Persona trabajadora con discapacidad, con carácter general | 50 % del SMI |
| Persona con especiales dificultades de inserción, en un CEE sin ánimo de lucro | 75 % del SMI (50 % incrementado en 25 puntos) |
Siempre en proporción a la jornada efectivamente trabajada: un contrato a media jornada da media subvención.
El abono de vacaciones no disfrutadas nunca es concepto computable para determinar el importe.
El incremento de 25 puntos exige dos condiciones que van juntas: que el trabajador esté en uno de los dos grupos de especiales dificultades y que el centro sea sin ánimo de lucro con declaración de utilidad pública e imprescindibilidad. Un centro con ánimo de lucro cobra el 50 % en todos los casos.
Cómo y cuándo se pide
- Plazo: un mes desde que se haya realizado el abono de la nómina y, en todo caso, antes del 31 de diciembre del año en curso. Fuera de plazo, inadmisión.
- Las solicitudes se atienden por orden de entrada en el registro hasta agotar el crédito.
- Resolución en 3 meses; el silencio es desestimatorio. La misma resolución concede y ordena el abono.
Documentación de cada solicitud
- Instancia oficial y acreditación de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Declaración del art. 13 de la Ley Foral 11/2005.
- Relación nominal de los trabajadores con discapacidad y cuantía solicitada.
- Nóminas con sus justificantes de pago.
- Impreso de variaciones de altas y bajas de trabajadores con discapacidad, con su documentación.
- Relación de incidencias producidas en el mes.
- Declaración de que las subvenciones percibidas no superan el 100 % del coste salarial total por trabajador.
La memoria anual de mayo
Es la obligación que más conviene tener marcada en el calendario. En el mes de mayo de cada año hay que presentar una memoria del ejercicio anterior con:
- Titularidad del centro y ubicación.
- Actividad principal y complementaria.
- Composición de la plantilla.
- Liquidación del presupuesto: balance de situación, cuenta de explotación y proyecto de presupuesto del ejercicio siguiente.
- Cumplimiento de objetivos económicos y de ajuste personal y social.
- Relación nominal de trabajadores insertados y descripción de las actividades realizadas para lograrlo.
La consecuencia de no entregarla es contundente: no se conceden nuevas subvenciones hasta que la memoria se entregue. Si está incompleta, se requiere subsanación y la concesión de nuevas ayudas queda suspendida desde que vence ese plazo hasta que la memoria esté completa a criterio del Servicio Navarro de Empleo. Para un centro que cobra mensualmente, ese bloqueo es inmediato.
Otras obligaciones
- Hacer constar la financiación del Servicio Navarro de Empleo en las actividades, servicios, publicidad y material divulgativo.
- Comunicar cualquier modificación de las circunstancias tenidas en cuenta al conceder.
- Conservar los documentos justificativos mientras puedan ser objeto de comprobación.
Transparencia
Se activa cuando concurren las dos circunstancias a la vez: que la subvención supere los 20.000 € anuales y que suponga más del 20 % de la cifra de negocio o del presupuesto anual de la entidad. Se suman todas las subvenciones de la Comunidad Foral concedidas en el año natural.
Quien esté sujeto presenta en un mes desde la notificación: composición de los órganos de gobierno, relación de cargos, retribuciones brutas y compensaciones de cada cargo desglosadas por conceptos, régimen de dedicación y copia de las últimas cuentas anuales. Quien no lo esté, presenta igualmente una declaración afirmando que no está sujeto.
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones de la Comunidad Foral, de otras administraciones o de entes públicos o privados, nacionales o internacionales (base 11).
Con un único límite, que además hay que declarar expresamente en cada solicitud: el conjunto de ayudas no puede superar el 100 % del coste salarial total por trabajador con discapacidad.
Las otras dos líneas para centros especiales de empleo
Navarra mantiene un paquete de tres convocatorias distintas para estos centros, que conviene manejar juntas:
- Esta, de coste salarial: 16.350.000 €.
- Unidades de apoyo a la actividad profesional: 1.500.000 €.
- Inversiones en centros de iniciativa social, para fomento del empleo y mejora de la competitividad: 150.000 €.
122 días
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Texto oficial
Resolución 5940E/2025, de 26 de noviembre, que aprueba la convocatoria y autoriza el gasto de 2026Resolución 2534/2014, de 4 de diciembre, con las bases reguladoras vigentesFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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