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Pedralba: ayudas de concesión directa a autónomos y empresas afectados por la dana

4.000, 2.000 o 1.000 € según el grado de daño del local, para negocios del sector servicios de la zona inundada de Pedralba. Se financia con las donaciones recibidas por el municipio tras la dana.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas titulares de una actividad económica del sector servicios con local abierto al público antes del 29 de octubre de 2024 en la zona afectada por la avenida del agua
Cuánto se cobra
Cuantía fija de 4.000 €, 2.000 € o 1.000 € según el grado de afectación del establecimiento
Procedimiento
Concesión directa
Presupuesto
90.000 €, aplicación 23100.47900
Organismo
PEDRALBA. Código BDNS 887557.

De dónde sale el dinero y cuánto se cobra

La cuantía máxima de 90.000 € procede de donaciones realizadas por administraciones, empresas y particulares en los meses posteriores a la dana, en la cuenta bancaria que el Ayuntamiento habilitó para ello.

Las bases se aprobaron inicialmente en Pleno extraordinario de 5 de diciembre de 2025, se expusieron al público sin reclamaciones y quedaron definitivamente aprobadas, publicándose su texto íntegro en el BOP de València nº 30, de 13 de febrero de 2026.

Grado de afectaciónAyuda
Negocio gravemente afectado4.000 €
Negocio con afectación relevante2.000 €
Negocio afectado sin afección relevante1.000 €

Cómo se clasifica el daño

  • Gravemente afectado: daños estructurales que comprometan la seguridad o habitabilidad —colapso parcial de techos o muros, fallos en instalaciones eléctricas y de fontanería— o pérdida total o casi total del mobiliario y enseres.
  • Afectación relevante: daños no estructurales significativos —rotura de ventanas o puertas, afectación parcial de instalaciones eléctricas o de fontanería— o pérdida de varios elementos de mobiliario o enseres que dificulten la continuidad de la actividad.

La diferencia entre los tramos es de 3.000 € y depende de cómo se documente el daño. Conviene reunir fotografías, informes y facturas de reposición que encajen con la descripción literal de cada categoría antes de presentar.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que cumplan:

  • Ser titulares de una actividad económica del sector servicios cuyo local estuviera abierto al público antes del 29 de octubre de 2024 y se encontrara en la zona afectada directamente por la avenida del agua en Pedralba, conforme al visor cartográfico de zonas inundadas por la dana de la Generalitat Valenciana, y que la actividad haya sido afectada.
  • Estar de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la AEAT en una actividad económica que se desarrollaba en Pedralba el 29 de octubre de 2024.
  • Que la titularidad corresponda a personas autónomas o empresas.

El criterio territorial no es la calle sino el visor cartográfico de zonas inundadas de la Generalitat. Es el primer punto a comprobar: define quién entra y quién no, con independencia de que el negocio sufriera daños.

Excepción por la naturaleza de la ayuda

Por la especial naturaleza de la subvención, se exceptúa el cumplimiento de las letras e) y g) del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones —las relativas a estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social—. El resto de circunstancias del 13.2 sí impiden ser beneficiario.

Quién queda excluido

  • Administraciones públicas, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos, así como asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
  • Autónomos y empresas de sectores distintos al de servicios: agrícola, ganadero, industrial y demás.

La restricción al sector servicios es tajante y deja fuera a la industria y al campo aunque hayan sufrido los mismos daños. Es la limitación que más solicitudes descarta en esta convocatoria.

Documentación y tramitación

Se rellena y firma el formulario de solicitud (anexo 1) por la persona interesada o su representante legal, que incorpora una declaración responsable con pronunciamiento expreso sobre, entre otros extremos, que la actividad se desarrolla en la zona afectada directamente por la avenida del agua conforme al visor cartográfico de la Generalitat.

Hay que declarar además que no se ha incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida.

ConceptoDetalle
Procedimientoconcesión directa
Crédito90.000 €, aplicación 23100.47900
BasesBOP de València nº 30, de 13 de febrero de 2026

Con 90.000 € y un máximo de 4.000 € por negocio, la bolsa da para más de veinte expedientes en el tramo más alto. Para un municipio del tamaño de Pedralba es una dotación holgada en relación con el número previsible de solicitantes del sector servicios en la zona inundada.

Plazo27 de febrero de 2026

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Texto oficial

Bases reguladoras definitivamente aprobadas (BOP de València nº 30, de 13 de febrero de 2026)Ayuntamiento de Pedralba

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