Formación profesional del sector pesquero
800.000 € del FEMPA para que cofradías, organizaciones de productores y cooperativas del mar impartan formación profesional y permanente al sector pesquero gallego.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Cofradías de pescadores y sus federaciones, organizaciones de productores, cooperativas del mar y asociaciones profesionales del sector
- Cuánto se cobra
- Módulo por hora de curso, de 80 €/h a 400 €/h según la especialidad, con un máximo por curso de 1.600 € a 48.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 800.000 €
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 882879.
Objeto
Financia acciones formativas que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero (art. 1).
Las ayudas están financiadas por el FEMPA —Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura— y se cofinancian en un 70 % con fondos FEMPA y un 30 % con fondos propios de la Comunidad Autónoma (art. 3).
Las acciones formativas deben desarrollarse en Galicia.
Beneficiarios y requisitos
Pueden serlo, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan su sede social en Galicia (art. 4.1):
- Cofradías de pescadores y sus federaciones.
- Organizaciones de productores.
- Cooperativas del mar.
- Asociaciones de profesionales constituidas por profesionales del sector.
No pueden ser beneficiarias (art. 4.2)
- Las entidades que se encuentren en los supuestos del art. 11 del Reglamento (UE) 2021/1139 —apartados 1.a), 1.b) y 3— durante todo el periodo previsto en su aplicación.
- Las señaladas en los apartados 2 y 3 del art. 10 de la Ley 9/2007.
- Las incursas en las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003.
- Las sancionadas con la imposibilidad de obtener préstamos, subvenciones o ayudas públicas.
Sobre morosidad, el requisito se entiende cumplido cuando el nivel de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 alcanza el porcentaje previsto en la disposición final sexta, letra d), punto segundo, de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.
Obligaciones destacadas
Además de las habituales, la financiación europea impone obligaciones de publicidad que conviene no descuidar porque su incumplimiento afecta al pago (art. 5):
- Mencionar el origen de la financiación, con referencia expresa al porcentaje del FEMPA y al de la Comunidad Autónoma.
- Velar por su visibilidad, en particular al promover las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada a los medios y al público, conforme al art. 60 del Reglamento (UE) 2021/1139.
- Dar a conocer la ayuda de los fondos a las acciones formativas, conforme al art. 50 del Reglamento (UE) 2021/1060.
- No concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades afectadas por las situaciones del art. 27.7 de la Ley 9/2007.
Cuantía y ajustes
La ayuda financia los costes elegibles de las acciones formativas aprobadas, con la cofinanciación del 70 % FEMPA y 30 % autonómica.
Tres reglas de ajuste que conviene tener presentes (art. 9):
- Se puede limitar la cuantía de los gastos elegibles no justificados debidamente.
- Los rendimientos financieros que generen los fondos librados incrementan el importe de la subvención y se aplican igualmente a la actividad subvencionada.
- Si la inversión material realizada resulta, por causa debidamente motivada, inferior a la considerada subvencionable, se mantiene la ayuda pero se aminora en la fase de pago en la misma proporción.
Importes máximos por tipo de curso
La orden fija un máximo subvencionable y un precio por hora para cada especialidad (art. 9):
| Curso | Horas | Máximo | €/hora |
|---|---|---|---|
| Patrón/a costero polivalente | 600 | 48.000,00 € | 80 |
| Patrón/a costero polivalente · sección de puente | 350 | 28.000,00 € | 80 |
| Patrón/a costero polivalente · sección de máquinas | 250 | 20.000,00 € | 80 |
| Patrón/a local de pesca | 250 | 20.000,00 € | 80 |
| Patrón/a local de pesca · puente y común | 130 | 10.400,00 € | 80 |
| Patrón/a local de pesca · máquinas | 120 | 9.600,00 € | 80 |
| Formación básica en seguridad marítima | 70 | 11.060,00 € | 158 |
| Actualización de formación básica en seguridad marítima | 16 | 3.200,00 € | 200 |
| Operador/a restringido/a SMSSM | 40 | 6.000,00 € | 150 |
| Actualización operador/a restringido/a SMSSM | 8 | 1.600,00 € | 200 |
| Operador/a general SMSSM | 120 | 13.800,00 € | 115 |
| Actualización operador/a general SMSSM | 16 | 3.200,00 € | 200 |
| Patrón/a portuario/a | 150 | 15.750,00 € | 105 |
| Marinero/a de puente | 70 | 9.450,00 € | 135 |
| Marinero/a de máquinas | 70 | 9.450,00 € | 135 |
| Radar de punteo automático (ARPA) | 30 | 4.500,00 € | 150 |
| Avanzado en lucha contra incendios | 24 | 7.200,00 € | 300 |
| Actualización avanzado en lucha contra incendios | 8 | 3.200,00 € | 400 |
| Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos | 24 | 7.440,00 € | 310 |
| Actualización de embarcaciones de supervivencia | 12 | 4.800,00 € | 400 |
| Formación sanitaria específica inicial | 22 | 5.280,00 € | 240 |
| Actualización de formación sanitaria específica inicial | 8 | 2.000,00 € | 250 |
| Formación sanitaria específica avanzada | 40 | 9.600,00 € | 240 |
| Actualización de formación sanitaria específica avanzada | 16 | 4.000,00 € | 250 |
Número de alumnos: mínimo 10 y máximo 20.
Curso de marinero/a pescador/a
Importe máximo de 80 € por hora. Adicionalmente se subvencionan los gastos de las pruebas de natación con un máximo de 100 € por prueba.
Costes indirectos y subcontratación
- Costes indirectos —oficina, administración, agua, electricidad, teléfono, gas—: se calculan a tipo fijo del 7 % del gasto directo total subvencionable, sin justificación adicional.
- También son subvencionables los seguros de accidentes del alumnado.
- La actividad se puede subcontratar hasta el 100 %, con las limitaciones del art. 27 de la Ley 9/2007.
Los precios por hora varían mucho —de 80 €/h en los cursos largos de patrón a 400 €/h en las actualizaciones cortas de seguridad—, porque los cursos breves tienen costes fijos que no se diluyen. A efectos de rentabilidad por hora impartida, las actualizaciones de 8 a 16 horas son las mejores; a efectos de volumen, los cursos de patrón. Y el 7 % de indirectos se cobra sin aportar una sola factura.
Compatibilidad
Las ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso público o privado, con una condición esencial (art. 10):
Que el mismo gasto o inversión no tenga financiación, parcial o total, procedente de otro fondo EIE —fondos estructurales y de inversión europeos— o instrumento financiero comunitario, ni del mismo fondo con arreglo a otro programa o medida.
Es la regla de no doble financiación europea, más estricta que la incompatibilidad habitual: no basta con que las ayudas cubran conceptos distintos, tienen que venir de fuentes distintas.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo: hasta el 20 de octubre de 2026.
- Procedimiento: concurrencia no competitiva.
- Vía: electrónica, en la sede electrónica de la Xunta.
La orden se tramita por tramitación anticipada de gasto, por lo que la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver.
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