Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo cerradoAgrario y pescaGaliciaConcurrencia no competitiva

Formación profesional del sector pesquero

800.000 € del FEMPA para que cofradías, organizaciones de productores y cooperativas del mar impartan formación profesional y permanente al sector pesquero gallego.

Ficha revisada el 30 de agosto de 2026 · BDNS 882879

Lo esencial

Quién puede pedirla
Cofradías de pescadores y sus federaciones, organizaciones de productores, cooperativas del mar y asociaciones profesionales del sector
Cuánto se cobra
Módulo por hora de curso, de 80 €/h a 400 €/h según la especialidad, con un máximo por curso de 1.600 € a 48.000 €
Procedimiento
Concurrencia no competitiva
Presupuesto
800.000 €
Organismo
GALICIA. Código BDNS 882879.

Objeto

Financia acciones formativas que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero (art. 1).

Las ayudas están financiadas por el FEMPA —Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura— y se cofinancian en un 70 % con fondos FEMPA y un 30 % con fondos propios de la Comunidad Autónoma (art. 3).

Las acciones formativas deben desarrollarse en Galicia.

Beneficiarios y requisitos

Pueden serlo, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan su sede social en Galicia (art. 4.1):

  • Cofradías de pescadores y sus federaciones.
  • Organizaciones de productores.
  • Cooperativas del mar.
  • Asociaciones de profesionales constituidas por profesionales del sector.

No pueden ser beneficiarias (art. 4.2)

  • Las entidades que se encuentren en los supuestos del art. 11 del Reglamento (UE) 2021/1139 —apartados 1.a), 1.b) y 3— durante todo el periodo previsto en su aplicación.
  • Las señaladas en los apartados 2 y 3 del art. 10 de la Ley 9/2007.
  • Las incursas en las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003.
  • Las sancionadas con la imposibilidad de obtener préstamos, subvenciones o ayudas públicas.

Sobre morosidad, el requisito se entiende cumplido cuando el nivel de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 alcanza el porcentaje previsto en la disposición final sexta, letra d), punto segundo, de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.

Obligaciones destacadas

Además de las habituales, la financiación europea impone obligaciones de publicidad que conviene no descuidar porque su incumplimiento afecta al pago (art. 5):

  • Mencionar el origen de la financiación, con referencia expresa al porcentaje del FEMPA y al de la Comunidad Autónoma.
  • Velar por su visibilidad, en particular al promover las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada a los medios y al público, conforme al art. 60 del Reglamento (UE) 2021/1139.
  • Dar a conocer la ayuda de los fondos a las acciones formativas, conforme al art. 50 del Reglamento (UE) 2021/1060.
  • No concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades afectadas por las situaciones del art. 27.7 de la Ley 9/2007.

Cuantía y ajustes

La ayuda financia los costes elegibles de las acciones formativas aprobadas, con la cofinanciación del 70 % FEMPA y 30 % autonómica.

Tres reglas de ajuste que conviene tener presentes (art. 9):

  • Se puede limitar la cuantía de los gastos elegibles no justificados debidamente.
  • Los rendimientos financieros que generen los fondos librados incrementan el importe de la subvención y se aplican igualmente a la actividad subvencionada.
  • Si la inversión material realizada resulta, por causa debidamente motivada, inferior a la considerada subvencionable, se mantiene la ayuda pero se aminora en la fase de pago en la misma proporción.

Importes máximos por tipo de curso

La orden fija un máximo subvencionable y un precio por hora para cada especialidad (art. 9):

CursoHorasMáximo€/hora
Patrón/a costero polivalente60048.000,00 €80
Patrón/a costero polivalente · sección de puente35028.000,00 €80
Patrón/a costero polivalente · sección de máquinas25020.000,00 €80
Patrón/a local de pesca25020.000,00 €80
Patrón/a local de pesca · puente y común13010.400,00 €80
Patrón/a local de pesca · máquinas1209.600,00 €80
Formación básica en seguridad marítima7011.060,00 €158
Actualización de formación básica en seguridad marítima163.200,00 €200
Operador/a restringido/a SMSSM406.000,00 €150
Actualización operador/a restringido/a SMSSM81.600,00 €200
Operador/a general SMSSM12013.800,00 €115
Actualización operador/a general SMSSM163.200,00 €200
Patrón/a portuario/a15015.750,00 €105
Marinero/a de puente709.450,00 €135
Marinero/a de máquinas709.450,00 €135
Radar de punteo automático (ARPA)304.500,00 €150
Avanzado en lucha contra incendios247.200,00 €300
Actualización avanzado en lucha contra incendios83.200,00 €400
Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos247.440,00 €310
Actualización de embarcaciones de supervivencia124.800,00 €400
Formación sanitaria específica inicial225.280,00 €240
Actualización de formación sanitaria específica inicial82.000,00 €250
Formación sanitaria específica avanzada409.600,00 €240
Actualización de formación sanitaria específica avanzada164.000,00 €250

Número de alumnos: mínimo 10 y máximo 20.

Curso de marinero/a pescador/a

Importe máximo de 80 € por hora. Adicionalmente se subvencionan los gastos de las pruebas de natación con un máximo de 100 € por prueba.

Costes indirectos y subcontratación

  • Costes indirectos —oficina, administración, agua, electricidad, teléfono, gas—: se calculan a tipo fijo del 7 % del gasto directo total subvencionable, sin justificación adicional.
  • También son subvencionables los seguros de accidentes del alumnado.
  • La actividad se puede subcontratar hasta el 100 %, con las limitaciones del art. 27 de la Ley 9/2007.

Los precios por hora varían mucho —de 80 €/h en los cursos largos de patrón a 400 €/h en las actualizaciones cortas de seguridad—, porque los cursos breves tienen costes fijos que no se diluyen. A efectos de rentabilidad por hora impartida, las actualizaciones de 8 a 16 horas son las mejores; a efectos de volumen, los cursos de patrón. Y el 7 % de indirectos se cobra sin aportar una sola factura.

Compatibilidad

Las ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso público o privado, con una condición esencial (art. 10):

Que el mismo gasto o inversión no tenga financiación, parcial o total, procedente de otro fondo EIE —fondos estructurales y de inversión europeos— o instrumento financiero comunitario, ni del mismo fondo con arreglo a otro programa o medida.

Es la regla de no doble financiación europea, más estricta que la incompatibilidad habitual: no basta con que las ayudas cubran conceptos distintos, tienen que venir de fuentes distintas.

Cómo y cuándo solicitar

  • Plazo: hasta el 20 de octubre de 2026.
  • Procedimiento: concurrencia no competitiva.
  • Vía: electrónica, en la sede electrónica de la Xunta.

La orden se tramita por tramitación anticipada de gasto, por lo que la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver.

Plazo20 de octubre de 2026

Cerrada

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Texto completo de la convocatoria (PDF, 53 páginas) publicado en la BDNSProcedimiento PE610A en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Un caso parecido

70.000 €

Joven agricultor de Galicia, en Primera instalación de jóvenes agricultores. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.

Seguir mirando

Agrario y pesca en Galicia24Todas las abiertas en Galicia26Agrario y pesca en toda España390
LlamarEstudia mi caso