Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo abiertoAgrario y pescaGaliciaConcurrencia no competitiva

Formación profesional del sector pesquero

800.000 € del FEMPA para que cofradías, organizaciones de productores y cooperativas del mar impartan formación profesional y permanente al sector pesquero gallego.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Cofradías de pescadores y sus federaciones, organizaciones de productores, cooperativas del mar y asociaciones profesionales del sector
Cuánto se cobra
Módulo por hora de curso, de 80 €/h a 400 €/h según la especialidad, con un máximo por curso de 1.600 € a 48.000 €
Procedimiento
Concurrencia no competitiva
Presupuesto
800.000 €
Organismo
GALICIA. Código BDNS 882879.

Objeto

Financia acciones formativas que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero (art. 1).

Las ayudas están financiadas por el FEMPA —Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura— y se cofinancian en un 70 % con fondos FEMPA y un 30 % con fondos propios de la Comunidad Autónoma (art. 3).

Las acciones formativas deben desarrollarse en Galicia.

Beneficiarios y requisitos

Pueden serlo, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan su sede social en Galicia (art. 4.1):

  • Cofradías de pescadores y sus federaciones.
  • Organizaciones de productores.
  • Cooperativas del mar.
  • Asociaciones de profesionales constituidas por profesionales del sector.

No pueden ser beneficiarias (art. 4.2)

  • Las entidades que se encuentren en los supuestos del art. 11 del Reglamento (UE) 2021/1139 —apartados 1.a), 1.b) y 3— durante todo el periodo previsto en su aplicación.
  • Las señaladas en los apartados 2 y 3 del art. 10 de la Ley 9/2007.
  • Las incursas en las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003.
  • Las sancionadas con la imposibilidad de obtener préstamos, subvenciones o ayudas públicas.

Sobre morosidad, el requisito se entiende cumplido cuando el nivel de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 alcanza el porcentaje previsto en la disposición final sexta, letra d), punto segundo, de la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.

Obligaciones destacadas

Además de las habituales, la financiación europea impone obligaciones de publicidad que conviene no descuidar porque su incumplimiento afecta al pago (art. 5):

  • Mencionar el origen de la financiación, con referencia expresa al porcentaje del FEMPA y al de la Comunidad Autónoma.
  • Velar por su visibilidad, en particular al promover las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada a los medios y al público, conforme al art. 60 del Reglamento (UE) 2021/1139.
  • Dar a conocer la ayuda de los fondos a las acciones formativas, conforme al art. 50 del Reglamento (UE) 2021/1060.
  • No concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades afectadas por las situaciones del art. 27.7 de la Ley 9/2007.

Cuantía y ajustes

La ayuda financia los costes elegibles de las acciones formativas aprobadas, con la cofinanciación del 70 % FEMPA y 30 % autonómica.

Tres reglas de ajuste que conviene tener presentes (art. 9):

  • Se puede limitar la cuantía de los gastos elegibles no justificados debidamente.
  • Los rendimientos financieros que generen los fondos librados incrementan el importe de la subvención y se aplican igualmente a la actividad subvencionada.
  • Si la inversión material realizada resulta, por causa debidamente motivada, inferior a la considerada subvencionable, se mantiene la ayuda pero se aminora en la fase de pago en la misma proporción.

Importes máximos por tipo de curso

La orden fija un máximo subvencionable y un precio por hora para cada especialidad (art. 9):

CursoHorasMáximo€/hora
Patrón/a costero polivalente60048.000,00 €80
Patrón/a costero polivalente · sección de puente35028.000,00 €80
Patrón/a costero polivalente · sección de máquinas25020.000,00 €80
Patrón/a local de pesca25020.000,00 €80
Patrón/a local de pesca · puente y común13010.400,00 €80
Patrón/a local de pesca · máquinas1209.600,00 €80
Formación básica en seguridad marítima7011.060,00 €158
Actualización de formación básica en seguridad marítima163.200,00 €200
Operador/a restringido/a SMSSM406.000,00 €150
Actualización operador/a restringido/a SMSSM81.600,00 €200
Operador/a general SMSSM12013.800,00 €115
Actualización operador/a general SMSSM163.200,00 €200
Patrón/a portuario/a15015.750,00 €105
Marinero/a de puente709.450,00 €135
Marinero/a de máquinas709.450,00 €135
Radar de punteo automático (ARPA)304.500,00 €150
Avanzado en lucha contra incendios247.200,00 €300
Actualización avanzado en lucha contra incendios83.200,00 €400
Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos247.440,00 €310
Actualización de embarcaciones de supervivencia124.800,00 €400
Formación sanitaria específica inicial225.280,00 €240
Actualización de formación sanitaria específica inicial82.000,00 €250
Formación sanitaria específica avanzada409.600,00 €240
Actualización de formación sanitaria específica avanzada164.000,00 €250

Número de alumnos: mínimo 10 y máximo 20.

Curso de marinero/a pescador/a

Importe máximo de 80 € por hora. Adicionalmente se subvencionan los gastos de las pruebas de natación con un máximo de 100 € por prueba.

Costes indirectos y subcontratación

  • Costes indirectos —oficina, administración, agua, electricidad, teléfono, gas—: se calculan a tipo fijo del 7 % del gasto directo total subvencionable, sin justificación adicional.
  • También son subvencionables los seguros de accidentes del alumnado.
  • La actividad se puede subcontratar hasta el 100 %, con las limitaciones del art. 27 de la Ley 9/2007.

Los precios por hora varían mucho —de 80 €/h en los cursos largos de patrón a 400 €/h en las actualizaciones cortas de seguridad—, porque los cursos breves tienen costes fijos que no se diluyen. A efectos de rentabilidad por hora impartida, las actualizaciones de 8 a 16 horas son las mejores; a efectos de volumen, los cursos de patrón. Y el 7 % de indirectos se cobra sin aportar una sola factura.

Compatibilidad

Las ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso público o privado, con una condición esencial (art. 10):

Que el mismo gasto o inversión no tenga financiación, parcial o total, procedente de otro fondo EIE —fondos estructurales y de inversión europeos— o instrumento financiero comunitario, ni del mismo fondo con arreglo a otro programa o medida.

Es la regla de no doble financiación europea, más estricta que la incompatibilidad habitual: no basta con que las ayudas cubran conceptos distintos, tienen que venir de fuentes distintas.

Cómo y cuándo solicitar

  • Plazo: hasta el 20 de octubre de 2026.
  • Procedimiento: concurrencia no competitiva.
  • Vía: electrónica, en la sede electrónica de la Xunta.

La orden se tramita por tramitación anticipada de gasto, por lo que la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver.

Cierra en20 de octubre de 2026

52 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Texto completo de la convocatoria (PDF, 53 páginas) publicado en la BDNSProcedimiento PE610A en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Un caso parecido

70.000 €

Joven agricultor de Galicia, en Primera instalación de jóvenes agricultores. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.

Seguir mirando

Agrario y pesca en Galicia21Todas las abiertas en Galicia52Agrario y pesca en toda España331
LlamarEstudia mi caso