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Patrimonio Pesquero — Ayuntamiento de València

El 100 % de los gastos corrientes del pescador profesional de la Albufera o del puerto de València, hasta 5.000 €. Cubre la cuota de autónomos, el gasóleo, el hielo, el varadero, el seguro y la cuota de la cofradía.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pescadores profesionales en aguas continentales de la Albufera —comunidades de El Palmar, Catarroja o Silla— y en aguas marítimas con embarcación de puerto base en València
Cuánto se cobra
100 % de los gastos corrientes justificados, excluido el IVA, hasta 5.000 €
Procedimiento
Por orden de presentación hasta agotar el crédito
Presupuesto
275.000 €, aplicación RF1K00000-49500-47910
Organismo
VALENCIA. Código BDNS 898095.

Objeto

Apoya la actividad pesquera profesional en el ámbito de l'Albufera de València y del puerto de València, para contribuir a su mantenimiento y a la viabilidad económica del sector.

Es una ayuda de estructura idéntica a Reactiva la Huerta, su equivalente agrícola: 100 % del gasto corriente justificado, hasta 5.000 €, por orden de llegada. Con 275.000 € entran unos 55 pescadores si todos agotan el máximo.

El techo de minimis aquí es el del sector pesquero: 40.000 € en tres años, el más bajo de los tres regímenes. Conviene comprobar el acumulado antes de solicitar.

Requisitos

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades sin personalidad jurídica, según la modalidad de pesca:

Pesca en aguas continentales

  • Licencia de pesca continental profesional en vigor emitida por la Generalitat Valenciana.
  • Pertenecer a una de las comunidades de pescadores de El Palmar, Catarroja o Silla.

Pesca en aguas marítimas

  • Licencia de pesca marítima en vigor emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
  • Tener una embarcación activa con puerto base en el término municipal de València, o autorización de cambio de puerto base anterior a la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos electrónico.

Comunes a todos

  • Estar dado de alta en el certificado censal (IAE) en la actividad B05 Actividad pesquera, excepto la producción de mejillón en batea.
  • Que el autónomo o el administrador esté de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente.
  • Estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, sin deuda con el Ayuntamiento.

Hay que declarar responsablemente que se es pescador profesional en activo y que la actividad se desarrolla principalmente en el ámbito de l'Albufera y del puerto de València.

Qué gastos cubre

Gastos corrientes realizados y pagados desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

  • Personal: nóminas y Seguridad Social de las personas trabajadoras y la propia cuota del RETA.
  • Cuota anual de pertenencia a la Comunidad de Pescadores de El Palmar o a la Cofradía de Pescadores del Puerto de València.
  • Gasóleo, aceites y lubricantes.
  • Adquisición de hielo.
  • Servicios de varadero.
  • Registro sanitario y trazabilidad.
  • Servicios de terceros relacionados con la explotación pesquera.
  • La prima de los seguros obligatorios de la actividad.
  • Asesoría y consultoría relacionada con la actividad pesquera.
  • Carnets profesionales de los trabajadores o del titular.
  • Formación no reglada específica para mejorar la cualificación: coste del curso e inscripción.

El IVA no es subvencionable.

La cuota de autónomos y la cuota de la cofradía son gasto subvencionable, lo que permite alcanzar buena parte del tope con la estructura fija anual, sin necesidad de gasto extraordinario.

Cuantía, plazo y tramitación

ConceptoValor
Porcentaje subvencionado100 % del gasto justificado, excluidos impuestos recuperables
Máximo por beneficiario5.000 €
Importe mínimo de la última ayuda concedida500 €
Techo de minimis pesquero40.000 € en tres años

Se concede por orden de presentación hasta agotar el crédito. Cuando se agote, la última ayuda puede ser inferior a 5.000 € pero nunca menos de 500 €.

El pago es único, por la totalidad, mediante transferencia desde la fecha del acuerdo de concesión y sin necesidad de constituir garantías.

Plazo y vía

  • 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
  • Telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, botón «Iniciar Trámite».

Presentar fuera de plazo o no usar los formularios normalizados son causas de inadmisión.

Plazo14 de mayo de 2026

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Texto completo de la convocatoria Patrimonio Pesquero 2026 (PDF, 10 páginas) publicado en la BDNSSede electrónica del Ayuntamiento de València

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