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Minimis al tejido productivo, cooperativo y comercial de Menorca

La ayuda más completa que tiene una empresa de Menorca: cinco líneas que cubren ferias, publicidad, formación, contratación indefinida e inversión en activos fijos, con hasta 60.000 € por beneficiario. Se cobra sobre gasto ya hecho y pagado, y el plazo cierra el 31 de julio para solicitar y justificar a la vez.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas productivas, asociaciones empresariales, cooperativas agrarias y de consumo, pequeño comercio y determinadas empresas de servicios, y pescadores profesionales de Menorca, según el epígrafe del IAE
Cuánto se cobra
Máximo individual por línea: 55.000 € en empresas productivas, 60.000 € en cooperativas, 45.000 € en comercio y servicios, 25.000 € en pescadores y 12.000 € en asociaciones empresariales
Procedimiento
Convocatoria con crédito cerrado y prorrateo proporcional entre todas las solicitudes si lo pedido supera el crédito disponible
Presupuesto
1.320.000 €: 600.000 € para gastos corrientes y 720.000 € para inversión. La BDNS registra tres veces la misma convocatoria (904710, 904713 y 904717), todas con 1.320.000 €: son el mismo dinero, no se suman
Organismo
CONSEJO INSULAR DE MENORCA. Código BDNS 904717.

Cinco líneas y hay que elegir una

El Consell Insular de Menorca reúne en un solo acuerdo las ayudas a todo su tejido económico. Cada línea tiene su público y su tope, y son incompatibles entre sí: no se puede pedir por dos.

LíneaQuiénMáximo individual
L1Empresas productivas55.000 €
L2Asociaciones empresariales12.000 €
L3Cooperativas agrarias y de consumo60.000 €
L4Pequeño comercio y determinadas empresas de servicios45.000 €
L5Pescadores profesionales25.000 €

Las líneas L1, L3, L4 y L5 son ayudas de minimis. La L2, dirigida a entidades sin ánimo de lucro, no lo es.

El acceso se decide por el epígrafe del IAE: agrupaciones 1, 2, 3 o 4 de la sección primera, agrupación 86 de la sección segunda o el epígrafe 912 del Real Decreto Legislativo 1175/1990.

Una sola solicitud, aunque haya varios establecimientos. En las líneas L1, L4 y L5, si un establecimiento tiene más de un titular solo cabe una solicitud por establecimiento o embarcación; y si un mismo beneficiario es titular de varios, presenta una única solicitud que pide por todos ellos. Agrupar bien desde el principio evita que se inadmita la segunda.

Qué se puede pedir en cada línea

L1 · Empresas productivas — hasta 55.000 €

  • Asistencia a ferias profesionales o sectoriales, dentro y fuera de Menorca, habiendo asistido o expuesto. Los artesanos con carta de artesano pueden incluir además mercados artesanales y ferias o eventos con presencia de artesanos —el Consell comprueba de oficio que se tiene la carta—.
  • Organización de eventos relacionados con el producto local y la industria tradicional de Menorca. Reservado a empresas con un mínimo de 25 años.
  • Difusión publicitaria.
  • Formación: organizarla —presencial y con relación directa con el empleo— y asistir a ella —presencial o virtual—.
  • Personal indefinido.
  • Inversión en activos fijos.

L3 · Cooperativas agrarias y de consumo — hasta 60.000 €

Es la única línea donde el porcentaje y el tope dependen del número de trabajadores:

Concepto%De 1 a 9 trabajadores10 o más
Ferias50 – 100 %17.000 €40.000 €
Difusión publicitaria del producto local o de la cooperativa75 %
Formación: organización y asistencia90 %2.500 €6.000 €
Inversión75 %19.000 €25.000 €
Gastos indirectos (sobre ferias)25 %3.750 €7.500 €
Máximo individual35.000 €60.000 €

L4 · Pequeño comercio y determinadas empresas de servicios — hasta 45.000 €

Las actividades son subvencionables entre el 50 % y el 100 %, y los topes se gradúan según el número de meses completos en que hubo actividad:

Concepto%Importe máximo
Difusión publicitaria50 %4.500 €
Formación: organización y asistencia90 %2.000 €
Personal indefinido75 %6.000 €
Inversión75 %35.000 €
Máximo individual45.000 €

L5 · Pescadores profesionales — hasta 25.000 €

El 75 % de la inversión en activos fijos, con un mínimo de 75 € sin IVA por elemento: maquinaria, equipamiento, equipamiento informático, utillaje o instrumental amortizable, y software como activo inmaterial.

  • Se excluyen las adquisiciones de segunda mano.
  • Los vehículos han de ser eléctricos o híbridos, de uso exclusivo de la empresa y rotulados con su imagen. Quedan excluidos los turismos y los vehículos de carga mixta.

El calendario es lo que más aprieta

Esta convocatoria funciona al revés que la mayoría: no se pide para hacer, se pide por lo ya hecho.

  • Las actuaciones deben estar finalizadas, facturadas, pagadas e instaladas por completo en el momento de presentar la solicitud.
  • El periodo de las actuaciones va del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
  • Las facturas deben estar emitidas como máximo el 30 de junio.
  • Los justificantes de pago se admiten hasta el 31 de julio.
  • El plazo para presentar solicitud y justificación —las dos a la vez— va desde el día siguiente a la publicación en el BOIB hasta el 31 de julio de 2026.

Para una asesoría, esto convierte la convocatoria en un trabajo de recopilación anual, no de proyecto: hay que ir guardando las facturas de ferias, publicidad, formación y compras desde julio del año anterior, y en julio montarlo todo de golpe. El cliente que se entere en junio de 2026 solo podrá aprovechar lo que casualmente tenga pagado.

Prorrateo, no orden de llegada

El crédito está separado en dos bolsas y ninguna línea tiene asignación máxima propia:

BolsaCrédito
Gastos corrientes600.000 €
Inversión720.000 €
Total1.320.000 €

Si la suma de lo solicitado en una bolsa supera su crédito, la distribución se hace proporcionalmente: todos cobran menos, nadie se queda fuera por llegar tarde. Es un diseño más benigno que el orden de entrada, pero significa que los importes máximos de las tablas son un techo teórico, no una cifra que se pueda dar por cobrada al presupuestar.

Los importes solo pueden ampliarse si terceros hacen aportaciones expresas para financiar el objeto de la convocatoria, conforme a la base 23.a.8 de las bases de ejecución del presupuesto del CIM para 2026.

Compatibilidades, tramitación y el triple registro en la BDNS

Con qué se puede acumular

  • son compatibles con ayudas de otras administraciones o entidades para las mismas actuaciones, con la obligación de comunicarlo al Consell.
  • No son compatibles con las que conceda el mismo departamento del Consell por el mismo objeto durante el año de la convocatoria. En la L2 la incompatibilidad se mantiene aunque se trate de un proyecto nuevo.
  • En ningún caso, aisladamente o sumadas a otras, pueden superar el coste de la actividad subvencionada.

Las bases recuerdan además que estas subvenciones son voluntarias y eventuales: no generan derecho a obtenerlas en años posteriores ni se pueden alegar como precedente.

Resolución

Instruye el Departamento de Economía y Servicios Generales, con una Comisión Evaluadora presidida por la consellera executiva de Economía. La notificación de la resolución se hace por publicación en el BOIB, y el silencio es desestimatorio.

Tres registros en la BDNS para una sola convocatoria

La BDNS publica esta misma convocatoria tres veces —códigos 904710, 904713 y 904717—, cada una con un presupuesto de 1.320.000 €. No son tres programas ni tres bolsas: es el mismo acuerdo del Consell Executivo de 20 de abril de 2026 cargado por triplicado, probablemente por el desdoblamiento entre líneas o entre partidas. Los importes no se suman: el dinero disponible es 1.320.000 €, y así lo dice el propio acuerdo al desglosar sus dos aplicaciones presupuestarias.

Es un detalle que importa al comparar comunidades: sumando los tres registros, Menorca aparentaría casi cuatro millones en esta línea, y no los tiene.

Plazo31 de julio de 2026

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Texto oficial

Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 20 de abril de 2026, bases y convocatoria 2026, en la BDNSSede electrónica del Consell Insular de Menorca

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