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Microempresas · Diputación de Zamora

El 50 % de la inversión hasta 15.000 €, con un millón de euros de dotación y umbral de entrada de 3.000 €. El baremo premia sobre todo dos cosas: crear empleo y estar en un pueblo pequeño. Un negocio en una localidad de menos de 200 habitantes empieza con 25 puntos de ventaja.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Microempresas —personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles— dadas de alta en el Censo de Actividades Económicas que ejerzan y realicen la inversión en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Zamora
Cuánto se cobra
50 % de los gastos incentivables, con un máximo de 15.000 € y una inversión mínima de 3.000 € sin IVA
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con valoración por una Comisión de Evaluación y propuesta provisional con audiencia de diez días
Presupuesto
1.000.000 € en la aplicación 71 420.0 770.00
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA. Código BDNS 895725.

Objeto

Financia proyectos de inversión para crear, ampliar o mejorar microempresas en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Zamora.

Con un millón de euros de dotación y un tope de 15.000 € por beneficiario, es la convocatoria local de mayor alcance para el pequeño negocio rural en Castilla y León: da para unos 65 proyectos completos.

Quién puede solicitarla

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, como microempresas, estén dadas de alta en el Censo de Actividades Económicas, ejerzan la actividad en municipios zamoranos de menos de 20.000 habitantes y realicen la inversión en centros de trabajo situados en ellos.

Microempresa es la que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio o balance anual no supera los 2 millones de euros, según la Recomendación 2003/361/CE y el Reglamento (UE) 651/2014.

La empresa tiene que ser «autónoma»

Quedan expresamente excluidas las empresas «asociadas» —aquellas en las que otra empresa, o varias conjuntamente, posee el 25 % o más del capital o de los derechos de voto— y las empresas «vinculadas».

Es una restricción más estricta que la del propio concepto europeo de microempresa. Una sociedad pequeña participada al 30 % por otra sociedad queda fuera aunque tenga tres empleados y 200.000 € de facturación. Conviene comprobar el accionariado antes de preparar nada.

Otras exclusiones

  • Producción primaria agrícola y ganadera, salvo que la inversión se dirija a la transformación y comercialización del producto para consumo humano, en instalaciones independientes reservadas a tal fin y con alta en el IAE de la actividad transformadora o comercializadora.
  • Quienes, habiendo sido beneficiarios en alguna de las tres convocatorias anteriores, no justificaron la subvención concedida.

Qué se subvenciona

A) Nuevas tecnologías, estudios y patentes

  • Adquisición, instalación y montaje de equipos informáticos, incluidos portátiles.
  • Aplicaciones informáticas de gestión, distribución y comercio electrónico.
  • Cajas registradoras, balanzas, equipos de codificación y lectura óptica y sistemas de comunicación aplicados a la gestión administrativa.
  • Patentes, informes y estudios para mejorar calidad o productividad y ampliar mercados o volumen de negocio.
  • Obtención o renovación de la certificación ecológica.

B) Modernización del establecimiento

Obras e instalaciones que supongan innovación, transformación, reordenación, ampliación, reforma o mejora del establecimiento comercial o industrial.

Excluido

  • Activos móviles en el sector del transporte.
  • Móviles, smartphones, tabletas y dispositivos similares.
  • Mantenimiento de sistemas de información, hardware o software.
  • Altas en comunicaciones o conexiones y gastos periódicos por ese concepto.
  • Terrenos y edificaciones.
  • Obra civil no recogida en el apartado B).1, y proyectos de obra civil no asociados a esos gastos.
  • Existencias.
  • Vehículos usados, de ocasión y km 0, y alquiler de vehículos.
  • Arrendamiento financiero (leasing).

Inversión mínima: 3.000 € sin IVA. Por debajo, no se admite.

Periodo

Gastos efectuados desde el 23 de septiembre de 2025 hasta el 22 de septiembre de 2026, incluido.

Cuantía

ConceptoValor
Porcentaje50 % de los gastos incentivables
Máximo15.000 €
Inversión mínima3.000 € sin IVA
Inversión para agotar el máximo30.000 €

Incompatible con otras subvenciones públicas para el mismo objeto subvencionable. Sometida al régimen de minimis.

Flexibilidad en la justificación

Hay que justificar la totalidad del presupuesto aprobado sin IVA, pero se admiten modificaciones entre conceptos con doble condición: que la oscilación no rebase el 25 % del presupuesto aprobado y que el conjunto justificado represente al menos el 70 %.

Ese 70 % es el suelo real: si lo justificado baja de ahí, no se abona nada y se inicia el reintegro. Entre el 70 % y el 100 %, la subvención simplemente se reduce proporcionalmente. Es un margen razonable para un proyecto que se ejecuta a lo largo de un año.

Cómo se puntúa

CriterioPuntos
Creación de empleo en el periodo subvencionado: 1 puesto 15 · 2 puestos 20 · 3 puestos 25 · 4 o más 40hasta 40
Población del municipio: 1-200 hab. 25 · 201-500 hab. 20 · 501-1.000 hab. 10 · 1.001-2.000 hab. 8 · 2.001-5.000 hab. 5 · más de 5.000 hab. 2hasta 25
Colectivo prioritario del autónomo o de los socios con más del 50 %: mujer 5 · joven, menor de 36 años a 31/12/2026, 5 · silver, mayor de 50 años a 31/12/2026, 5 · discapacidad 5hasta 15
Empresa de nueva creación: constituida entre el 17/04/2025 y el fin del plazo de solicitud10
Maquinaria específica de importe superior a 3.000 € que incorpore tecnología avanzada con ventaja competitiva10
Núcleo afectado por los incendios forestales de 2025 (anexo I)5
Municipio del Plan Territorial de Fomento de Tierra de Campos (anexo II)5
Efecto dinamizador: actividad de demanda emergente o con efecto impulsor y multiplicador en el sector de la zona5
Producción ecológica certificada del vegetal o animal transformado o comercializado5

Qué cuenta como creación de empleo

El incremento neto de trabajadores en el establecimiento durante el periodo subvencionable, restando los puestos suprimidos. Incluye empleo por cuenta ajena y autónomos, y excluye el empleo indirecto.

Los contratos deben tener una duración mínima de seis meses y una jornada no inferior al 50 %.

Los criterios de empleo y población suman 65 de los 100 puntos posibles, y ninguno de los dos depende del contenido del proyecto. Antes de trabajar el expediente conviene calcular esos 65 puntos: son los que deciden.

La resolución publica la puntuación obtenida por las solicitudes denegadas cuando el motivo es la insuficiencia de crédito, lo que permite calibrar el corte de cara a la siguiente convocatoria.

Plazo y tramitación

  • Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia. En esta edición cerró el 5 de mayo de 2026.
  • Una única solicitud por empresa o actividad. En comunidades de bienes solo se admite la de uno de los comuneros.
  • Personas físicas: registro presencial (modelo 4431 0010) o electrónico, a elección.
  • Personas jurídicas: obligatoriamente por el Registro Electrónico de la Sede de la Diputación de Zamora, trámite con código 4447. Si presentan en papel, la fecha que cuenta pasa a ser la de la subsanación electrónica.
  • Resolución: cuatro meses desde la publicación de las bases en el BOP. El silencio es desestimatorio.

De persona física a sociedad

Si el beneficiario es persona física y después constituye una sociedad para ejercer la actividad subvencionada, ambas pueden realizar la actividad. Al justificar, la sociedad debe aceptar las condiciones de la concesión y queda como responsable solidario junto con el solicitante.

Es una previsión útil y poco habitual: permite pedir la ayuda como autónomo y montar la S.L. durante la ejecución sin perderla.

Tres ofertas

Cuando el gasto supere los umbrales del contrato menor, hay que pedir tres ofertas de distintos proveedores antes de comprometerse, salvo que no existan suficientes proveedores en el mercado o que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la subvención.

La presentación autoriza a la Diputación a recabar de la AEAT y de la Seguridad Social los datos necesarios; quien lo deniegue expresamente debe aportar los certificados por su cuenta.

Plazo5 de mayo de 2026

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Texto oficial

Bases y convocatoria de subvenciones Microempresas 2026 de la Diputación de Zamora, texto íntegro publicado en la BDNSSede electrónica de la Diputación de Zamora, trámite con código 4447Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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