Mejora genética del ganado en Soria: 30 % del gasto, 1.000 € por semental de vacuno o equino, y la factura va con la solicitud
La Diputación de Soria pone 30.000 € para que las ganaderías de la provincia mejoren la genética del rebaño: comprar sementales selectos para cruzamiento industrial, o dosis seminales de animales selectos si es de leche. Se paga el 30 % del gasto, con topes por animal: 1.000 € en vacuno y equino, 150 € en ovino y caprino, y 25 € por vaca lechera inscrita en el IRMA si son dosis seminales. Lo que más sorprende al preparar el expediente: aquí no hay fase posterior de justificación, porque el plazo de solicitud y el de justificación son el mismo. La factura y el justificante bancario del pago se presentan con la solicitud, así que el gasto tiene que estar hecho y pagado antes de pedir. Y los animales comprados hay que mantenerlos dos años en la explotación.
Ficha revisada el 22 de octubre de 2026 · BDNS 936260
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas, así como comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica, que sean titulares de explotaciones ganaderas de ganado bovino, equino, ovino o caprino ubicadas en la provincia de Soria y debidamente inscritas en los registros correspondientes, siempre que realicen las actuaciones de mejora genética previstas en las bases. No hay requisito de tamaño ni de orientación productiva más allá de la especie. Quedan fuera quienes se encuentren en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Cuánto se cobra
- El 30 % de los gastos subvencionables, con estos límites máximos: 1.000 € por animal en vacuno y equino, 150 € por animal en ovino y caprino, y 25 € por vaca lechera inscrita en el IRMA a fecha de la solicitud cuando se trata de dosis seminales. A esos topes se suma un límite de número de animales por solicitud: un animal en vacuno y equino, seis en ovino y caprino, y en dosis seminales tantas como vacas lecheras tenga censadas la explotación en el IRMA. Como solo cabe una solicitud por beneficiario, el techo real en vacuno o equino son 1.000 €. El IVA no se computa, y si lo solicitado supera el crédito se aplica a todos un coeficiente corrector de prorrateo
- Procedimiento
- La base décima lo dice con todas las letras: «el procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, exceptuándose el establecimiento de un orden de prelación entre las solicitudes que reúnan los requisitos establecidos, dado que el crédito disponible se distribuirá mediante prorrateo entre todas las personas o entidades solicitantes que cumplan las condiciones». O sea que no hay concurso real: no hay baremo ni puntuación, y presentar en plazo cumpliendo requisitos da derecho a cobrar, aunque el importe pueda recortarse. Si el crédito alcanza, cada uno cobra lo que le corresponda por porcentaje y límites; si no alcanza, se multiplica la subvención inicial de cada uno por el coeficiente corrector. Instruye el Servicio Agropecuario, los Servicios Técnicos valoran y la Comisión de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes formula la propuesta. El plazo de resolución es el del artículo 25.4 de la Ley General de Subvenciones, con silencio desestimatorio, y transcurridos diez días hábiles desde la notificación sin decir nada la subvención se entiende aceptada. No hay anticipos
- Presupuesto
- 30.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 2026-41010-77011 del presupuesto de gastos de la Diputación Provincial de Soria para 2026. Coincide con el presupuesto que publica la BDNS. Es el crédito de la convocatoria, no lo que cobra una ganadería: con el tope de 1.000 € por semental de vacuno o equino, el crédito daría para treinta ganaderías; en ovino y caprino, con seis animales a 150 €, para unas treinta y tres. Es una convocatoria distinta y con crédito distinto de la del sector vacuno de la DOP Mantequilla de Soria (código 936281), que la Diputación registró el mismo día también con 30.000 €: son dos líneas de 30.000 €, no una de 60.000 €
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE SORIA. Código BDNS 936260.
Qué se subvenciona, y cuánto
La mejora genética se orienta según el subsector, y son dos caminos distintos:
- Carne (vacuno, equino, ovino y caprino): adquisición de sementales selectos destinados al cruzamiento industrial, que mejoren la productividad ponderal y corrijan los parámetros productivos y de matadero de las crías procedentes de explotaciones en régimen extensivo.
- Leche (vacuno, equino, ovino y caprino): utilización de dosis seminales procedentes de animales selectos.
| Concepto | Tope | Máximo por solicitud |
|---|---|---|
| Vacuno y equino | 1.000 €/animal | 1 animal |
| Ovino y caprino | 150 €/animal | 6 animales |
| Dosis seminales | 25 €/vaca lechera inscrita en IRMA | tantas dosis como vacas censadas |
Sobre esos topes se aplica el porcentaje: el 30 % de los gastos subvencionables, sin IVA. Y hay una edad mínima de entrada en la explotación: 12 meses en vacuno y equino, 6 meses en ovino y caprino.
La ventana de gasto es la que más cuesta de recordar porque no coincide con el año natural: valen las adquisiciones de animales o dosis seminales realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. Una compra de este mes de noviembre ya se queda fuera.
La trampa: se justifica al mismo tiempo que se pide
La base quinta lo dice en una línea que es fácil pasar por alto: «el plazo de presentación de solicitudes coincidirá con el periodo de justificación de la subvención».
Eso significa que con la solicitud hay que entregar ya, además del anexo I:
- la factura del gasto subvencionable y el justificante bancario de su pago;
- el listado de animales registrados en el IRMA actualizado;
- los certificados de registros genealógicos o la carta de origen;
- la fotocopia del DIB (identificación de bovinos) o del DIE (equinos), según corresponda;
- copia de la Guía de Origen y Sanidad que amparó el movimiento del animal;
- declaración responsable sobre otras ayudas para la misma finalidad, con procedencia e importe;
- certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social —o autorización a la Diputación para recabarlos en el anexo I—, NIF y certificado de titularidad de la cuenta.
Dicho en claro: esta ayuda no financia una compra futura, reembolsa una ya hecha y pagada. Y las solicitudes fuera de plazo «no se admitirán a trámite y se procederá al archivo de la instancia».
Solo cabe una solicitud por beneficiario. Combinado con el límite de un animal por solicitud en vacuno y equino, el máximo que puede cobrar una ganadería de vacuno de carne por esta línea son 1.000 €.
Dos años con el animal en la explotación
La obligación que sobrevive al cobro: hay que mantener los animales subvencionados en la explotación durante un mínimo de dos años desde la fecha de su incorporación.
El texto admite cuatro excepciones, todas acreditadas: muerte, sacrificio obligatorio, pérdida de capacidad reproductiva y causa de fuerza mayor.
Las demás obligaciones son las del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, más acreditar ante la Diputación la realización de la actividad y el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la concesión.
El pago se hace una vez comprobada la documentación justificativa, con informe favorable del Servicio Agropecuario y fiscalización favorable de Intervención. No hay anticipos en ningún caso.
Cómo se reparte si lo piden muchos
Al no haber prelación, el ajuste se hace con un coeficiente corrector común de prorrateo: se divide el crédito disponible entre el importe total de las subvenciones inicialmente resultantes, y el importe de cada beneficiario es su subvención inicial multiplicada por ese coeficiente.
Dos límites que acotan el resultado:
- la cuantía individual nunca puede superar los topes por animal, ni aunque sobre crédito;
- la ayuda concedida no puede superar la disponibilidad presupuestaria, y la concesión está supeditada a que exista crédito.
Las solicitudes se resuelven todas juntas una vez concluido el plazo de presentación, así que presentar antes no da ventaja: lo que importa es llegar dentro del plazo con los papeles completos. Si falta documentación hay diez días hábiles para subsanar, y no hacerlo es desistir.
Lo que no está claro
- Cuándo se abre y cuándo cierra. El extracto no está en el BOP de Soria nº 120 ni nº 121, y el plazo cuenta desde esa publicación. Las fechas que da la BDNS (17 de octubre a 16 de noviembre de 2026) no son coherentes entre sí y hay que tratarlas como provisionales.
- Si el equino está realmente dentro. El título del registro de la BDNS dice «mejora genética vacuno, ovino y caprino» y se deja el equino fuera, mientras que las bases lo incluyen en el título, en el objeto, en los topes (1.000 €/animal) y en la edad mínima (12 meses). Manda el texto, pero quien busque la convocatoria por el título de la BDNS no la encontrará para caballos.
- Si se pueden combinar semental y dosis seminales en la misma solicitud. Con una sola solicitud por beneficiario y límites por línea, no se dice si una explotación mixta puede pedir las dos cosas a la vez o tiene que elegir.
- Qué pasa con el ganado de leche que no sea vacuno. El tope de dosis seminales se expresa solo «por vaca lechera inscrita en el IRMA», aunque el objeto incluye ovino y caprino de leche. Para una ganadería de ovino de leche que compre dosis, el texto no da tope aplicable.
- La ventana de gasto empieza antes que las bases. Se admiten adquisiciones desde el 1 de noviembre de 2025, once meses antes de que las bases se firmaran, lo que obliga a conservar facturas y guías de movimiento de hace un año. No se dice qué ocurre si ese mismo gasto ya se subvencionó en la convocatoria anterior.
- El minimis. Ni las bases ni la BDNS mencionan reglamento alguno, en una ayuda directa a explotaciones ganaderas. La declaración responsable sobre otras ayudas para la misma finalidad existe, pero no hay regla de acumulación escrita.
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Texto oficial
Bases reguladoras para la convocatoria de subvenciones destinadas a mejora genética de vacuno, equino, ovino y caprino 2026, firmadas por el presidente de la Diputación Provincial de Soria el 16 de octubre de 2026, código seguro de verificación Q00676626204100254c07ea02d0a0b25x. De aquí sale todo: los 30.000 € de la aplicación 2026-41010-77011 de la base segunda, los beneficiarios de la base tercera, los subsectores y la ventana de gasto del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026 de la base cuarta, los veinte días hábiles y la coincidencia del plazo de solicitud con el de justificación de la base quinta, la documentación de la base sexta, el 30 % y los topes de 1.000 €, 150 € y 25 € de la base octava, los límites de animales y las edades mínimas de la base novena, el prorrateo sin prelación de la base décima y los dos años de permanencia de los animales de la base decimosextaOrdenanza General reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Soria, publicada en el BOP nº 147 de 23 de diciembre de 2009, que es la que la BDNS declara como bases reguladoras de este registroSumarios del Boletín Oficial de la Provincia de Soria nº 120, de lunes 19 de octubre de 2026, y nº 121, de miércoles 21 de octubre de 2026. Revisados el 22 de octubre de 2026: ninguno contiene el extracto de esta convocatoria, de modo que el plazo no ha empezado a contar y las fechas de la BDNS son una previsiónFicha de la convocatoria 936260 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publica los 30.000 €, el tipo «concurrencia competitiva - canónica», la pyme y la persona física con actividad económica como beneficiarias, el plazo del 17 de octubre al 16 de noviembre de 2026 y un título que omite el ganado equino que las bases sí incluyenUn caso parecido
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